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Pena A Violadores Codigo Penal


Enviado por   •  4 de Marzo de 2014  •  1.539 Palabras (7 Páginas)  •  518 Visitas

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Ensayo sobre la pena a Violadores

Introducción

En México la violación se define como la penetración sexual por la fuerza. Sin embargo hay otras formas de abuso que son igualmente deshonestas porque atentan contra el pudor y la integración de una persona.

De acuerdo a un estudio realizado en México la mayoría de las veces los agresores sexuales fueron familiares o personas cercanas a la víctima.

“La violación sucede más en la casa por la privacidad y el continuo roce que hay entre la víctima y el victimario. Por ello, le resulta fácil abusar al padrastro, a los primos, a los amigos. Es una cuestión cultural que se preste a que sea por los parientes cercanos", dice Felipe de Jesús Garibay Valle, presidente de la Academia de Derecho Procesal Penal de Estudios Jurídicos de la Universidad de Guadalajara (UdeG).

Otros actos de violencia sexual suceden en las escuelas, donde los maestros abusan de sus alumnas; o en el trabajo, donde los jefes o compañeros abusan de sus compañeras o también en situaciones de vulnerabilidad como las mujeres migrantes que son violadas en el camino o en circunstancias que las obligan a realizar actos sexuales a cambio de comida, dinero, protección etc.

En México debido a la cultura con la que estamos acostumbrados a vivir muy pocas veces este tipo de delitos es castigado debidamente, pues en la mayoría de los casos denunciados solo un pequeño porcentaje de denuncias fueron enjuiciadas y otra parte aún más pequeña se les dio sentencia condenatoria.

A todo esto falta sumarle la parte de la que no se presenta una denuncia, que se puede decir que de acuerdo a un estudio realizado “por cada delito que es denunciado hay ocho que no se revelan”, dice Pablo Navarrete, coordinador de asuntos jurídicos del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres). Todo esto se presenta debido a que la víctima por miedo a su agresor, por vergüenza y otros factores, no se atreve a hablar sobre lo ocurrido.

La violencia sexual es denigrante y deja secuelas irreversibles en la victima pues en muchos de los casos no solo se dejan lesiones físicas sino que también hay un profundo trauma psicológico con repercusiones en la vida de la persona, que muy difícilmente las va a superar.

Como ya lo había mencionado antes debido a la cultura mexicana, raramente se le da un seguimiento debido a los casos presentados de violencia sexual, y de esta manera, de la atención que no prestan las autoridades ¿cómo se puede hacer para que una víctima tenga la suficiente confianza para denunciar la agresión que sufrió?, considero que muy difícilmente lo va a hacer debido a los factores que ya había mencionado anteriormente y a esto sumarle que las autoridades rara vez le dan seguimiento y atención a los casos.

En el código penal Federal, se habla del castigo a violadores sexuales de la siguiente manera

Comete el delito de violación quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a veinte años.

Para los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo.

Se considerará también como violación y se sancionará con prisión de ocho a veinte años al que introduzca por vía vaginal o anal cualquier elemento o instrumento distinto al miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del ofendido.

Artículo 265 bis.- Si la víctima de la violación fuera la esposa o concubina, se impondrá la pena prevista en el artículo anterior.

Este delito se perseguirá por querella de parte ofendida.

Artículo 266. Se equipara a la violación y se sancionará de ocho a treinta años de prisión:

I. Al que sin violencia realice cópula con persona menor de quince años de edad;

II.- Al que sin violencia realice cópula con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; y

III. Al que sin violencia y con fines lascivos introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril en una persona menor de quince años de edad o persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda resistirlo, sea cual fuere el sexo de la víctima.

Si se ejerciera

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