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SEGURIDAD INDUSTRIAL


Enviado por   •  13 de Julio de 2013  •  2.548 Palabras (11 Páginas)  •  267 Visitas

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Seguridad Industrial

Es una disciplina de la ingeniería y que se encarga del estudio de los riesgos y los peligros inherentes a la actividad laboral. Analiza, investiga y recomienda normas, procedimientos y/o medidas apropiadas para el logro de operaciones seguras en el trabajo.

Es todo aquel conjunto de normas, reglamentos, principios, legislación que se establecen a objeto de evitar los accidentes laborales y enfermedades profesionales en un ambiente de trabajo.

Reseña histórica.

A mediados del siglo XIX Estados Unidos:

En este periodo, las fábricas americanas se encontraban en rápida y significativa expansión por una parte, al tiempo que los accidente laborales se incrementaban de manera persistente y exorbitante. En 1867, comienzan a prestar servicio en Massachusetts los inspectores industriales o fabriles. En 1877, se promulga la primera ley que obliga a resguardar toda maquinaria peligrosa. Más tarde, se realicen esfuerzos para establecer responsabilidades económicas al respecto. En 1911, se aprueba en Wisconsin la ley del mismo año, la Asociación del Hierro y el Acero de los Ingenieros Eléctricos organizó el primer Congreso de Seguridad Cooperativa en la ciudad de Milwaukee, celebrada a comienzos de 1912. Para 1913, se efectuó en New York, el congreso donde nace formalmente el NATIONAL COUNCIL FOR INDUSTRIAL SAFETY y que poco tiempo después, se denominó NATIONAL SAFETY COUNCIL (N.S.C) como es conocido en la actualidad a nivel mundial.

Desarrollo en Venezuela:

La higiene y seguridad industrial se inició en Venezuela, con la formulación de la Ley de Minas en 1909 En 1928, se promulga la primera ley del Trabajo aunque la real legislación en prevención de accidentes laborales se creó en el año de 1936 con la formulación de la nueva Ley de Trabajo y su respectivo Reglamento. Para 1944, se crea la Ley del Seguro Social Obligatorio (S.S.O), la cual establecía para ese momento la protección del trabajador asegurado en cuanto enfermedad, maternidad, accidente laboral, enfermedades profesionales, vejez, invalidez y muerte. En 1968, se promulga el Reglamento de las Condiciones de Higiene, Seguridad en el Trabajo, este reglamento tendría una vigencia de unos 5 años ya que fue reformada para el año 1973 de mucha importancia, en la actualidad, inclusive. Asimismo, en 1974 se pone en vigencia el decreto número 46 (2195) el cual se conoció como el Reglamento de Prevención de Incendios. Por otra parte en el mismo período anterior la Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN) prosiguen su intensa labor de estandarización de normas en materia de seguridad. A pesar del desarrollo que tuvo la seguridad nivel nacional no es sino hasta agosto de 1986, cuando se promulga la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).

LOPCYMAT

Es la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, que es la Ley que regula en la República Bolivariana de Venezuela, entre otras cosas: los derechos y deberes de los trabajadores y los empleadores en relación con la seguridad, salud y ambiente de trabajo; las sanciones por el incumplimiento de la normativa; la responsabilidad del empleador, etc.

El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. (INPSASEL)

El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, es un organismo autónomo adscrito al Ministerio del Trabajo, creado según lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, promulgada en el año 1986.

Artículo 17 (LOPCYMAT). El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales tendrá como finalidad garantizar a la población sujeta al campo de aplicación del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, las prestaciones establecidas en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social y el cumplimiento del objeto de la presente Ley, salvo las conferidas al Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores.

Funciones asignadas por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y la Ley de Sistema de Seguridad Social.

• Ejecutar la Política Nacional en materia de Prevención, Salud y Seguridad en el Trabajo.

• Asesorar a empleadores y trabajadores en el área de la salud ocupacional.

• Dictar las Normas Técnicas que regulan la materia.

• Aplicar las sanciones a los que violen la Ley en esta materia.

• Gestionar el nuevo régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo.

El Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores.

El Instituto Nacional para la Capacitación y Recreación de los Trabajadores (Incret), es una institución adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, que actualmente desarrolla y ejecuta estrategias, políticas y acciones con miras al desarrollo del plan estratégico nacional de recreación socio-laboral, a través del turismo social, la cultura y el deporte, según lo dispuesto en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, la LOPCYMAT.

Es una institución que, en coordinación con otros órganos y entes de la seguridad social, está comprometida con el diseño, desarrollo, promoción y ejecución de políticas, planes y programas nacionales de recreación, de la calidad de vida del trabajador y trabajadora y de sus familias, conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes.

“Artículo 28 (LOPCYMAT). El Instituto Nacional de Capacitación y Recreación de los Trabajadores tendrá como finalidad garantizar a la población sujeta al campo de aplicación del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo la gestión directa de su infraestructura y programas; y la asociación o intermediación con servicios turístico-recreativos del sector público, privado o mixto.”

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1.- Promover e incentivar del desarrollo de programas de utilización del tiempo libre y disfrute del descanso.

2.- Vigilar y controlar las actividades de promoción de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.

3.- Consolidar los servicios de asesoramiento y divulgación de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social del trabajador y la trabajadora.

4.- Rehabilitar, recuperar, mantener e implementar servicios de seguridad y dotación de las instalaciones turísticas, culturales y recreativas que conforman el patrimonio de recreación socio-laboral.

5.- Promover la generación de empleos, vinculados a la recreación socio-laboral, mediante diversas modalidades de inversión, financiamiento,

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