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Reseña sentencia penal


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2022  •  Reseñas  •  1.024 Palabras (5 Páginas)  •  44 Visitas

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SENTENCIA SP 1696/2019

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal

Expediente: 49245

Magistrado Ponente: Eugenio Fernández Carlier

Bogotá, D. C., ocho (8) de mayo de dos mil diecinueve (2019).

Tipo de sentencia: Casación Penal

Carlos Alberto Ruiz Núñez

  1. HECHOS:
  • Ángelo Marcelo Prieto Dávila e Ivón Johanna Díaz Paipilla, tuvieron durante años una relación de pareja de la cual nació una niña, pero nunca convivieron juntos.
  • El 19 de mayo de 2010 el señor Prieto acudió al lugar de domicilio de Ivón Johanna a fin de visitar a su hija, no obstante, desde hacía más de tres meses la mujer se negaba a cumplir esa orden judicial.
  • Ángelo Marcelo Prieto Dávila permaneció en el sector esperando a la mujer y la niña, a su llegada las abordó y todo termino en un forcejeó con Ivón Johanna para llevarse a la menor. Así mismo, según el  único testimonio de la víctima, su expareja las agredió físicamente en la espalda y el brazo.
  • A Ivón Johanna Díaz Paipilla la agresión le produjo una incapacidad de ocho días, sin secuelas. La niña, por su parte, resultó con un hematoma de un centímetro en el antebrazo derecho, lo que le representó una incapacidad de cinco (5) días, también sin secuelas.
  1. ACTUACIÓN PROCESAL:

Iniciada la acción penal:

  • El Juzgado veintiocho Penal Municipal de Bogotá el 10 de junio de 2016 dicto absolución por el delito de violencia intrafamiliar a favor de Ángelo Marcelo Prieto Ávila.
  • El Tribunal Superior del distrito judicial el 16 de septiembre de 2016 revoco la decisión de primera instancia y en su lugar condenó al acusado a seis años de prisión luego de declararlo responsable por la conducta punible de violencia intrafamiliar agravada.  
  • La defensa del señor Prieto acudió al recurso extraordinario de casación, mismo que fue aceptado y procedió a resolver la Corte.
  1. PROBLEMA JURIDICO:
  • ¿Debe la Corte casar el fallo proferido por el Tribunal Superior del distrito judicial por un posible desconocimiento de las reglas de producción y apreciación de las pruebas como también por falta de aplicación o interpretación de la Ley 599 de 2000, artículos 111, 112 y 229 y por ende absolver al señor Prieto Dávila?
  1. CARGOS:
  • Error de hecho por falso raciocinio. El caso consistió en la versión del uno (el acusado) contra la de la otra (la víctima denunciante), debía prevalecer en esa situación la presunción de inocencia.
  • Aplicación indebida del artículo 229 de la Ley 599 de 2000 y falta de aplicación de los artículos 111 y 112 del Código Penal, que contemplan el tipo de lesiones personales.
  1. RATIO DICIDENDI:
  • Primer Cargo:

El defensor partió de un presupuesto errado. El Tribunal valoró de manera conjunta los medios de prueba practicados en el juicio y concluyó que la realidad de los hechos se hallaba en la declaración de Ivón Johanna Díaz Paipilla, ya que tenía respaldo en el examen del experto.

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