Querella con constitucion en actoria civil
Daryano QuezadaTrabajo4 de Febrero de 2019
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AL : HONORABLE MAGISTRADO JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE LA INSTRUCCIÓN DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTO DOMINGO.
ASUNTO : REFORMULACIÓN DE QUERELLA CON CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL, (EN VIRTUD DEL ARTICULO 322 DEL CODIGO
PROCESAL PENAL DOMINICANO) EN CONTRA DEL NOMBRADO RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, POR VIOLACIÓN A LOS ARTÍCULOS 2,297,303-4 Ordinal 1,6,9,10,11 Y 304, DEL CÓDIGO PENAL DOMINICANO, EL ARTICULO 83 Y 86 DE LA ALEY 631-16 SOBRE CONTROL Y REGULACION DE ARMAS, EN SUS ARTÍCULO 1382 y 1384 DEL CÓDIGO CIVIL DOMINICANO, EN PERJUICIO DEL SEÑOR FRANKLIN BARTOLO QUEZADA PEREZ.
QUERELLANTE Y
ACTOR CIVIL : FRANKLIN BARTOLO QUEZADA PEREZ.
ABOGADOS : LICDOS. LALANY JOSÉ MORA OGANDO Y
MELVIN RODRÍGUEZ TAVERAS.
QUERELLADO- : RADHAMES ENCARNACION MONTERO
Localizable en la calle juan López
No.24 Sector Valle del Este, Municipio Santo Domingo Este, Provicia Santo Domingo
Competencia Legal : ARTS, 83.1, 83.2, 84.1,84.3, 84.4, 84.6, 84.7, 267,270,297 DEL CPP.
HONORABLE MAGISTRADO:
Quienes suscriben, LICDOS. LALANY JOSÉ MORA OGANDO Y MELVIN RODRÍGUEZ TAVERAS, dominicanos, mayores de edad, abogados de los tribunales de la República, portadores de las cédula de identidad y electoral Nos. 001-1361447-3 y 001-1680950-0 respectivamente, con estudio profesional abierto en la Ave. Charles de Gaulle, Edif. Lopeza, No.24, 2do. Nivel, Suite No.1, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, Cel. (809) 963-4785; actuando a nombre y representación de la víctima, querella constituido en actor civil, señor FRANKLIN BARTOLO QUEZADA PEREZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 001-0920911-4, domiciliado y residente en la calle Peatonal 3, No. 7, Sector Valle del Este, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana; por medio de la presente, tenemos a bien exponerle lo siguiente:
LOS DATOS QUE SIRVEN PARA IDENTIFICAR ALIMPUTADO
Senor RADHAMES ENCARNACION MONTERO,dominicano, mayor de eda, portador de la cedula de identidad y electoral No. 001-0570446-4, domicilio y residencia en la calle Juan López No. 24 Sector Vlla del Este, Provincia Santo Domingo; quienfigura como parte querellada en el presente proceso por comprometr su responsabilidad tanto civil como penal en los hechos que se describen mas adelante.
LOS DATOS QUE SIRVEN PARA IDENTIFICAR A LA VICTIMA
Actor civil Y ACUSADOR
Señor FRANKLIN BARTOLO QUEZADA PEREZ, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, portador de la cedula de identidad y electoral No. 001-0920911-4, domiciliado y residente en la calle Peatonal 3, No. 7, Sector Valle del Este, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo,República Dominicana.
A)-Mediante la presente acusacion Penal y constitución en actor civil se solicita formarmente la investigacion de la persona fisica presedentemente señalado, por su paticipación relevante en los hechos denunciados, así como en contra de cual quier otra persona fisica o moral que durante el curso de la investigaciones resulte implicada en los hecho punible denunciado y relacionados
B)- De la misma forma, la presente acusacion penal y constitución en actor civil , formula por medio de la presente instancia, se encuentra divididas en la siguente seciones:
1-Relato de los echos cronologico.
