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LA INTERPRETACION JURIDICA


Enviado por   •  3 de Junio de 2020  •  Apuntes  •  1.211 Palabras (5 Páginas)  •  99 Visitas

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TEMA 13 LA INTERPRETACION JURIDICA

¿QUE ES INTERPRETAR?

La interpretación es vista como la acción de intermediar entre el signo y lo designado, dicho de otro modo  la operación mediante la cual un sujeto refiere un signo a su objeto, solo el hombre es capaz como sujeto racional de realizar esta labor.

La verdadera naturaleza de la interpretación:

        -intelección.

        -explicación

        -decisión o acto de la voluntad.

No siempre la acción de interpretar se puede encerrar en estos tres momentos.

Gadamer: el pensador Alemán quería reflejar que el conocimiento es una operación profundamente espiritual que cohesiona los horizontes de la intelección, la explicación y la aplicación o proyección del sentido.

La interpretación es la primera y fundamental labor al que todo jurista  es merecedor de tal condición. Interpreta el abogado, el notario, el juez, el funcionario de la administración y gracias a esta labor pulen los multiformes hechos de la realidad social, comprendiendo las normas de todo tipo y toman sus decisiones resolviendo conflictos, decisiones que serán siempre la realidad viva y dinámica del ordenamiento jurídico en acto.

El jurista al interpretar debe comprender plenamente los hechos y las normas, justificar y explicar adecuadamente con la finalidad de transformar la realidad humana mediante la acción del Derecho, esta transformación de la realidad puede tomar diversas formas:

        -pacíficamente mediante la redacción  y formulación del negocio jurídico o conflictual mente por medio de la sentencia. Espíritu común del sentido de lo justo.

Juan Vallet: distinguió 4 grandes funciones características de los juristas:

        -Agere: poner en acción al Derecho, operación propia de los agentes jurídicos en ayudar  a los particulares desconocedores del derecho asesorándolos y traduciéndoles jurídicamente  para proteger sus intereses.

        -postulare: característico del abogado, representando a su cliente y ocupar la posición en el proceso con la finalidad de plasmar en la sala los intereses de su mandante y convencer al juzgador.

        -cavere: la acción de cuidar, velar o custodiar  función característica del notario, es quien debe cuidar la validez de los negocios jurídicos celebrados en su presencia, velar por su correcta formulación y entendimiento y custodiar los documentos públicos.

        -inducare: función judicial, acción de dictar lo que es justo.

Autores nominalistas  fueron los primero en identificar el ius con lo dictado en la ley.

Montesquieu: identificó al juez, quien dice lo que es justo en el conflicto concreto que debe resolver.

La labor interpretativa no es exclusiva  del juez, siendo inherente a todas las actividades jurídicas, esto es así  porque el Derecho es el resultado de una acción o praxis prudencial.

La interpretación es un proceso complejo: cognitivo, explicativo y volitivo, un proceso de hallazgo o descubrimiento del sentido que solo es completo cuando se exterioriza.

Kelsen: concluye diciendo que la realización del acto jurídico dentro del marco de la norma jurídica aplicable es libre, es decir, dejado a la libre discrecionalidad del órgano llamado a efectuar el acto. 

El juez valorará el problema sometido a su consideración y elegirá la legislación que mejor se acomode a su intento personal de hacer justicia.

El juez debe alcanzar una comprensión plena o total de binomio hecho-norma, alcanzar la recta determinación de lo equitativo.

El juez exteriorizar este proceso de comprensión mediante la explicitación documental del mismo, sirviéndose de una correcta composición y argumentación en su sentencia.

 EL MÉTODO HERMENÉUTICO

La filosofía hermenéutica es una corriente relativamente novedosa en el continente Europeo  tiene su origen en la reflexión lingüística, el autor que apadrina este movimiento es Gadamer sus reflexiones tienen como objetivo ofrecer un método apto para que la correcta comprensión sea posible, es necesario iniciar un proceso cognitivo o complejo en el que el sujeto deberá poner en tela de juicio su posición inical de sentido; la pre comprensión, conforme a 4 grandes características del proceso interpretativo:

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