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Proceso Presupuestario


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2013  •  1.422 Palabras (6 Páginas)  •  431 Visitas

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PROCESO PRESUPUESTARIO

El proceso presupuestario esta constituido por una serie cíclica de fases o etapas que implican actividades que deben cumplirse en forma ordenada y secuencial (excepto las dos últimas), estas son:

Etapas del Proceso Presupuestario

1. Planificación

2. Programación

3. Formulación o Elaboración

4. Discusión y Aprobación

5. Ejecución

6. Clausura

7. Liquidación

8. Control

9. Evaluación

Planificación. Etapa permanente y continua en la que deben participar, bajo la dirección, coordinación y supervisión de la unidad interna encargada de la Planificación, todas las unidades administrativas de cada institución, con el propósito de esbozar las acciones que llevarían a cabo en el corto, mediano y largo plazo, las que deben guardar conformidad con sus respectivas competencias y estar enmarcadas dentro de la visión y misión institucional.

En los últimos años esta etapa ya no se la considera de responsabilidad privativa de los dignatarios, funcionarios, servidores y trabajadores de la entidad, sino que se la ha abierto a la participación ciudadana, para que pueda expresar con libertad sus deseos y aspiraciones, lo que sin duda va a coadyuvar a ampliar el espectro de necesidades insatisfechas.

En esta fase esencial en toda actividad humana, quienes intervienen estarán orientados a idealizar, a soñar sin limitaciones, a pensar sobre todas las acciones que podrían hacerse en bien del país o de la comunidad del área de influencia de las actividades de índole administrativa, de construcción de proyectos de obra pública y de programas sociales que realice, y que vayan a procurar el bienestar económico y social.

En la medida de la calidad de los participantes, se podrá construir un cúmulo de actividades, proyectos y programas que se destinarán al estudio y consideración del ente estatal de planificación, para que con esa base pueda construirse un banco de proyectos y programas.

Programación. En función de las políticas y directrices establecidas por el Gobierno de turno, las acciones a cumplir en esta fase están encaminadas primero a priorizar las actividades, proyectos y programas que estarían dentro de los lineamientos definidos por la autoridad, a establecer cronogramas de cumplimiento y a efectuar una serie de precisiones: objetivos, costos, plazos, coberturas, especificaciones técnicas, etc., a las que se ceñirán las actividades administrativas y productivas, las construcciones de obras o el desarrollo de programas sociales, para asegurar que los resultados esperados se cumplan de acuerdo a lo previsto, en los ámbitos, cantidades y calidades concertados.

La participación de las diversas unidades administrativas en este paso debe realizarse bajo la orientación y coordinación de la unidad de Planificación y de la unidad Financiera de la institución, la cual requiere compatibilizar a sus requerimientos las diferentes propuestas.

Formulación. En esta fase, contando ya con los cálculos técnicos de proyecciones y estimaciones de los ingresos a disponer o con los techos fijados por la autoridad competente en materia presupuestaria, es el momento de elaborar o de darle forma al proyecto de Presupuesto Institucional, compatibilizando los recursos financieros previstos, con los costos esperados de las actividades, proyectos y programas a desarrollar.

La formulación de la pro forma del Presupuesto General del Estado, de acuerdo con lo prescrito en la Constitución Política de la República, le corresponde a la Función Ejecutiva, la que debe elaborarla de acuerdo con su plan de desarrollo y debe presentarla al Congreso Nacional hasta el 1º. de Septiembre de cada año, salvo en aquel en que se posesione el Presidente de la República, en el cual se lo presentará hasta el 31 de Enero del año para el cual va a regir el Presupuesto.

Dicho documento se lo entregará al Congreso Nacional encargado de tramitarlo, considerarlo y aprobarlo en el plazo legalmente establecido.

Discusión y Aprobación. Con fundamento en la pro forma o proyecto de Presupuesto, la autoridad competente, luego de las discusiones, reorientaciones, consensos y ajustes que surjan del estudio y tratamiento de los proyectos de Presupuesto, procederá a aprobarlos, requisito necesario para que entren en vigencia.

En tratándose del Presupuesto General del Estado, el Congreso lo aprobará o reformará hasta el 30 de Noviembre, si hasta esa fecha no lo aprobare, entrará en vigencia la pro forma elaborada por el Ejecutivo.

En el año en que se posesione el Presidente de la República,

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