SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL
RickyBad13 de Junio de 2013
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1. ¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD DE PRODUCCIÓN RURAL?
2. INTRODUCCIÓN: El sector agrícola, ganadero, pesquero, silvícola, es el sector primario de nuestra economía. Es el inicio de la cadena económica y productiva en nuestro país. Al ser la base de nuestra economía, existen beneficios, ventajas y apoyos que se deben aplicar y aprovechar para lograr un desarrollo, social y económico hacia este sector primario.
3. FUNDAMENTO LEGAL. Para su óptimo desarrollo del sector primario, existen alternativas que nos permiten constituirnos para poder trabajar en equipo y así desarrollar el potencial del sector primario. En la Ley Agraria, se encuentra el fundamento legal que nos permite constituirnos como sociedad para aprovechar los recursos naturales de manera sustentable. En esta Ley, se mencionan las reglas para poder trabajar en el sector primario. Y la forma integral de asociarse la constituye una Sociedad de Producción Rural.
4. LEY AGRARIA Artículo 111. Los productores rurales podrán constituir sociedades de producción rural. Dichas sociedades tendrán personalidad jurídica, debiendo constituirse con un mínimo de dos socios. La razón social se formará libremente y al emplearse irá seguida de las palabras «Sociedad de Producción Rural» o de su abreviatura «SPR» así como el régimen de responsabilidad que hubiere adoptado, ya sea ilimitada, limitada o suplementada.
5. ARTICULO 111… Las de responsabilidad ilimitada son aquellas en que cada uno de sus socios responde por sí, de todas las obligaciones sociales de manera solidaria; las de responsabilidad limitada son aquellas en que los socios responden de las obligaciones hasta por el monto de sus aportaciones de capital social, y las de responsabilidad suplementada son aquellas en las que sus socios, además del pago de su aportación al capital social, responden de todas las obligaciones sociales subsidiariamente, hasta por una cantidad determinada en el pacto social y que será su suplemento, en el cual en ningún caso será menor de dos tantos de su mencionada aportación.
6. ¿COMO DEBE ADMINISTRASE UNA SOCIEDAD DE PRODUCCIÓN RURAL? Es importante definir las reglas de operación sobre las cuales estará administrada la Sociedad de Producción Rural. Esto es con el único de fin de que exista transparencia en su administración interna, evitando al máximo los fraudes, malos manejos, desvíos de recursos y otras actividades ilegales a espaldas de los asociados, quienes son los que tienen el poder, voz y voto para remover, sustituir, demandar, a los integrantes del Consejo de Administración y cualquier persona dentro de la Sociedad de Producción Rural. Estas reglas, están definidas en el cuerpo legal de la Ley Agraria, en su artículo 109.
7. ¿COMO DEBE ADMINISTRASE UNA SOCIEDAD DE PRODUCCIÓN RURAL? Artículo 109.- Los estatutos de la unión deberán contener lo siguiente: denominación, domicilio y duración; objetivos; capital y régimen de responsabilidad; lista de los miembros y normas para su admisión, separación, exclusión, derechos y obligaciones, órganos de autoridad y vigilancia, normas de funcionamiento, ejercicio y balances, fondo de reservas y reparto de utilidades, así como las normas para su disolución y liquidación. La dirección de la unión estará a cargo de un Consejo de Administración nombrado por la asamblea general, estará formado por un Presidente, un Secretario, un Tesorero y los vocales, previstos en los estatutos, propietarios y sus respectivos suplentes y tendrán la representación de la unión ante terceros. Para estos efectos se requerirá la firma mancomunada de por lo menos dos de los miembros de dicho consejo.
8. ARTICULO 109….. La vigilancia de la unión estará a cargo de un Consejo de Vigilancia nombrado por la asamblea general e integrado por un Presidente, Secretario y un Vocal, propietarios con sus respectivos suplentes.
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