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Resolucion Menor Infractor


Enviado por   •  24 de Abril de 2013  •  938 Palabras (4 Páginas)  •  393 Visitas

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Con esta fecha (29 de nombre del 2012) doy cuenta a la C. juez con el estado que guardan los presentes autos.- Conste.----------------------------------

JUEZ DE JUICIO ORAL DEL RAMO PENAL DE ESTE SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.- Ciudad del Carmen, estado de Campeche a veintinueve de noviembre del dos mil doce.-------------

VISTOS: Dado el estado que guardan los presentes autos, marcado con el número de expediente 109/11-2012/1P-II, instruido en contra el menor el C. JOSE SAMUEL BUSTAMANTE PEREZ, por considerarlo probable responsable de la comisión del delito de DAÑOS EN PROPIEDAD AJENA, denunciado por la C. EDITH EVANGELINA CHABLE HERNANDEZ, ilícito previsto y sancionado por lo establecido en los numerales 215, 216 y 217 fraccion I, II, III del Codigo Penal vigente en el Estado.- Asimismo tenemos que en diligencia de declaración preparatoria, por sus generales, el inculpado manifestó los siguientes: llamarse JOSE SAMUEL BUSTAMANTE PEREZ, de 16 años de edad, nació el 23 de diciembre de 1997, no tiene apodo, originario de Paraiso, Tabasco; de ocupación estudiante de preparatoria, no tiene ingresosl, si sabe leer y escribir, congrado de estudios de secundaria , tiene una seña particular en la parte baja de la quijada, que es una cicatriz, no ingiere bebidas embriagantes, no consume ningún tipo de droga, con dirección actualmente en calle San Antonio Oriente numero 18 Fraccionamiento Villa Marina en esta Ciudad, el nombre de sus padres es: JOSE BUSTAMANTE GONZALEZ (vive) de nacionalidad mexicano; estado civil casado; profesa la religión testigo de jehova; habla el idioma ingles y español; el dia de los hechos se encontraba sobrio.- Siendo el momento de dictar sentencia definitiva, misma que se dicta en base a los siguientes:

RESULTANDOS

PRIMERO.- Con fecha once de enero del dos mil doce, compareció el LIC. JORGE WILBERT SALAZAR MAGAÑA, Director “B”, de la Subprocuraduria General de Justicia del Estado, a través de la formulación de la remisión numero 08/2012, ejercitando acción penal de su competencia en contra del C. JOSE SAMUEL BUSTAMANTE PEREZ, por considerarlo probable responsable de la comisión del delito de DAÑOS EN PROPIEDAD AJENA, previsto y sancionado por lo establecido en los numerales 215, 216 y 217 fraccion I, II, III del Codigo Penal vigente en el Estado , denunciado por la C. EDITH EVANGELINA CHABLE HERNANDEZ.- En la presente diligencia de averiguación previa se hallan los siguientes elementos de convicción:

1. La Denuncia y querella del C. ERIK LEOPOLDO VERDEJO CHABLE Y EDITH EVANGELINA CHABLE HERNANDEZ.-

2. Recepcion y fe ministerial de todos y cada uno de los documentos aportados dentro de la presente indagatoria, mismos que se dan por transcritos.-

3. Nueva comparecencia del C. ERIK LEOPOLDO VERDEJO CHABLE.-

4. La declaración ministerial de los testigos de hechos CC. MARIA NALLELI VALENCIA ALFONSO.-

5. La inspección ocular y fe ministerial del lugar de los hechos.-

6. Declaración inicial del

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