EXECCION Y CONONACION DE IMPUESTOS SOCIEDADES DE PRODUCCION RURAL
GERSIO23 de Octubre de 2012
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“EXENCION DE IMPUESTOS Y CONDONACION DE CREDITOS FISCALES DE LA SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL”
Tesina de Curso
Alumno
Lic. Sergio Octavio Lagunas Altamirano
22 de noviembre de 2011
ÍNDICE
Pág.
Introducción. 4
Capítulo 1
CONCEPTOS GENERALES DE LA EXENCION Y CONDONACION
1.1.- Introducción. 6
1.2.- Concepto de generales de la exención y condonación 7
1.3.- Constitucionalidad de la exención 10
1.4.- Concepto de condonación y sus características 12
1.5.- Conclusión. 13
Capítulo 2
MARCO JURIDICO DE LA SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL
2.1.- Introducción. 16
2.2.- Definición de una Sociedad de Producción Rural y su objeto social 17
2.3.- Capital social mínimo y formalidades de aportaciones en especie. 18
2.4.- Requisitos formales para su constitución. 19
2.5.- Conclusión. 22
Capítulo 3
EXENCION DE IMPUESTOS DE LA SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL
3.1.- Introducción. 23
3.2.- Exenciones en la Ley de Impuesto Sobre la Renta. 23
3.3.- Exenciones en la Ley de Impuesto Empresarial a Tasa Única. 25
3.4.- Estímulos fiscales a la Sociedad de Producción Rural. 26
3.5.- Conclusión. 29
Capítulo 4
CONDONACION DE CREDITOS FISCALES DE LA SOCIEDAD DE PRODUCCION RURAL
4.1.- Introducción. 30
4.2.- Condonación de impuestos. 30
4.3.- Condonación de multas. 31
4.4.- Efectos fiscales de la condonación. 32
4.5.- Conclusión. 32
Conclusiones. 33
Fuentes de información. 35
INTRODUCCIÓN
¿En México, cuáles son las exenciones y condonaciones en materia fiscal de una Sociedad de Producción Rural?
Cómo hipótesis planteamos que en el Estado de Oaxaca los integrantes y responsables de administrar y controlar una Sociedad de Producción Rural desconocen los beneficios fiscales que por concepto de exenciones y condonaciones establecidas en las diferentes disposiciones tributarias.
Para la elaboración de esta investigación, utilizamos alternativamente los dos métodos generales, el método inductivo y el método deductivo, así como los métodos particulares que sean necesarios, destacando: a) el método histórico, que lleva a una nueva comprensión del pasado; b) el método comparado, para comparar situaciones que se presentan simultáneamente en diferentes ámbitos; y c) el método heurístico, con el cual se describen hipótesis de hechos desconocidos o que no son verdaderos, pero que estimulan la investigación.
Se utilizó las técnicas de investigación expositiva y propositiva, con una actitud crítica del investigador, además, de los siguientes procedimientos de investigación: 1) Bibliográfica; y 2) Telemática.
El objetivo general de la presente investigación es dar a conocer las exenciones y condonaciones de las Sociedades de Producción Rural.
Los objetivos particulares, como variables independientes que establecen los criterios de investigación, son:
1.- Describir los conceptos generales de la exención y condonación.
2.- Describir el marco jurídico de la Sociedad de Producción Rural.
3.- Analizar las exenciones de impuestos de la Sociedad de Producción Rural.
4.- Analizar de condonación de créditos fiscales...
En cuanto a los objetivos específicos, como variables dependientes de los objetivos particulares, que establecen los criterios de investigación, tenemos:
1.- Describir los conceptos generales de la exención y condonación;
a) Concepto de la exención y su clasificación.
b) La constitucionalidad de la exención.
c) Concepto de condonación y sus características.
2.- Describir el marco jurídico de la Sociedad de Producción Rural;
a) Definición de Sociedad de Producción Rural y su Objeto.
b) Capital social mínimo requerido y formalidades por aportaciones en especie.
c) Requisitos formales para su constitución.
3.- Analizar las exenciones de impuestos de la Sociedad de Producción Rural; y
a) Exenciones en ISR.
b) Exenciones en IETU.
c) Tratamiento del IVA.
