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Sucesión Mortis Causa


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2012  •  929 Palabras (4 Páginas)  •  1.182 Visitas

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La sucesión mortis causa

Rama del derecho hereditario, sucesorio o sucesiones:

La rama del derecho que se llama derecho hereditario, sucesorio o simplemente sucesiones, regula las consecuencias que se producen con la muerte, la designación de herederos, la transmisión del patrimonio y manera en que esta puede hacerse.

Los derechos y los deberes de las personas no se extinguen con la muerte, y aunque haya excepciones a la regla, estas son muy pocas.

Concepto de sucesión universal mortis causa

Concepto universal (del latín successio):

La palabra sucesión, que proviene del latín successio, se usa precisamente para designar la transmisión que tiene lugar a la muerte de una persona.

Derecho hereditario romano (la sucesión universal mortis causa):

Conforme al derecho hereditario romano, la sucesión universal mortis causa se puede definir como la transmisión a uno o varios herederos, de un patrimonio perteneciente a un difunto.

Al difunto, autor o causante de la herencia se le ha designado como el cuius, por abreviatura de la frase latina, de cuius hereditare agitur, o sea, “de cuya herencia se trata”.

Donación mortis causa

Porque se hacia:

Esta clase de donación se hacia ante el temor de un peligro para el donante; cobraba efecto si este moría, pero si eludía el peligro o fallecía el donatario antes que el donante, la donación quedaba anulada.

Como se distingue de otras donaciones:

La donación mortis causa se distinguía de las donaciones entre vivos porque dependía de la condición de que el donatario sobreviviera al donante, para afectarla no era necesario recurrió a ninguna formalidad y no hacia falta dejarla consignada en el testamento.

La donación mortis causa se asemeja al legado ya que cumple la misma finalidad: otorgar un beneficio particular a una persona determinada. Se diferencia de aquel por ser un actor informal que además podría consignarse o no en un testamento.

Noción jurídica de donación mortis causa:

En lenguaje vulgar designamos como sucesión una relación de momento, que guie a otra. Pero jurídicamente la noción es distinta: el fenómeno que asalta a nuestra vista es el de que un patrimonio perdura a través del cambio de su titular. Se dice que la sucesión es una transformación puramente subjetiva de una relación de derechos.

Que comprende la sucesión mortis causa:

La sucesión mortis causa comprende en derechos los testamentos, donaciones, sucesiones, etc. En los que la transmisión de la totalidad o de parte de los derechos, esta subordinada a la condición suspensiva del fallecimiento de una persona. Nuestro derecho no admite las donaciones mortis causa.

Categorías en la sucesión:

En toda sucesión se encuentran frente a frente tres categorías de intereses; los del estado por una parte; los del individuo, en segundo termino y los de la familia, por la otra. Es la ley quien debe deslindar los derechos de cada una de estas categorías de personas, y no permitir que ninguna de ellas abuse, en detrimento de las demás.

Tres condiciones necesarias para la existencia de la sucesión:

Para que exista

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