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karo216014 de Junio de 2015
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PROGRAMA DE PREVENCION DE RIESGO
1. POLITICA DE PREVENCION DE RIESGOS Y CALIDAD.
• POLÍTICA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
En “XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, la prevención de los accidentes y enfermedades profesionales es inherente a las actividades productivas, al cuidado de nuestros trabajadores y una de las responsabilidades principales del nivel ejecutivo, supervisión y trabajadores.
Por ello nos comprometemos a:
• Cumplir con las disposiciones legales de seguridad y salud en el trabajo.
• Realizar las acciones preventivas estipuladas en la legislación vigente y las técnicas preventivas, para la protección de todos los trabajadores.
• Promover la participación y capacitación de nuestros trabajadores y línea de mando, como un medio, para su efectivo involucramiento en la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
• El mejoramiento continuo de las condiciones y medio ambiente de trabajo y el desempeño de la seguridad y salud en el trabajo, mediante la revisión del cumplimiento de los planes y programas, por parte de la Gerencia, para disponer de las acciones en pro de la mejora y corrección, con el propósito de cumplir esta política.
• La Gerencia de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, se compromete a entregar los recursos necesarios para implementar esta política y asegurar su comprensión y aplicación.
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Gerente de Operaciones
2. OBJETIVOS.
o Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 76, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 14 de Diciembre del 2006, en que se establece normas para la aplicación del artículo N°66 bis de la Ley N° 16.744, sobre materias relativas a la seguridad y salud en el trabajo, para aquellas empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de una obra, faena o servicios propio de su giro.
o Establecer la responsabilidad de las diferentes unidades involucradas en la administración de estos contratos y determinar los procedimientos administrativos, requerimientos y obligaciones que en materias de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
o Dar a conocer al personal de la Empresa, subcontratistas, los requerimientos de control de riesgos y procedimientos de control interno que deberá cumplir la Empresa.
o Señalar las obligaciones y responsabilidades referidas a la prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales durante la ejecución de trabajos para la Empresa Mandante ConstructoraXXXXXXXXXX, de acuerdo a las normas legales vigentes que regulan la materia y a lo establecido en las bases del proyecto.
o Los procedimientos e instrucciones contenidas en el presente documento, constituyen complementos de las disposiciones sobre prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales establecidas por la Ley N° 16.744 de 1968, sus modificaciones y normas reglamentarias, además de otros cuerpos legales vigentes sobre la materia.
o La prevención de accidentes y enfermedades profesionales debe estar integrada a la ejecución de los trabajos por medio de un programa de actividades, que garantice la máxima protección a la integridad física y salud de los trabajadores.
3. Documentos Legales y Normas Técnicas:
En materias de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, regirán todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre: este seguro social obligatorio. Entre otras se deben conocer y aplicar las siguientes:
Ley 16.744, de 1968, y sus posteriores modificaciones, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece el seguro obligatorio contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Ley N° 20.123 del 2006, que modifica la Ley N° 16.744 de 1968.
Decretos Supremos que reglamentan y complementan la Ley 16.744, entre los que se incluye:
a.- D.S. N° 101, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 29 de Abril de 1968, que aprueba el reglamento de la Ley N° 16.744 ( Publicado en el Diario Oficial del 07.06.68).
b.- D.S. N° 40, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de Febrero de 1969, que aprueba el “Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales” (Publicado en el Diario Oficial del 07.03.69).
c.- D.S. N° 95 de 1995, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba el “Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales”.
d.- D.S. N° 54 de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba el “Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad” (Publicado en el Diario Oficial del 11.03.69).
e.- D.S. N° 76 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece normas para la aplicación del artículo N°66 bis de la Ley N°16.744, sobre materias relativas a la seguridad y salud en el trabajo.
f.- D.S. N° 67 de 1999 y sus modificaciones, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba reglamento para la aplicación de los artículos 15 y 16 de la N°16.744, sobre exenciones, rebajas y recargos de cotización adicional diferenciada.
g.- D.S. N°594 de Septiembre de 1999, del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los lugares de trabajo” y sus modificaciones.
h.- D.S. N°18 de 1982, de la Subsecretaria de Salud, sobre “Certificación de Calidad de Elementos de Protección Personal contra Riesgos Ocupacionales” y sus modificaciones.
i.- D.S. N°90, del 30 de Agosto del 2002, del Ministerio de transportes y Telecomunicaciones, sobre “Señalización y Medidas de Seguridad cuando se efectúan Trabajos en la Vía Pública”.
.j- Código Sanitario.
.k- Código del Trabajo.
.l- Lo establecido en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
RESPONSABILIDADES PARA LA GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:
La estructura básica para la gestión, está dada por el nombramiento de un representante de la gerencia, el establecimiento de sus responsabilidades y la de todas las personas que componen la empresa.
Las responsabilidades se han definido de la siguiente manera:
Gerencia General:
• Asigna los recursos necesarios para el funcionamiento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Revisa el desempeño de Seguridad y Salud en el Trabajo y autoriza acciones correctivas y otras en pro de la mejora del trabajo.
Representante de la Gerencia:
• Es el responsable del correcto funcionamiento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Mantener informado al Gerente General sobre su desarrollo.
• Planificar y programar anualmente las actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Coordinar con el Asesor de prevención de riesgos de la Mutualidad (Mutual de Seguridad C.Ch.C.), los requerimientos para la operación de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Obtener recursos para apoyar el funcionamiento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Realizar todas las coordinaciones necesarias para el correcto funcionamiento del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Supervisión (Jefe de Obra y Capataces):
Otorgar todas las facilidades para la realización de las actividades de Seguridad y Salud en su área.
Aplicar y hacer aplicar todas las medidas de seguridad en el trabajo.
Participar en las actividades preventivas que le sean solicitadas por el Representante de la gerencia.
Capacitar y Entrenar al Trabajador Nuevo.
Analizar la Exposición al Riesgo.
Realizar Charlas diarias (5 a10 minutos) en el trabajo.
Controlar y Revisar Procedimientos de Trabajo.
Chequear Equipos y Materiales.
Cumplir las recomendaciones e indicaciones del Prevencionista de la Empresa y de la Mutualidad.
Verificar que el Personal Propio y Subcontratista cumpla con el uso de los medios y dispositivos y, con las Medidas Preventivas, estipuladas en el Programa de Prevención de Riesgos.
Cumplimiento a las Recomendaciones del Comité Paritario, Mutual, Inspección del Trabajo y Servicio de Salud.
Plan de Emergencia en situaciones de Accidente Grave.
Trabajadores:
• Cumplir las medidas de seguridad establecidas en la empresa.
• Participar en las actividades de capacitación de seguridad y salud en el trabajo.
• Utilizar y cuidar los elementos de protección personal.
• Utilizar los dispositivos de seguridad (protecciones de máquina y otros).
• Informar a su jefe directo o representante de la gerencia, acerca de los peligros presentes en sus actividades.
• Respetar las señalizaciones de seguridad y mantener el orden y limpieza.
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