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SOLICITUD DE ACLARACION


Enviado por   •  23 de Octubre de 2018  •  Exámen  •  1.018 Palabras (5 Páginas)  •  196 Visitas

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“año de La Reconciliación Nacional”

SUMILLA: SOLICITO ACLARACION DE INONJURIA Y DIFAMACION DE HONOR.


SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMOUNIDAD CAMPESINA DE  ISCUANI DEL DISTRITO DE POMATA , PROVINCIA DE CHUCUITO JULI-PUNO

YO. RAUL VILLANUEVA  ROSAS, de Nacionalidad PERUANO, con Documento Nacional de Identidad  N° 01807563, con domicilio en  el sector pila pampa de  la Comunidad Campesina de Iscuani,  a UD. Me presento y para interponer  el presente a efectos de solicitar ACLARACION DE INJURIA Y DIFAMACION DE HONOR EN CONTRA DE MI PERSONA MI PERSONA:  conforme;

La Constitución Política del Perú de 1993, que en su artículo 87º precisa que, las comunidades campesinas  y las nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas; estableciendo que, son autónomas en su organización, en el trabajo comunal, en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como lo económico y administrativo, dentro del marco que la Ley establece. El artículo 149º “señala que, las autoridades de las comunidades campesinas y nativas,……… puede ejercer las funciones jurisdiccionales dentro del ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona”

Es decir, “El Estado peruano reconoce la costumbre el derecho consuetudinario, como una manifestación de los pueblos, y les permite que administren justicia, labor jurisdiccional siempre y cuando no violen los derechos fundamentales (derechos humanos), legislación sobre comunidades campesinas, recursos naturales y medio ambiente, convenio sobre pueblos tribales e indígenas de la OIT-1995.

El código civil en su artículo 134º expresa que las comunidades campesinas y nativas está reguladas por legislación especial.

Los problemas que surjan entre comuneros, deben ser conocidos y resueltos  al interior de la comunidad campesina o nativa, porque ellos administran justicia en temas propios de su competencia, conforme lo consagra nuestra norma suprema: Constitución Política del Perú; y esta situación, debe ser respetada por las autoridades, y el hecho de no considerarla ni observarla, constituye un desconocimiento de los derechos establecidos en nuestra carta magna.

CONFORME REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE COMUNIDADES CAMPESINA;….. del gobierno y administración de la Comunidad”  

Y  teniendo como premisa en jurisprudencia, el Poder Judicial no puede pretender abocarse directamente a resolver temas como los que se generan al interior de una comunidad campesina (sin que haya un procedimiento y un pronunciamiento sobre el particular, al interior de la comunidad), porque ellos significaría una transgresión de la competencia que, únicamente, corresponde a la referida comunidad campesina, toda vez que se estaría lesionando el orden jurídico vigente, consagrado por la Constitución Política del Perú.

I.- IDENTIFICACIÓN DE LA DENUNCIADA

Se denuncia a  MARTINA QUISPE QUISPE, de aproximadamente 39 años de eda, con domicilio en  SECTOR SAN MARTIN-ISCUANI CHICO DE LA COMUNIDAD CAMPSINA DE ISCUANI, DEL DISTRITO DE POMATA, PROVINCIA DE CHUCUITO JULI-PUNO, a fin de que en representación  de la comunidad  se sirva garantizar proceder a cautelar  mis derechos reconocidos en la Constitución.

II.- MOTIVO DE LA SOLICITUD DE ACLARACION DE INJURIA Y DIFAMACION DE HONOR EN CONTRA DE MI PERSONA.

1.- La suscrita es vecina de la comunidad de Iscuani, sector san Martin.

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