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Potestad Aduanera


Enviado por   •  17 de Julio de 2015  •  733 Palabras (3 Páginas)  •  174 Visitas

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¿Explique en qué consiste la potestad aduanera?

Es la facultad de las autoridades competentes para intervenir sobre los vehículos y medios de transporte que realicen tráfico internacional o nacional, así como las mercancías que contengan, autorizar o impedir su desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales, determinar los tributos exigibles, aplicar las sanciones procedentes, en general, ejercer los controles previstos en la legislación aduanera nacional. (Art. 7 de la L.O.A.).

¿Diga cuáles son los privilegios y garantías fiscales y explique uno de ellos?

Privilegios Del Fisco Nacional

El Fisco Nacional tendrá privilegios, preferente a cualquier otro, sobre los bienes a que se refiere el art. 5º de la L.O.A., para exigir el pago de los impuestos, tasas, intereses moratorios, penas pecuniarias y otros derechos o cantidades que se originan en virtud de lo establecido en ella. Dichos bienes no podrán ser objeto de medidas judiciales preventivas o ejecutivas mientras no hayan sido cumplidos los requisitos y pagados o garantizado el crédito fiscal correspondiente.

Privilegios Generales

1.- Carácter Administrativo

El Fisco no presta caución para una actuación judicial.

No paga impuestos nacionales, ni municipales.

Obligación de todas las autoridades de colaborar con los funcionarios de hacienda.

2.- Carácter Procesal

Los bienes de la nación no son embargables, ya que no están sujetos a medida de ejecución.

Toda sentencia definitiva debe consultarse al tribunal superior.

Los apoderados del fisco nacional, tienen la obligación de hacer valer en cualquier juicio, todos los recursos sin necesidad de autorización especial.

Los tribunales deben darle prioridad a los juicios en donde está implicado el fisco nacional.

Tiene carácter de título ejecutivo todas las liquidaciones de crédito a favor del fisco.

3.- Carácter Civil

No es admisible compensación en contra del fisco.

Privilegios Específicos

1.- Retención de mercancías por falta de pago (art. 12 de la L.O.A.)

Cuando exista demora en el pago de las cantidades líquidas y exigibles causadas por motivo del pago de mercancías a través de las aduanas, éstas podrán retener las demás que hayan llegado a nombre del mismo consignatario hasta que el pago se efectúe.

2.- Prenda

El Fisco no presta caución para una actuación judicial.

3.-

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