ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Resumen del Funcionamiento del sistema de Notificaciones electrónicas.


Enviado por   •  25 de Octubre de 2016  •  Informes  •  609 Palabras (3 Páginas)  •  121 Visitas

Página 1 de 3

Resumen del Funcionamiento del sistema de Notificaciones electrónicas.

Disponen que a partir del 31 de Agosto de 2016, se ponga en funcionamiento el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE), en las salas civiles permanentes y transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y dictan otras disposiciones.  

Resolución Administrativa N° 242-2016-P-PJ

Que, mediante Resolución Administrativa N°076-2016-CE-PJ del 23 de Mayo de 2016-CE-PJ, de fecha 23 de Marzo del 2016, se dispuso la implementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) en las salas dela corte suprema de Justicia de la Republica , se ejecute de manera progresiva y secuencial.

Se resuelve que la implementación será a partir del 31 de Agosto de 2016, fecha que debe iniciar el funcionamiento en las Salas Civiles permanente Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica.

Por lo que conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial en el artículo 155-, concordante con el Segundo Párrafo del artículo 158° del Código Procesal Civil, cuando se requiera señalamiento del domicilio procesal debe entenderse que los abogados de las partes procesales, sean o no de oficio, los procuradores públicos y los fiscales deben consignar obligatoriamente tanto el domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica otorgada gratuitamente por el poder Judicial, a los abogados sean o no de oficio, procuradores Públicos y Fiscales , como el domicilio procesal postal, constituido por la casilla física de la oficina de casillas Judiciales del Distrito Judicial o del Colegio de Abogados, exceptuándose los casos  de los procesos judiciales que se tramitan en sedes en que la defensa no se halla cautiva , salvo que de mutuo propio el Litigante se apersone al proceso con abogado.

Todo apersonamiento  ante la Salas de la Corte Suprema de Justicia de la Republica deberá contener el domicilio procesal electrónico, número de casilla electrónica y domicilio Procesal físico, que es número de casilla física de oficina de casillas Judiciales Físicas de la corte Suprema, otorgada gratuitamente a los Abogados que lo requieran, de la Corte de Justicia de Lima o del Colegio de Abogados de Lima,  ubicadas dentro de los linderos de Lima Metropolitana.

Las Casillas Electrónicas otorgadas por el Poder Judicial, tienen vigencia a nivel Nacional y en sentido pueden ser señaladas como domicilio Procesal electrónico desde cualquier Distrito Judicial e instancia Procesal.

Cuando los Abogados de las partes no cumplan con señalar los domicilios antes indicados, sin perjuicio de que el órgano jurisdiccional, se  impondrá  una multa no mayor de diez unidades de referencia procesal, y se dejará constancia del hecho para luego continuar con  el trámite del proceso.

Con el apoyo de la Gerencia General del poder Judicial y la Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, se dispone se adopte las medidas pertinentes para el cumplimiento de las disposiciones de esta Resolución.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.8 Kb)   pdf (132.7 Kb)   docx (61.7 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com