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Plan De Manejo De Residuos Hospitalarios

CAOLSEE18 de Junio de 2012

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PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS

HOSPITALARIOS

Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río

Puente Alto, Diciembre de 2007

SERVICIO DE SALUD

METROPOLITANO SUR ORIENTE

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO CALIDAD DE VIDA LABORAL

1. INTRODUCCIÓN.

El Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río esta emplazado en Avenida Concha y Toro

3459, limitando por el norte con Av. Gabriela Oriente, al sur con Av. El Peñón, al oeste

con Av. Concha y Toro y al este con Calle Manuel Rengifo. Este complejo Asistencial

Pertenece al Servició de Salud Metropolitano Sur Oriente que abarca las comunas de:

Puente Alto, la Florida, San Ramón, Pirque, la Pintana, San José de Maipo; y está

clasificado como un hospital de alta complejidad del tipo I, que atiende a una población

que es alrededor de 1.458.081 habitantes.

El Plan de Manejo de Residuos Hospitalarios que se construye a continuación, se

presenta como una herramienta fundamental de gestión y control de residuos, lo cual

permitirá evidenciar e implementar opciones de mejoras sustentables a largo y corto

plazo, de lo cual ya comienza a evidenciarse dichas mejoras, todo esto permitirá

trabajar y velar por un ambiente saludable, preocupándonos por la comunidad y medio

ambiente, como también la salud de nuestros trabajadores; en donde se establecen

procedimientos de manejo, acorde a la normativa, planes de contingencia en caso de

derrame de algún residuos considerado peligroso junto con establecer

responsabilidades y control en todas las etapas que involucra la Gestión de Residuos

que van desde la generación de éstos hasta su disposición final.

2. OBJETIVOS.

2.1 Objetivo General.

El objetivo del Plan es actualizar y ajustar el actual sistema de gestión de Residuos

Peligrosos, en base al Decreto Supremo Nº 148 “Reglamento Sanitario sobre el Manejo

de Residuos Peligrosos” y el Reglamento sobre Manejo de Residuos de

Establecimientos de Atención de la Salud.

2.2 Objetivos Específicos.

1. Establecer responsabilidades y roles, en relación a la gestión de residuos.

2. Describir las actividades que se desarrollan en el proceso productivo, sus flujos

de Materiales e identificación de los puntos en que se generan residuos

peligrosos.

3. Identificar las características de peligrosidad de los residuos generados y estimar

la cantidad anual de cada uno de ellos.

4. Analizar las alternativas de minimización de la generación de residuos peligrosos

y justificar las medidas seleccionadas.

5. Detallar procedimientos internos para recoger, transportar, embalar, etiquetar y

almacenar los residuos.

6. Definir los equipos, rutas y señalizaciones que deberán emplearse para el

manejo interno de los residuos peligrosos.

7. Establecer los contenidos necesarios para la capacitación que deberán recibir las

personas que laboran en las instalaciones, establecimiento o actividades donde

se manejan residuos peligrosos.

8. Identificar los procesos de eliminación a los que serán sometidos los residuos

peligrosos, explicitando los flujos y procesos de reciclaje y/o rehúso.

9. Confeccionar sistemas de registro de los residuos peligrosos generados por la

instalación o actividad.

2. ANTECEDENTES GENERALES.

Nombre Institución : Complejo Asistencial Doctor Sótero del Río

Razón Social : Servicio de Salud metropolitano Sur Oriente

Dirección : Avenida Concha y Toro 3459. Puente Alto.

Rut : 61.608.502-6

Rubro o Giro : Servicio de Atención de Salud Pública.

Nº de Camas : 718

Nº de Atenciones : 528. 485 Total.

Nº Especialidades : Todas las Especialidades médicas y quirúrgicas del

área del Adulto, infantil y Gineco-obstetrica,

exceptuando la Cirugía Cardiaca.

Responsable de Elaboración e

Implementación : Rafael Bernales Morales

Cargo : Ingeniero en Prevención de Riesgos

Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente - CAIF.

Mail : rbernales@ssmso.cl

Responsable de Operación : Alberto Rodriguez Plaza

Cargo : Jefe de Ingeniería y Operaciones

Complejo Asistencial Dr. Sótero del río

Mail : arodriguez@ssmso.cl

Colaboración en Elaboración e

Implementación : Daniela Jara Bruzzone

Ingeniero en Prevención de Riesgos y Medio

Ambiente, Instituto de Normalización Provisional

(INP)

2.1 Legislación Aplicable.

- Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos, DS 148, del

Minsal, Publicado en el Diario Oficial de 16.06.04.

- Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de

la Salud

- DFL N° 1 de 1989

- Código Sanitario

3. GESTIÓN DE RESIDUOS HOSPITALARIOS.

La Gestión de Residuos, corresponde a las diversas actividades que, condicionadas por

aspectos técnicos, económicos legales y administrativos permite asegurar un buen

manejo de estos, desde su generación hasta su disposición final.

GENERACIÓN DE RESIDUOS

IDENTIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN

ALMACENAMIENTO

PROCESO PRODUCTIVO

TRATAMIENTO

RECOLECCIÓN

Y TRANSPORTE

DISPOSICIÓN

FINAL

3.1 De las Empresas acreditadas

• CITOSTATICOS

• BIOLOGICOS

• PATOLOGICOS

• INFECCIOSOS

• CORTO PUNZANTE

• MEDICAMENTOS

• REVELADORES

• FIJADORES

• PLACAS

• FORMALDEHIDO

• XILOL

• ALCOHOL

• OTROS

3.2 Clasificación de Residuos.

Según el “Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de

la Salud”, para efectos de la identificación de los Residuos generados en

Establecimientos de Atención de la Salud, se consideraran las siguientes categorías:

Residuos Peligrosos, Residuos Radioactivos, Residuos Especiales y Residuos

Asimilables a Domiciliarios.

Los Residuos Peligrosos son aquellos residuos que califiquen como tales de acuerdo al

Decreto Supremo N° 148, del 12 de Junio de 2003, del Ministerio de Salud, que

aprueba el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Se incluye en

esta categoría a los residuos citotóxicos.

Para efectos del mismo reglamento, la categoría de Residuos Radiactivos, incluirá a

aquellos residuos que contienen sustancias radiactivas de vida media de hasta 60 días.

Los residuos radiactivos de vida media superior a 60 días deben ser manejados de

acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo 133/84, del Ministerio de Salud, que

aprueba el Reglamento de instalaciones radiactivas sobre autorizaciones radiactivas o

Empresa de traslado y tratamiento PROCESAN.

Calle Cerro el Roble Nº9661, comuna de

Quilicura – Fono (2) 7386089

Resolución Nº 009772 / 2003

Empresa de traslado y tratamiento (STU)

Servicios Técnicos Urbanos Ltda.

Calle El Quillay 466, Parque Industrial Valle

Grande, Lampa - Fono (2) 738 5050

Resolución Nº

equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ella u

opere tales equipos y otras actividades.

Se considerarán Residuos Especiales, a aquellos residuos respecto de los cuales se

sospeche que contengan agentes patógenos en concentraciones o cantidades

suficientes para causar enfermedad a un huésped susceptible. En esta categoría se

incluirán los siguientes residuos:

1. Cultivos y muestras almacenadas: Residuos de la producción de material

biológico; vacunas, placas de cultivo y mecanismos para transferir, inocular y

mezclar cultivos; residuos de cultivos y muestras almacenadas de agentes

infecciosos y productos biológicos asociados, incluyendo:

− cultivos de laboratorios médicos y patológicos;

− cultivos y cepas de agentes infecciosos de laboratorios industriales y de

investigación.

2. Residuos patológicos: Restos biológicos, incluyendo tejidos, órganos, partes y

fluidos corporales de riesgo biológico que hayan sido removidos de cuerpos

humanos.

3. Sangre humana y productos derivados: Sangre humana, solo la que se encuentra

en receptáculos, tales como jeringas u otros.

4. Cortopunzantes: Residuos que hayan estado en contacto con pacientes humanos

o animales durante el diagnóstico, tratamiento, investigación o producción

industrial, capaces de provocar cortes o punciones en seres humanos, tales

como agujas hipodérmicas, jeringas, pipetas Pasteur, agujas, bisturís y

mangueras, placas de cultivos, cristalería rota, que hayan estado en contacto

con agentes infecciosos.

Nota: Para el procedimiento de eliminación de material cortopunzante, se deberá

separar la aguja de la jeringa, en donde la aguja se depositará en un

contenedor cortopunzante, y la respectiva jeringa con resto de sangre, se

deberá depositar en el contenedor de Biopeligro (bolsa transparente)

Los Residuos Asimilables a Domiciliarios, corresponde a todos aquellos residuos

generados en un Establecimiento de Atención de la Salud, que por sus características

...

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