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Poliza Automotores


Enviado por   •  24 de Julio de 2022  •  Apuntes  •  2.206 Palabras (9 Páginas)  •  67 Visitas

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Automotores

La cobertura básica deberá amparar RC hacia terceros transportados o no transportados exigida por la Ley de Transito y Seguridad Vial: “SORC – Póliza básica del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil.”

Estructura de la Póliza

SORC

Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil

CG-RC

Condiciones Generales de Responsabilidad Civil

CG-DA

Condiciones Generales de Daños al Vehículo

CG-DI

Condiciones Generales de Daños e Incendios

CG-RH

Condiciones Generales para Daños, Robo o Hurto

CG-CO

Condiciones Generales a Todas Estas Coberturas

Podrán Incorporarse las Cláusulas Adicionales

CA-RC

Clausula Adicionales para Responsabilidad Civil

CA-DA

Clausula Adicionales para Daños

CA-DI

Clausula Adicionales para Daños e Incendios

CA-DR

Clausula Adicionales para Daños, Robo o Hurto

CA- RH

Clausula Adicionales para Robo o Hurto

CA-SC

Clausula Adicionales para Scoring

CA-CC

Clausula Adicionales Comunes a todas las Coberturas

CO-EX

Clausula Adicionales Coberturas al Exterior

Alguna Clausulas de Emisión Obligatoria:

CG-CO 4.1

Condiciones Generales de Gastos de traslado y Estadía

CG-CO 5.1

Cargas Especiales del Asegurado

CG.-CO 6.1

Medida de la Prestación

CG-CO 7.1

Dolo o Culpa Grave

CG-CO 8.1

Privación del uso

CG-CO 9.1

Rescisión Unilateral

CG-CO 10.1

Pago de Prima

CG-CO 11.1

Caducidad por incumplimiento de Obligaciones y Carga

CG-CO 12.1

Verificación del Siniestro

G.CO 13.1

Domicilio para Denuncias y Aclaraciones

CG-CO 14.1

Cómputos de Plazos

CG-CO 15.1

Prorroga de Jurisdicción

El interés Asegurables en la Cobertura de RC:

Titular Registral del Vehículo: la Ley del Registro de la Propiedad el Automotor indica que el titular registral es responsable por los daños que se produzcan con el vehículo que se encuentre a su nombre.

El conductor del Vehículo: en el monto en que ocurre el hecho generador de la RC

El Verdadero Propietario: (No Registrado) del Vehículo, quien también podrá ser demandado y obtener sentencia contra él, la victima o sus Derechohabientes demostrará la existencia de ese vinculo de propiedad.

Alcance de la Cobertura de RC Voluntaria:

Riesgo Cubierto:

CG.RC 1.1:

El asegurador se obliga a mantener indemne al asegurado con su autorización conduzca el vehículo objeto del seguro. El asegurador asume la responsabilidad únicamente en favor del asegurado y del conductor.

Personas Transportadas: Daños corporales sufridos por terceras personas transportadas en el habitáculo destinado para tal fin siempre y cuando no exceda el máximo.

Exclusiones de Cobertura

CG-RC 2.1

El asegurador no indemnizara los siguientes siniestros y/o sufridos por el vehículo y/o su carga. Pagina 26

Defensa de Juicio Civil:

CG-RC 3.1

En caso de demanda judicial contra el asegurado, este deberá notificar dentro de los 5 días hábil de haber sido notificado. El asegurador podrá Declinar o Asumir la defensa

Costa y Gastos:

CG-RC 4.1

El asegurador toma a su cargo como único accesorio de si obligación a que se refiere las Cláusulas CG-RC 1.1 ó CG-RC 1.2 Riesgo cubierto, según la cobertura contratada. El pago de las costas judiciales en causa civil y los gastos extrajudiciales en que se incurra para resisistir la prestación del tercero.

Proceso Penal:

CG-RC 5.1

Si se promoviera proceso penal y correccional, ell asegurado y/o conductor deberán dar inmediato aviso al asegurador en oportunidad de tomar conocimiento de dicha circunstancia. En caso que se pida asistencia penal deberá expedirse dentro de los 5 días hábiles

Condiciones Generales Sobre Cascos en Automotores: La cobertura de “CASCO” resguarda los daños parciales y/o totales ocasionados al vehículo asegurado como consecuencia de Robo/Hurto.

Daños al Vehículo:

CG-DA 1.1

Daño Cubierto: Daños materiales que sufra el vehículo objeto del seguro por Vuelco, despeñamiento. O inmersión, roce o choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, ya sea que este esté circulando, fuere remolcado, se hallare estacionado al aire libre o bajo techo, durante su transporte terrestre, fluvial o lacustre.

Además, quedan comprendido los daños sufridos como consecuencia de: Meteorito, Terremoto, Maremoto, Erupción Volcánica, Tornado, Huracán, Ciclón, Granizo, Inundación, y los daños producidos por el vehículo por hecho de Huelga, Lock out o tumulto popular. Siempre que estos Comprendidos estén contratador de Dentro de DAÑOS TOTALES o PARCIALES POR ACCIDENTE.

Exclusiones de Cobertura:

CG-DA 2.1

El asegurador no indemnizara los siguientes siniestros producidos y/o sufridos por el vehículo y/o su carga:

Pagina 33.

Daño Total o Parcial:

CG-DA 4.2

Habrá Daño total cuando el costo de reparación o reemplazo de las partes afectadas al momento del siniestro se igual o mayor al 80% del valor de venta al público.

Incendio:

CG-IN 1.1

Riesgo Cubierto, el asegurador indemnizara al asegurado los daños materiales que sufra el vehículo objeto del seguro por la acción directa o indirecta por el fuego, explosión o rayo, aun de cualquier agente externos y ajeno al mismo vehículo, ya sea que este circulando, fuere remolcado, se hallare estacionado al aire libre o bajo techo, o durante su transporte terrestre, fluvial o lacustre.

Además, quedan comprendido los daños sufridos como consecuencia de: Meteorito, Terremoto, Maremoto, Erupción Volcánica, Tornado, Huracán, Ciclón, Granizo, Inundación, y los daños producidos por el vehículo por hecho de Huelga, Lock out o tumulto popular.

Exclusiones para la Cobertura de Incendio:

Página 38. CG-IN 2.1

Robo – Hurto

CG-RH 1.1

Riego cubierto. El asegurador indemnizara al asegurado por el robo o hurto del vehículo objeto del seguro o de sus partes. No se restituirá el vehículo realizada de forma dolosa. El asegurador responde por las piezas fijas de que este equipado en su modelo original de fabrica

Exclusiones para el Robo o Hurto:

CG-RH 2.1:

Pagina  37

Determinación de la Indemnización: Determinada la existencia del Robo o hurto total el asegurador indemnizara el valor de venta al publico al contado en plaza al momento del siniestro: igual marca, modelo y característica. Mas impuestos, tasas y contribuciones que pudieran corresponder

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