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Politecnico

mauro2012201127 de Mayo de 2015

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Qué es el seguro?

El seguro es un medio para la cobertura de los riesgos al transferirlos a una aseguradora que se va a encargar de garantizar o indemnizar todo o parte del perjuicio producido por la aparición de determinadas situaciones accidentales.

Es una fórmula eficaz de cobertura que implica pagar una cierta cantidad por una prestación o indemnización futura en caso de que se presente una situación adversa, que en algunos casos, puede ser extrema (por ejemplo, si se incendia un coche).

El Riesgo

El riesgo está siempre presente en la vida de las personas; se manifiesta en todas las decisiones que se toman a diario y en todas las actividades que se practican, ya sean de carácter profesional o personal.

Es más, determinados riesgos a veces se asumen simplemente por residir en una determinada ubicación geográfica.

Por ejemplo, si vives en el Golfo de México estás expuesto a que un huracán pueda provocar daños importantes.

El seguro

El seguro es un medio eficaz para la protección de los individuos frente a las consecuencias de los riesgos. Se basa en transferir los riesgos a una aseguradora que se encarga de indemnizar todo o parte del perjuicio que se produce por la ocurrencia de un evento previsto en el contrato de seguros.

Es una fórmula de cobertura muy útil y ampliamente extendida en la sociedad moderna. Implica pagar una cantidad y recibir a cambio una compensación económica o un servicio siempre que se presente una situación contemplada en la póliza.

Los Principios del Seguro

El seguro no es un mecanismo de protección nuevo, de hecho, es una de las más antiguas instituciones comerciales que se conocen.

La actividad aseguradora se ha ido desarrollando desde hace cientos de años como consecuencia de la búsqueda de la seguridad ante cualquier evento imprevisto.

Esto ha permitido perfeccionar y ampliar la actividad aseguradora hasta lo que es hoy en día, una garantía clave en el funcionamiento de la industria y el comercio en todo el mundo. Sus principios estan, por tanto, bien asentados y garantizan su adecuado funcionamiento.

Comprar un seguro

La actividad aseguradora tiene unas peculiaridades propias que hacen que el funcionamiento de su mercado y la distribución de sus productos, los seguros, tengan una naturaleza diferente a cualquier otra actividad económica.

Normalmente, cuando se compra o vende algo físico el comprador recibe el bien e inmediatamente pasa a disfrutarlo. En el caso de los seguros, el comprador paga una prima a cambio de un posible servicio futuro, sin embargo, la protección ha comenzado desde el momento en que se formaliza el contrato de seguro.

La venta del seguro constituye el inicio de la relación entre el asegurado y la compañía aseguradora; ésta no sólo tiene que atender el siniestro, además, su obligación consiste en mantener informado y asesorado a su cliente en todo momento.

El Mercado de Seguros

La gran estabilidad del sector asegurador reside en la estructura del mercado y en la fortaleza de los organismos encargados de su regulación y supervisión. Las entidades de seguros están respaldadas por un sistema técnico y legal que se encarga de garantizar su funcionamiento, y de preservar los derechos de los asegurados.

En esta sección se describe brevemente el funcionamiento del mercado asegurador español.

• Entorno del Mercado de Seguros

En la actualidad y dentro del marco de referencia de los paises desarrollados, el mercado asegurador realiza su actividad en un entorno de mercado libre, regulado por las leyes del estado o trasnacionales, como es el caso de los paises de la Unión Europea.

Un mercado es el comercio público de compra y venta de productos y servicios y, como tal, el de seguros opera en una economía de libre competencia, gobernado por las leyes de la oferta y la demanda, donde vendedores y compradores actúan con libertad dentro del marco regulatorio, pero supervisados por organismos públicos.

• Regulación y supervisión por parte del Estado

El seguro es una promesa. Cuando alguien adquiere un producto industrial, como un automóvil, recibe algo tangible a cambio de su dinero; su calidad se puede percibir. Sin embargo, con la compra de un seguro se adquiere una promesa. Además, como se paga por adelantado, se convierte en un mecanismo propicio a la aventura económica, por lo que es necesario que los asegurados tengan la garantía de que la utilización que se va a hacer de las primas es correcta y de que se va a crear un fondo que garantice la prestación futura del servicio contratado.

