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TECNICAS DE INTERPRETACION JURIDICA


Enviado por   •  20 de Abril de 2021  •  Ensayos  •  694 Palabras (3 Páginas)  •  48 Visitas

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JOSEPH FIGUEROA ROSERO                                       TECNICAS DE INTERPRETACION JURIDICA

ANALISIS Y RESUMEN, TEORÍA PURA DEL DERECHO - KELSEN

Forma Jurídica y Forma de Estado.

 Kelsen contextualiza, que la forma de estado debe estar vinculada a la normativa, es decir una jerarquización de diferentes normas cuyo único fin es regular a la sociedad y mantener un margen de estado constitucional.

Como sabemos la jerarquía de la norma impone a la constitución como la carta suprema, y hace que el las leyes consiguientes sean de carácter constitucional, o enmarcadas en la exigencia suprema, si bien es cierto, no toda la normativa es punitiva, solo existe una que es aquella que regula las infracciones cometidas en afectación al bien jurídico de una sujeto de derecho, mientras que el resto obtienen específicamente la materia a regular y no exclusivamente punitiva.

Se determinan dentro de las exigencias de la forma de estado la distinción de normas generales y normas específicas, como sabemos la norma general será la constitución y las especificas serán, las leyes orgánicas y ordinarias, ordenanzas, decretos ley, etc.

Derecho Público y Derecho Privado.

A diferencia en cuanto a la funcionalidad del derecho público y privado, según Kelsen, es que se determina que en el derecho privado, se encuentran dos sujetos con el mismo valor jurídico, es decir que pueden llegar a una relación contractual con las mismas ventajas, mientras que en el derecho público, se encuentra una gran diferencia en la comparación de valor jurídico entre partes, es decir podemos hablar de una relación de estado y súbditos.

Contextualizando la diferencia el Derecho privado surge desde la parte contractual, es decir el contrato entre ambas partes con independencia de participación, que se generan derechos y obligaciones mutuamente que deben ser cumplidas de la encaminadas y sin ánimo de perjudicar a cualquiera de las partes contrayentes, a contrario del derecho público el estado sobrepasa el valor jurídico intentando hacer que la sociedad cumpla con lo establecido en la norma, bajo el énfasis de establecer sanciones ante el incumplimiento de las disposiciones estatales, para un correcto orden social.

Dualismo Estado - Derecho 

En este aspecto el dualismo data en la diferencia que pueden tener estas partes esenciales de la doctrina para poder concatenarse entre sí, si bien es cierto Kelsen expresa que el estado corresponde al establecimiento de un orden jurídico, pero que no pueden concatenarse ni fusionarse ya que el estado también debe cumplirlo.

Es decir al establecer un orden jurídico el estado no puede auto exonerarse de su cumplimiento, ya que este sistema al imponer condiciones y sanciones para sostener una tranquilidad y un control social, también debe imponer reglas para que sus funcionarios puedan establecer funciones en corresponsabilidad e imagen para que la sociedad cumpla con lo que el estado estipula.

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