SISTEMA DE ARCHIVOS
Briceyda18123 de Diciembre de 2013
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INTRODUCCIÓN
El Sistema Nacional de Archivos integra a las Entidades e Instituciones de carácter público, que realizan funciones de archivo en el ámbito nacional para alcanzar objetivos en la defensa, conservación, organización y servicio del Patrimonio
Documental de la Nación, aplicando principios, normas, técnicas y métodos de archivos.
Entiéndase por archivos públicos los pertenecientes a las Entidades del
Estado, cualquiera fuere su naturaleza, régimen legal y dependencia, sean regionales o locales, y archivos notariales.
Documento público es el otorgado o extendido por instituciones o personas en el ejercicio de una actividad o función pública con el que se afirma, prueba o justifica algún hecho y que sirven para la defensa de los derechos.
El Patrimonio Documental de la Nación es el conjunto de documentos de valor permanente y forma parte del Patrimonio Cultural de la Nación conservados en los archivos públicos y privados del ámbito nacional que sirven como fuente de información para la investigación en los aspectos históricos, sociales, económicos, políticos y legales. No es materia de transferencia a ningún título sin conocimiento y autorización expresa del Archivo General de la Nación a excepción del heredero.
Documento archivístico es aquel que contiene una información de cualquier fecha, forma y soporte, producido o recibido por persona natural o jurídica, institución pública o privada en el ejercicio de su actividad y cualquier otro que se genere como resultado del avance tecnológico.
INDICE
PORTADA …………………………………………………………………………………….1
DEDICATORIA…………………………………………………………………………………2
PENSAMIENTOS………………………………………………………………………………3
INTRODUCCION…………………………………………….……………………………..…4
INDICE………………………………………………………………………….………………5
CUERPO
SISTEMA DE ARCHIVOS
1. ¿Qué es el AGN?……………………………………………………………6
2. Reseña Histórica……………………...…………………………………….7-10
3. Objetivos……………………………………………………………………..10-11
Visión.
Misión.
Objetivos.
Estrategia.
4. Organigrama
5. Directorio y SNA
6. Marco Legal
7. Ley del Sistema Nacional de Archivos
8. Ubicación
AGN
ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN
1. ¿Qué es el AGN?
El Archivo General de la Nación (AGN) es un organismo público descentralizado, hoy llamado órgano ejecutor, adscrito al Ministerio de Cultura. En él se resguardan y conservan correctamente los testimonios documentales – archivísticos de los acontecimientos que han protagonizado los peruanos en cinco siglos de historia.
El AGN es una institución de alcance nacional, en tanto órgano rector del Sistema Nacional de Archivos (SNA) y tiene su sede principal en la ciudad de Lima. El SNA está integrado por 24 Archivos Regionales y 2 Sub-Regionales que se ubican en las capitales de los Departamentos. Administrativamente, estos Archivos Regionales dependen de cada Gobierno Regional pero técnica y normativamente, los Archivos integrantes del SNA dependen de su órgano rector, es decir, del Archivo General de la Nación.
En esa medida, el Archivo General de la Nación diseña la política nacional referente a la defensa y conservación del Patrimonio Documental de la Nación y a su uso racional, responsable y transparente. Para ello, imparte normas, disposiciones técnicas y coordina las acciones necesarias para el funcionamiento de este Sistema.
A través del Sistema Nacional de Archivos y de los profesionales que en él trabajan, se pone al servicio de la comunidad nacional e internacional una muy valiosa información, fomentando la investigación científica.
2. RESEÑA HISTÓRICA
Comparativamente a raíz de la fundación en México en 1846 de su Archivo Nacional, se suscita en nuestro país un cierto interés por su creación, pero es recién transcurrido unos años que en 1859 durante el gobierno del Mariscal Castilla, que el general Manuel de Mendiburu consigue la emisión de una resolución suprema del 14 de diciembre disponiendo la fundación del archivo nacional, buscándose así reunir los dispersos archivos de la colonia, tomándose como base la documentación depositada en el convento de los padres agustinos.
Debido al no hallazgo de un local para su funcionamiento no pudo trasladarse el primigenio archivo existente como depósito y realizar lo planteado en el referido dispositivo. Este proyecto será retomado en 1861, con la promulgación de la ley del 15 de mayo que disponía su definitiva creación, y en donde se indicaban los documentos que lo conformaban y la disposición del personal para el servicio de sus oficinas.