El seguro es un servicio cuyo precio se determina en función de elementos que pueden sufrir importantes variaciones; por lo tanto, existe el riesgo de que sea insuficiente y ponga en peligro la existencia de la empresa que presta el servicio.

Por eso, es necesario regular mediante leyes generales y específicas el funcionamiento del sector asegurador. Como consecuencia de ello, el seguro es una actividad muy supervisada en todo el mundo que dispone de organismos que vigilan que las entidades aseguradoras actúen conforme a la legislación vigente.

• El Reaseguro

Es, en pocas palabras, el seguro del riesgo que asume un asegurador, es decir, "el seguro del seguro". Es un acuerdo mediante el cual un asegurador, denominado cedente, transfiere a otro asegurador, denominado reasegurador, la totalidad o una parte de sus riesgos y éste recibe una parte de la prima.

Es necesario que las compañías aseguradoras tengan riesgos similares para que se garantice su estabilidad y, por ello, comparten o ceden una parte de sus bienes asegurados con otras compañías. Estos mecanismos dan solidez al funcionamiento de las compañías de seguros y tranquilidad a los asegurados.

• Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Es el principal organismo español que regula y supervisa la actividad aseguradora en España. Depende de la Secretaría de Estado de Economía y pertenece al Ministerio de Economía y Competitividad.

Sus funciones son, de forma resumida:

• Controlar el acceso, ejercicio y ampliación de la actividad aseguradora y reaseguradora privada, y el control de los requisitos exigibles a los administradores y socios de las entidades que realizan dicha actividad.

• Controlar las fusiones, agrupaciones, cesiones de cartera, transformaciones y otras operaciones entre entidades aseguradoras.

• El control previo para el acceso a la actividad de mediación en seguros y de las entidades gestoras de fondos de pensiones, la supervisión ordinaria de su ejercicio y el desempeño de las demás funciones de vigilancia.

• La inspección y supervisión de la actividad de las entidades aseguradoras y de las personas enunciadas anteriormente.

Es especialmente importante su función de protección a los consumidores, mediante la atención y resolución de las reclamaciones y quejas, la vigilancia de la transparencia del mercado y las demás funciones que le atribuye la normativa sobre la protección de los clientes de servicios financieros.

También responde a las consultas en materia de seguros y reaseguros privados, mediación, planes y fondos de pensiones.

• Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)

Es una entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

En su actividad, el CCS actúa:

• Como un asegurador directo, cuando no participan entidades privadas.

Por ejemplo, en el ámbito del seguro de responsabilidad civil de automóviles, asume la cobertura obligatoria de los vehículos que no sean aceptados por las entidades aseguradoras.

• Como un fondo de garantía, cuando se dan determinadas circunstancias tales como la falta de seguro, insolvencia del asegurador, etc.

Su función más conocida es la del tratamiento de los riesgos extraordinarios, es decir, aquellos que no puede cubrir un seguro normal. El Consorcio compensa los daños producidos por determinados fenómenos de la naturaleza y ciertos acontecimientos, a condición de tener suscrita una póliza en alguno de los ramos donde la legislación vigente establece la obligación de incluir en sus coberturas la garantía de estos riesgos.

Los daños por eventos extraordinarios suelen estar excluidos de la cobertura “estándar” de un seguro, una pequeña parte del precio se destina al fondo económico que el CCS gestiona y que se emplea para estos casos especiales.

Sin embargo también extiende su labor a otros ámbitos de actividad como:

• Automóviles

• Seguros agrarios combinados

• Medio Ambiente

• Actividad Liquidadora

http://www.consorseguros.es

AGROSEGURO

Es la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A., entidad que gestiona el llamado seguro agrario combinado. Éste es un sistema de cobertura que existe en España para proteger frente a determinados riesgos, especialmente climatológicos, los cultivos agrícolas y la cabaña ganadera.

http://www.agroseguro.es/

UNESPA

Es la Asociación Empresarial del Seguro que representa los intereses de la gran mayoría de las entidades aseguradoras españolas. Sus funciones son representar, gestionar y defender los intereses profesionales, económicos y sociales comunes a las entidades asociadas ante toda clase de personas, organismos, organizaciones

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