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Reforma Constitucional 1994


Enviado por   •  16 de Febrero de 2014  •  1.200 Palabras (5 Páginas)  •  315 Visitas

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Reforma de 1994.

Esta reforma versa, específicamente en los siguientes temas:

• La integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los requisitos, de organización, duración de los ministros.

• Creación del Consejo de la Judicatura Federal y sus principales características y funciones.

• La jurisdicción constitucional.

• La modificación de la jurisprudencia.

En el artículo 94 explica: “ Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia de la Nación, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, y en un Consejo de la Judicatura”. Establece también que: “ La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de once ministros y funcionará en pleno y en salas. En los términos que la ley disponga las sesiones del pleno y de las salas serán publicadas, y por excepción secretas en los casos que así lo exija la moral o el interés publico”.

La función primordial de un Tribunal Constitucional, es la defensa de la ley Suprema, por ello sus atribuciones y competencias, así como por los efectos de sus resoluciones, lo colocan en una posición jerárquicamente superior. La Suprema Corte de Justicia de la Nación garantiza el cumplimiento y la eficacia de la Constitución; deberá ocuparse casi exclusivamente de la interpretación constitucional de aquellos asuntos que se refieren a la norma y procesos constitucionales.

El Consejo de la Judicatura Federal.

Se realizó su creación como órganos responsable del gobierno y de la administración del Poder Judicial Federal excluida la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estará integrado por once miembros nombrados por el Congreso de los Diputados y el Senado. Alguna de sus funciones será:

• Determinar el número, división de circuitos, competencia territorial y, especialización por materia de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

• Nombrar y adscribir a los magistrados de circuito y a los jueces de distrito; investigar la conducta de algún magistrado o juez.

• Administrar, vigilar y disciplinar a los miembros del Poder Judicial Federal.

• Desarrollar la carrera judicial, de acuerdo con las bases que la ley establezca para la formación y actualización de los funcionarios.

Controversias constitucionales.

Crea una nueva garantía procesal de defensa constitucional.

El recurso de inconstitucionalidad.

Reglamenta aspectos diversos del juicio de amparo, especialmente en lo referente a el incumplimiento de la sentencia de amparo. Con dichas reformas, se establece que:

• La Suprema Corte de Justicia de la Nación en pleno, es la única competente para conocer de dichas controversias.

• Se excluye la materia electoral.

• El titular de la acción es una entidad publica y no un particular.

• En el Senado se suprimió el supuesto de la controversia entre dos municipios del mismo Estado.

• La materia de dicha controversia es sobre la constitucionalidad del acto impugnado, ya sea éste de carácter administrativo o legislativo.

• Sus efectos son erga omnes, cuando trate sobre disposiciones generales de los estados o de los municipios impugnados por la Federación sobre disposiciones generales de los municipios impugnadas por los Estados.

La acción de inconstitucionalidad.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá de las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantearla posible contradicción entre una norma de carácter general y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano. No debe toca el juicio de amparo respecto a los efectos relativos a su sentencia. Se pueden ejercitar dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma.

La jurisprudencia mexicana en 1994.

Dicha reforma, modificó

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