2-El Derecho
3-Soporte probatorio Documentales preliminales
4-Petitorios
RELACIÓN DE HECHOS
ATENDIDO: A que en fecha 29 del mes del mes junio del año 2016, siendo las 3:30 P.M., se encontraba el vehículo tipo camioneta color blanco, descargando una mercancías para el negocio propiedad de RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, y cuando el señor FRANKLIN BARTOLO QUEZADA PEREZ, se percató de que dicho vehículo que descargaba dicha mercancías, y que dicho vehículo estaba estacionado donde el querellante no podía salir, el mismo procedió a pedirle al señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO y demás familiares de manera amable, que por favor mueva el vehículo para poder salir, a lo que estos procedieron a vociferar palabras impronunciables, y el querellante procedió a retirarse hacia su residencia, y en ese momento salen familiares por orden del señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, y vociferan palabras impronunciables y realizando amenazas en contra del señor FRANKLIN BARTOLO QUEZADA PEREZ, tal como se puede evidenciar en los videos y fotografías que se muestra la forma como aparece el señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO en la casa del señor FRANKLIN BARTOLO QUEZADA PEREZ, destruyendo el cristal delantero, tablero y el espejo del lado izquierdo del vehículo marca TOYOTA, COLOR DORADO, propiedad del querellante.
ATENDIDO: A que estos hechos así narrados fueron realizados por mandato del querellado, señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, sin ningún motivo, ni razón alguna.
ATENDIDO: A que desde hace mucho tiempo el señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, ha venido patrocinando bajo las amenazas, llegando hasta el punto de intentar asesinar al señor FRANKLIN BARTOLO QUEZADA PEREZ, y a su hijo menor de quince (15) años de edad, tal y como se puede evidenciar en los video y fotografías que serán presentados de los hechos que no han podido ser consumados por el señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, la cual se evidencia cuando se dirige el querellado hacia la casa del querellante, donde este señor pudo salvar la vida junto a su hijo milagrosamente y donde la única defensa que pudo utilizar fue su teléfono celular para poder grabar los hechos cuando el querellado intentaba asesinarlo junto a su hijo menor de edad, donde esta persona no han tenido desde ese momento ningún tipo de paz en el hogar que habita.
ATENDIDO: A que después de transcurrido diez (10) minutos, por órdenes del señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, llega su cuñado, señor ROBERTO ENCARNACIÓN MORILLO, quien ostenta el rango de Capitán del Ejercito de Republica Dominicana en compañía de otro individuo hasta el momento desconocido, quien lo amenaza con darle muerte al querellante y a su hijo si somete a la acción de la justicia al señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, tal cual se puede evidenciar en las fotografías, con quien luego se tuvo que llegar a un ACUERDO AMIGABLE por solicitud del del Magistrado LIC. MARCOS ANTONIO ROSARIO GONZÁLEZ, Procurador Fiscal de Gaphre de la Provincia Santo Domingo para poder continuar con el proceso judicial, en fecha 28 del mes de julio del año 2016.
ATENDIDO: A que en fecha 04 de junio del año 2016, la señora SANTA ENCARNACIÓN MORILLO, que es la esposa del señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, interpuso una Querella obedeciendo las ordenes de sus esposo, en contra del señor FRANKLIN BARTOLO QUEZADA PEREZ, por supuesta amenaza, quedando dicha querella para conocer en fecha 27 del mes de junio del año 2016 a las 10: A.M., por ante el Magistrado JUAN RAMON RODRÍGUEZ MIRANDA, Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Santo Domingo, quedando dicha querella archivada por falta de pruebas, por lo que, se evidenciado así que no ha sido la primera vez en que han incurrido en esta práctica el señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, quien es el autor intelectual de cada uno de los hechos para pretender de esta manera mantener al señor FRANKLIN BARTOLO QUEZADA PEREZ y familiares, amedrentados, llegando hasta tal punto que su hijo de quince (15) años, después de la última vez que el señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, intentó asesinarlos, ha quedado con traumas, así como cada uno de los miembros de su familia, los cuales han quedado bajo tratamiento de un profesional de la salud, como lo es psicología, por los episodios violentos cometidos en su contra por el querellado, hasta tal punto que su hijo de quince (15) años, tiene el temor que su padre salga de la casa, por temor a que el Sr. RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO, podría agredirlo o hacerle daño a su padre, porque ha quedado frustrado desde el momento en que ocurrieron los hechos violentos cuando él y su padre tuvieron a punto de ser asesinado por el señor RADHAMES ENCARNACIÓN MONTERO.
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