Relacion Del Derecho Administrativo Con Otras Ramas
yirox16 de Julio de 2014
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Relaciones del Derecho Administrativo con otras ramas del Derecho
Constitucional: El derecho constitucional comprende las normas que regulan la estructura u organización jurídico-política del Estado. Las normas del derecho administrativo tratan de la actividad. La norma de derecho administrativo es creada por el legislador dentro de los límites de la norma constitucional.
Penal: Se relaciona con el derecho administrativo por el concepto de sanción, típico del derecho penal. Existe el derecho administrativo disciplinario que se aplica en lo interno de la Administración, puesto que son sanciones que el superior jerárquico impone al inferior por faltas disciplinarias. Además existen en la órbita del Ministerio de Justicia organismos de índole administrativa, como por ejemplo el Servicio Penitenciario.
Financiero: El derecho financiero regula la actividad financiera del Estado referente a la recaudación, gestión y disposición de los medios económicos necesarios para el cumplimiento de la misión de éste. Las relaciones entre el derecho administrativo y el financiero son inmediatas y contiguas. Ello es así porque las funciones y modos de aplicación de las normas financieras son esencialmente administrativos; por ejemplo, las circulares del BCRA son de naturaleza administrativa.
Procesal: El derecho procesal es la rama del Derecho que se ocupa de las formalidades que deben cumplirse en todo proceso. Hay instituciones que son reguladas por el derecho procesal y que son adoptadas por el derecho administrativo. El derecho administrativo crea sus normas, pero el derecho procesal es supletorio.
Municipal: No es más que derecho administrativo puro aplicado a un ámbito particular, el comunal.
Civil: Existen instituciones del él que son aplicables al procedimiento administrativo, tales como los conceptos de capacidad, persona jurídica, persona física, etc.
Comercial: Las sociedades del Estado responden al concepto de sociedad comercial.
Ambiental: El Código de Minería establece que la propiedad originaria de las minas es del Estado, el que otorga a los particulares su explotación por medio de concesiones y permisos.
LA LEY EN SU CARACTER FORMAL Y MATERIAL
Al referirnos a !as fuentes del Derecho Administrativo es menester señalar que dicho concepto se refiere ha que es de aquello de donde emana, nace o procede algo, de tal suerte que las fuentes del Derecho Administrativo son el lugar de nacimiento y punto de partida del mismo.
Las fuentes de! Derecho Administrativo son los procedimientos, formas, actos o hechos, y demás medios de creación e interpretación, en los cuales tienen su origen los Principios y Leyes en general, las Fuentes mismas del Derecho, como la Ley, la Costumbre y la Jurisprudencia, todas referidas a la materia Administrativa.
Por Fuente Formales del Derecho Administrativo, entendemos la creación misma del Derecho, no debemos confundir el Procedimiento de creación de la Norma Jurídica, con la Fuente de dicha Norma; esto es, la Fuente fundamentalmente del Derecho es la Ley, pero no el Proceso Legislativo, porque la Ley es el Acto Jurídico general creador de Derechos y obligaciones. Otras fuentes formales del Derecho Administrativo son los Reglamentos y la Jurisprudencia.
En el Derecho Administrativo, tiene importancia fundamental el Principio de Legalidad, conforme al cual los Organos del Estado sólo pueden realizar aquellas Atribuciones que les estén expresamente señaladas en la Ley, y no puede ni siquiera bajo el propósito de servir a la colectividad, actuar fuera de lo que la Ley les ordene. Se trata de una Garantía Individual, que protege al ciudadano, para evitar posibles abusos de autoridad; resultando así, un criterio opuesto al que se aplica a la conducta de los particulares, entre los cuales, se estima que todo lo no prohibido está permitido.
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