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Situacion Del Hospital Antonio Lorena año 2004


Enviado por   •  13 de Junio de 2014  •  991 Palabras (4 Páginas)  •  247 Visitas

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DESARROLLO DE LA GUÍA DEL TRABAJO ACADÉMICO

1.- Elaborar el mapa conceptual de la Administración Tributaria en el Perú.

(4 puntos).

2.- Explique cuál es el tratamiento contable y tributario para la entrega de bienes por fiestas navideñas del siguiente enunciado. (4 puntos)

La empresa Inversiones Pacifico del Sur SAC., con motivo de fiestas navideñas adquiere cajas de panetones y otros víveres que formará, parte de las canastas navideñas para ser entregada a sus trabajadores. En el mes de noviembre se realiza las compra de dichos productos por el valor de S/. 1,750.00 más IGV. Posteriormente, la empresa entregará los regalos en la primera quincena del mes de diciembre.

Solución:

Consideran gastos como aguinaldos en especie a favor de los trabajadores.

Como es sabido, la deducción de gastos para efectos de la determinación de la renta imponible de tercera categoría depende principalmente de si dicho gasto responde al principio de causalidad, contemplado en el primer párrafo del artículo 37 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta , por el cual son deducibles los gastos necesarios y destinados a producir renta o mantener la fuente de ésta.

En tal sentido, resulta necesario saber si los gastos por fiestas navideñas cumplen con el precitado principio a fin de aceptar su deducción tributaria.

Los gastos incurridos en la adquisición de panetones los trabajadores, así como los obsequios entregados a los trabajadores de manera general o en razón de un sorteo; en la medida que se entregan por la existencia del vínculo laboral existente, son considerados como aguinaldos en especie a favor del trabajador que lo recibe.

IGV

El IGV pagado por la empresa debido a la compra de panetones como obsequio navideño para los trabajadores al constituirse como gasto para efectos del Impuesto a la Renta, podrí ser utilizado como crédito fiscal. Por tal motivo, las facturas que sustentan las mencionadas adquisiciones deberán ser anotadas oportunamente en el Registro de Compras.

La entrega de los obsequios igualmente califica como un retiro de bienes gravado con el IGV. El impuesto debe calcularse en función al valor de adquisición. Al respecto, recordamos que el IGV que pague la empresa por el retiro no podrá ser deducido como gasto a efectos del IR.

Los montos en mencionados no estarán afectos al impuesto a la renta de quinta categoría ya que, de acuerdo a las normas laborales vigentes, dichos obsequios no tienen carácter remunerativo. En consecuencia, los montos en mención no se encuentran afectos a otros tributos que afectan las remuneraciones; tales como: Essalud y AFP).

La entrega de los panteones y demás regalos debe estar acreditada mediante cargos de recepción, en los cuales los trabajadores deberán colocar su firma, documentos de identidad, tipo de bienes recibidos y la fecha.

El importe de los gastos navideños debe ser incluido como mayor remuneración en la planilla de pagos de la empresa (sujeta a retención del IR, de ser el caso) y en las boletas de pago de cada trabajador.

- Se recomienda, asimismo, elaborar una Política de Personal en la cual se señale, entre otros, los motivos (Navidad) y la forma como la empresa lleva a acabo las actividades en beneficio de su personal (realización de eventos, entrega de regalos, etc.).

En la citada política deberán evidenciarse que la empresa aplica el principio de generalidad.

3.-

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