El 18 de mayo de 1864 se nombró como primer director del archivo nacional a Santiago Távara, pero al no colmar las expectativas esperadas el gobierno de Prado lo suprime en 1865 mediante decreto de 29 de noviembre; siendo para ello las causas alegadas la falta de recursos para su sostenimiento y la escasez de rentas que generaba para el erario. Se dispuso de esta forma que los documentos que conformaban el archivo fueran depositados en la Biblioteca Nacional formando una sección de esta, pero felizmente dicha medida no duro mucho tiempo, pues por resolución suprema de 30 de enero de 1867 se dispuso que una comisión integrada por cuatro miembros asumiera el cargo de arreglar los depósitos en donde se hallaban amontonados los documentos.
Durante el gobierno del presidente Balta, se expide un decreto de fecha 28 de junio de 1870 devolviendo vigencia a la ley de 1861, elaborándose a su vez el reglamento que debía regirla y asignando a la institución hasta cuatro salas del local de la Biblioteca Nacional. En esa oportunidad los fondos del archivo constaban de los antiguos archivos de la contaduría general, de las rentas estancadas, de las temporalidades, de correos, y otros ramos y se incrementó con la del tribunal general de minería que, en virtud de una resolución suprema paso a formar del archivo nacional.
La inauguración se efectúa recién el 20 de agosto de 1872 y dos días más tarde se da una nueva ley que organiza el Ministerio de Justicia, Instrucción, Culto y Beneficencia quedando con está instauración definitivamente establecido el Archivo Nacional. Se nombra director a don Manuel María Bravo y con fecha 18 de julio de 1873 se establece la junta inspectora del archivo, con el objeto de prestar eficaz colaboración al director.
En 1890 se recibe la documentación de las cajas reales y ramo de aduanas, y real hacienda, depositados antes en el ministerio de hacienda.
En el gobierno de Piérola se dispuso la reorganización del archivo, nombrando como director a don Luis Benjamín Cisneros, quien inicia su gestión el 12 de enero de 1897. Ese mismo año, en el mes de setiembre son retirados del archivo por el jefe del archivo especial de límites, los documentos referentes a límites, los cuales formarán parte del archivo que custodia el ministerio de relaciones exteriores.
El 23 de marzo de 1904 es nombrado director Constantino R. Salazar, quien al no concitar el apoyo fiscal vio languidecer la institución. En los años de 1914-1915 se haría cargo de la dirección Luis Antonio Eguiguren, quien si pudo realizar una activa gestión.
El gobierno de José Pardo, expidió el 17 de marzo de 1919 un decreto disponiendo nuevamente su reorganización, era director en estos tiempos Horacio H. Urteaga quien siguió en el cargo hasta 1944. Hasta entonces el archivo había tenido sólo una sección, la histórica pero con esta norma se mandaba organizar la sección judicial y notarial. Durante este período se separa también su organización administrativa de la Biblioteca Nacional.
En 1923, mediante ley Nº 4666 se desarrolla otra reorganización del Archivo Nacional y con el decreto del 26 de julio del mismo año se establecieron las secciones siguientes: histórica, judicial-notarial, y administrativa. En la sección histórica figurarán todos los documentos de este carácter que se custodian en el Archivo Nacional. En la sección judicial y notarial figurarán todos los documentos emanados de las cortes de justicia, de los juzgados de la república y de las notarías públicas.
En la sección administrativa figurarían todos los documentos existentes en los archivos de los ministerios de estado. Se exceptuó de esta disposición al Archivo de límites, que continuará conservándose en el ministerio de RR.EE.
En 1943 tras el incendio producido en la Biblioteca Nacional se trasladan los fondos del Archivo Nacional a su actual local en el palacio de justicia.
En 1968 con la desaparición del Ministerio de Justicia y Culto pasa a formar parte del Instituto Nacional de Cultura.
Por decreto ley nº 19268 del 11 de enero de 1972, dispositivo orgánico del Instituto Nacional de Cultura y el decreto ley 19414 que legisla sobre el patrimonio documental de la nación se modifica la antigua denominación de archivo nacional que persistía desde 1861, convirtiéndose en Archivo General de la
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