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Que Es La Energia¡?


Enviado por   •  6 de Junio de 2012  •  7.034 Palabras (29 Páginas)  •  310 Visitas

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¿QUÉ ES EL IEP?

El Portal de Instituciones Educativas Particulares (IEP) se crea con la visión de poner a su disposición toda la información relacionada con la incorporación de estudios de los particulares al sistema educativo nacional, así como la normatividad aplicable según el nivel de estudios (Básico, Media Superior y Superior).

La orientación que se pretende dar a este portal es que, no solo va dirigido a los particulares que tienen la intención de realizar un trámite de incorporación si no a cualquier ciudadano que solicita o tenga interés en obtener información respecto a:

a) Trámites de incorporación federales y estatales;

b) Acuerdos secretariales;

c) Instituciones Educativas que pertenecen al programa de Simplificación Administrativa;

d) Consulta de Instituciones Educativas Incorporadas al Sistema Educativo Nacional;

e) Consulta de Instancias Acreditadoras;

f) Formatos para realizar el trámite de Incorporación de Estudios dependiendo del Nivel Educativo.

MISION

. . . . . . . . . .

Promover la labor educativa que facilite la incorporación de los planes y programas de estudios de los particulares al sistema educativo nacional (SEN), mediante políticas que agilicen el trámite de autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios (RVOE).

VISION

. . . . . . . . .

Conformar una Unidad Administrativa eficiente, que proponga estrategias para facilitar los trámites de incorporación al sistema educativo nacional, de los planes y programas de estudio propuestos por los particulares, así como agilizar los tiempos para otorgar una autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios.

¿QUÉ NECESITAS PARA INCORPORAR UNA ESCUELA?

La Ley General de Educación establece los requisitos que debe cumplir el particular para poder incorporarse en el sistema educativo nacional y de esta manera dependiendo el nivel educativo que imparta obtener su Autorización o el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.

Artículo 55: Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgaran cuando los solicitantes cuenten:

I. Con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación y, en su caso, satisfagan los demás requisitos a que se refiere el artículo 21;

II. Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determine. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso una nueva autorización o un nuevo reconocimiento, y

III. Con planes y programas de estudio que la autoridad otorgante considere procedentes, en el caso de educación distinta de la preescolar, la primaria, la secundaria, la normal, y demás para la formación de maestros de educación básica.

SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL (SEN)

El sistema educativo nacional se conforma de:

Los educandos y educadores;

Las autoridades educativas;

Los planes y programas, métodos y materiales educativos;

Las instituciones educativas del estado y de sus organismos

descentralizados;

Las instituciones de los particulares con autorización o con

reconocimiento de validez oficial de estudios;

Las instituciones de educación superior a las que la ley

otorga autonomía.

Marco Mexicano de Cualificaciones

Legal

Constitución Política

Ley Orgánica de la Administración Púbilca

Ley General de Educación

Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública

Acuerdos Secretariales

Acuerdos Secretariales

Acuerdo 243 Bases Generales

Acuerdo 254 Nivel Primaria

Acuerdo 255 Nivel Secundaria

Acuerdo 276 Nivel Secundaria Técnica

Acuerdo 279 Nivel Superior

Acuerdo 357 Nivel Preescolar

Acuerdo 450 Nivel Medio Superior

Circulares

• Circular numero 06/2010 Recomendaciones de Simplificación Administrativa y Disminución de Costos para los Particulares en materia de RVOE

• Circular numero 012/2010 Vista de Inspeción por cambio de Titular del Acuerdo

• Circular numero 028/2010 Edades mínimas de ingreso a la Educación Preescolar y Primaria no edades máximas para dichos efectos

• Circular numero 030/2010 Personal Académico de tiempo Completo de Instituciones Educativas Partículares del tiempo Superior

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