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Sistema parlamentario


Enviado por   •  11 de Marzo de 2018  •  Ensayos  •  4.421 Palabras (18 Páginas)  •  170 Visitas

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SISTEMA PARLAMENTARIO

  1. INTRODUCCIÓN

El sistema parlamentario ha sufrido grandes cambios en su estructura a lo largo del tiempo. Desde las primeras asambleas medievales hasta el modelo actual desarrollado principalmente en Inglaterra, pero presente también en otros países con distintas características pero inspirados en el parlamento de Westminster.

El presente trabajo es una investigación y un análisis sobre el desarrollo del sistema parlamentario, en especial del caso inglés, pues es la base del resto de los sistemas parlamentarios en Europa –principalmente- y en el resto del mundo.

Además de identificar las principales características del propio sistema y su funcionamiento, que varía de acuerdo a las condiciones en que se desarrolle, por ejemplo, cómo funciona el parlamentarismo en un sistema de dos partidos en comparación con sistema electoral en que se encuentran establecidos más de dos partidos, ya que en el primer caso un partido tendrá que ganar la mayoría y conformara el gobierno, pero cuando un solo partido no obtiene esa mayoría tendrá que formar un gobierno de coalición.

  1. ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN

El parlamentarismo se ha desarrollado de manera histórica como un sistema que busca someter al gobierno al control del parlamento, con el fin de equilibrar ambos poderes.

Zippelius (2013) menciona algunos unos de los antecesores de los parlamentos medievales de Europa como son las asambleas de los grandes vasallos y prelados: las reuniones de corte de los reyes, la curia regis de los Capetos en Francia; el witenagemont anglosajón que debía de asesorar al rey en asuntos de gobierno y funciones judiciales, funciones aun presentes en la House of Lords inglesa.

Nos menciona el propio Zippelius que el parlamentarismo pasó de un control estamental del gobierno a uno democrático, y menciona como ejemplos en la época medieval a las dietas del Sacro Imperio Romano y los territorios alemanes; también a los Estados Generales franceses, convocados por Felipe V por primera vez en 1302; en los “Estados Generales” de los Países Bajos; en las “Cortes” de Portugal y en los reinos españoles, entre otros. Sin embargo fue en Inglaterra en donde evoluciono el modelo de un parlamentarismo de control estamental de gobierno a uno democrático.

  1. El Parlamentarismo Inglés.

El sistema parlamentario británico es considerado como un afortunado producto de casualidades en momentos determinados de la historia que le favorecieron en su evolución. Este sistema es creado como consecuencia para limitar el poder absolutista de la monarquía, pero sin caer en una especie de “absolutismo parlamentario”, sino creando medios para el control y el equilibrio del poder, creando contrapesos que limiten el poder del monarca, pero también del propio parlamento.

Como se ya se mencionó, el witenagemont anglosajón fue un antecedente del parlamento en Inglaterra, mismo que fue sustituido por la Curia Regis como el órgano consultivo del rey después de la conquista de los normandos.

La Magna Carta de 1215 desempeño un papel importante en la evolución del parlamentarismo en la medida que confirmaba el derecho de aprobar impuestos de los estamentos; para recaudar subsidios o derechos de escudo se requería de la aprobación de la totalidad de los vasallos afectados, los cuales se reunían en el Consejo común. Después del levantamiento de 1264, Simón de Montford se apodero del gobierno y convoco en 1295 a los mandatarios de la nobleza menor (gentry) y de las ciudades (boroughs) para integrar el parlamento, que continuaría posteriormente Eduardo I una vez reinstaurada la monarquía, y que representarían de algún modo un contrapeso para los Lords. A partir de aquí los representantes de los gentry y los boroughs comenzaron a asumir un papel cada vez más activo hasta que en 1327 pudieron hacer uso de la iniciativa de ley mediante una petición colectiva. En este contexto se comenzó a esbozar la división del parlamento en House of Lords y House of Commons.

Mediante la Petition of Rights el parlamento hizo que Carlos I respetara los derechos y libertades del país y se evitó la imposición de un régimen absolutista, tendencia en el resto del continente. Después de la Glorious Revolution le fue conferido un mayor peso al parlamento con respecto a su relación con rey el (Guillermo III de Orange) pues fue designado bajo las condiciones formuladas en la Declaration of Rights, que posteriormente sea convertido en ley como Bill of Rights, que disponía entre otras cosas que el rey respetaría las leyes, que no podría suspenderlas en los general, dispensar su cumplimiento en los particular, que solo podría cobrar impuestos con autorización legal, que podría conservar un ejército permanente únicamente con consentimiento del parlamento y que no podría obstaculizar las elecciones libres para el parlamento y la libertad de palabra de él. De este modo quedo asegurado el papel del parlamento como contrapeso del poder ejecutivo. (Zippelius, 2013, pp. 379-381)

En las décadas que siguieron a la Glorious Revolution fue desarrollándose la forma del gobierno de gabinete, que es característica del parlamentarismo moderno.

Todas estas luchas, primero de los barones,  las clases altas inglesas, impacto después en todas las clases sociales en Inglaterra, con la intención de restarle facultades y funciones el monarca, que termino por una simple figura simbólica  sin ningún poder político verdadero. (Bátiz, 1999, p. 27)

  1. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA PARLAMENTARIO

“Los sistemas parlamentarios deben su nombre a su principio fundador, o sea, que el Parlamento es soberano. Por tanto, no permiten una separación del poder entre el gobierno y el Parlamento: su característica primordial es que el poder Ejecutivo-Legislativo se comparte” (Sartori, 1994, p. 116).

Lo anterior es similar a lo que nos menciona Tosi (1996):

El régimen parlamentario se caracteriza como un complejo institucional que respeta siempre el equilibrio entre los órganos constitucionales, sin permitir a alguno de ellos actuar sin el control de los otros, y entre todos –jefe de Estado, gobierno y parlamento- distribuyendo las dos grandes funciones políticas de un Estado: la función de la deliberación y la función ejecutiva, de manera que ellas no sean de competencia exclusiva de ninguno de los tres órganos, pero, también, de modo que ninguno de los tres órganos sea excluido del todo. (pp. 20-21)

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