4.- Analizar la condonación de créditos fiscales de la Sociedad de
Producción Rural; y
a) Condonación de impuestos.
b) Condonación de multas.
c) Efectos fiscales de la condonación.
Capítulo 1
CONCEPTOS GENERALES DE LA EXENCION Y CONDONACION
SUMARIO
1.1.- Introducción. 1.2.-Concepto de la exención y su clasificación. 1.3.- Constitucionalidad de la exención. 1.4.- Concepto de condonación y sus características. 1.5.- Conclusión.
1.1.- Introducción.
La exención en materia tributaria reúne ciertas características: elimina la obligación de pago, se establece por ley y se otorga por razones de equidad o conveniencia. Se puede lograr una clasificación de la exención atendiendo a si es objetiva o subjetiva, permanente o temporal, total o parcial, y absoluta o relativa.
Según se atienda a los hechos o situaciones jurídicas comprendidas en el hecho imponible, o a los sujetos de la obligación, se podrá entender que es objetiva o subjetiva; en razón de que se establezca por un tiempo determinado o sin limitación, estaremos hablando entonces de una exención permanente y temporal; de acuerdo con la liberación que se haga de la obligación entonces la exención será total o parcial; y según se apliquen sobre todas las obligaciones o sobre las sustantivas exclusivamente, tendremos una exención absoluta o relativa.
El objetivo básico de la exención es la eliminación de las obligaciones de pago, esto es, del cumplimiento de la obligación de carácter sustantivo, ya que en todo caso las obligaciones de carácter formal pueden subsistir por necesidades de tipo administrativo, lo trascendente es que no subsista la obligación de pagar las contribuciones.
La condonación por su parte, es un instrumento de índole excepcional, el cual se emplea tanto para hacer más equitativo el sistema tributario como cuando la autoridad hacendaria ya no puede ejercer sus facultades de cobro coactivo o está sujeta a otros factores de carácter legal o material que impiden hacer efectiva la deuda fiscal, con la única finalidad de regularizar la situación del contribuyente, porque desde la óptica de los principios fiscales de comodidad y buena fe se presupone que la falta de pago obedece a la desaparición de la capacidad económica del contribuyente.
1.2.-Concepto de la exención y su clasificación.
Adolfo Arrioja Vizcaino, en su obra Derecho Fiscal, dice que: “La exención en el pago de tributos o contribuciones se define como aquella figura jurídico tributaria, por virtud de la cual se elimina la regla general de causación, ciertos hechos o situaciones gravables por razones de equidad, de conveniencia o de política económica”.
Por su parte, Emilio Margain Manautou, en su obra Introducción al Estudio del Derecho Tributario Mexicano, señala que: “La exención es un privilegio creado por razones de equidad, conveniencia o política económica. De equidad, porque no es justo que los que cubren un gravamen paguen otro; de conveniencia, para eximir de pago los artículos y servicios de primera necesidad; o de política económica, cuando se desea crear o incrementar ciertas actividades económicas”.
Sigue diciendo este autor, que las características de las exenciones son las siguientes: “Son privilegios que se otorga al sujeto del impuesto; Son a futuro siendo indebido darles efectos retroactivos; Son temporales y personales”.
Se ha discutido mucho respecto a cuál es la naturaleza jurídica de la exención puesto que algunos tratadistas consideran que la exención es una excepción a la regla general de tributación mientras que para otros, la exención más bien elimina de la ley situaciones jurídicas o hechos imponibles por carecer de materia gravable.
Al respecto, Margáin Manautou opina que la exención ni es una excepción a la regla general de tributación ni es una situación jurídica que carezca de materia gravable puesto que la excepción es lo que se aparta de los demás de su especie, es decir, de la regla general y la exención si esta dentro de la regla general solo que en este caso el legislador la excluye o elimina de la misma e incluso la puede desaparecer (caso en el que el sujeto si sería contribuyente del gravamen y no sujeto exento), por lo que la exención más bien constituye “……una eliminación temporal a la regla general, una eliminación temporal de materia gravable.”
Así, este mismo tratadista opina
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