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Programa USAID Para El Fortalecimiento De La Justicia Laboral CAFTA-DR


Enviado por   •  5 de Octubre de 2011  •  2.216 Palabras (9 Páginas)  •  891 Visitas

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PROGRAMA USAID PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA JUSTICIA LABORAL CAFTA-DR

¿Qué es el Programa de USAID para el Fortalecimiento de la Justicia Laboral para CAFTA-DR?

El Programa de USAID para el Fortalecimiento de la Justicia Laboral para CAFTA-DR surge como respuesta a una necesidad de los países de Centroamérica y República Dominicana de fortalecer sus respectivos sistemas de justicia laboral.

¿Cuáles son los objetivos del Programa?

¿En qué países opera el Programa?

El Programa opera en Centroamérica y la República Dominicana.

¿Con que Instituciones trabaja el Programa?

El Programa tiene un enfoque en cada país de acuerdo a las necesidades del mismo. De esta forma, se trabaja con diferentes Instituciones de Gobierno o Educativas dependiendo de los proyectos a implementar en cada uno.

Para mayor información puedes visitar las secciones individuales de cada país dentro del sitio web. También te invitamos a ver la sección videos y galerías para que tengas una imagen más amplia de los proyectos en los que se enfoca el Programa.

¿Tiene el Programa de USAID para el Fortalecimiento de la Justicia Laboral para CAFTA-DR injerencia en las decisiones del Gobierno de mi país?

No. USAID es una organización no gubernamental enfocada únicamente en proveer a los países del mundo de ayuda económica y humanitaria, por lo tanto no tiene injerencia en ninguna filosofía o corriente política, religión o postura gubernamental.

Bajo el capítulo 16 del Tratado de Libre Comercio, todos los países miembros acordaron en forma unánime tomar las medidas necesarias a fin de incrementar sus capacidades de ejecución y cumplimiento según lo requiriera dicho tratado.

El programa de USAID para el Fortalecimiento de la Justicia Laboral busca dar asistencia al sector Judicial y otros sectores relevantes de los países CAFTA DR, así como instituciones del sector privado, a fin de implementar tres componentes: Primer componente: Sistema electrónico de manejo de casos; Segundo componente: Elevar los estándares profesionales de la judicatura; y Tercer componente: Agilización de procesos judiciales.

Tomando en cuenta ese contexto, cabe analizar el capítulo 16 del tratado que contiene la normativa referida a las implicaciones del Tratado en la legislación laboral de los países firmantes. Tal capítulo tiene un total de ocho artículos, los cuales de una u otra forma están impactando en la legislación laboral regional, al promover las ventajas emanadas de este tipo de tratados y establecer normas mínimas o equitativas de trabajo.

Conclusiones

Tras abordar el análisis del capítulo 16, surge una serie de conclusiones de importancia, sobre todo si contrastamos lo que dice la ley con lo que sucede en la realidad. Entre los principales puntos debemos citar:

a) Problemas de la legislación interna de cada país, especialmente en su aplicación. Ésta es una de las mayores debilidades que se señalan en cuanto a la efectividad de los derechos a favor de los trabajadores.

b) Factor reciprocidad en la protección de los derechos fundamentales. Aunque otros acuerdos, como el SGP y la ICC, contemplaban la aplicación unilateral de esta protección, con el Tratado, esta obligación se vuelve recíproca y sí o sí la deben cumplir las dos partes que comercian.

c) Ausencias claves en el Tratado. Fundamentalmente, haberse dejado por fuera del TLC, la obligación de ratificar los convenios fundamentales.

d) Excesiva protección estatal hacia los derechos de los trabajadores frente a los empleadores. Esta situación, en algún momento, pudiera ser una barrera para el crecimiento y desarrollo económico.

e) Necesidad de fortalecer el régimen de derechos. Esto debe darse por medio de instituciones independientes y autónomas para dar garantía a los derechos fundamentales.

f) Necesidad de una reforma procesal urgente. Esto es fundamental para que se de lugar a que los procedimientos laborales sean más ágiles y seguros.

Finalmente, la principal conclusión a la que se puede llegar es que, habiendo legislación disponible, es preciso garantizar un verdadero acceso a la justicia laboral. Si esto se lograra en todos los países de la región se estaría cumpliendo uno de los grandes retos y exigencias que el sector trabajador ha venido reclamando.

Creer que el Tratado de Libre Comercio Cafta-DR ha servido o puede servir para reconciliar el “trabajo” con el “capital”, no pasa de ser una simple percepción que no se sustenta en la realidad. Los reclamos de los trabajadores contra el Tratado siguen existiendo -y con justificada razón- porque como se ha expresado aquí, el tratado privilegia el comercio, pasando a segundo plano los derechos laborales.

RESUMEN

Los actuales procesos globales imponen a las sociedades del mundo el reto de equiparar los beneficios económicos con el beneficio social. La competencia desleal provocada por el dumping social demanda la inclusión de las llamadas cláusulas sociales en los tratados de libre comercio. La cláusula social lleva a los tratados de libre comercio al establecimiento de estándares mínimos de respeto a los derechos laborales y el ambiente.

La protección y aplicación de derechos laborales, tanto como la predictibilidad laboral para los trabajadores e inversionistas, son una prioridad para asegurar el cumplimiento de las leyes laborales y la mejora de los estándares laborales. Esto se puede lograr con la transparencia de los procesos administrativos; acceso a la información a nivel administrativo y judicial; la normalización de procedimientos legales; el uso sistemático de métodos de resolución alternativa de conflictos para permitir un proceso de resolución de conflictos más rápido; el mejoramiento de estándares profesionales en todos los sectores de la justifica laboral; y mayor acceso a la justicia laboral para los trabajadores y grupos discriminados.

El Programa de USAID de Fortalecimiento de la Justicia Laboral para CAFTA-DR ha diseñado e implementado sistemas electrónicas de manejo de casos en tribunales laborales pilotos en tres países (El Salvador, Honduras, Guatemala) y está en el proceso de replicar los pilotos a nivel nacional en tribunales laborales especializados en cada uno de estos

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