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TEMA 3 LA FAMILIA NEORROMANISTA


Enviado por   •  12 de Julio de 2018  •  Apuntes  •  3.062 Palabras (13 Páginas)  •  303 Visitas

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TEMA 3

LA FAMILIA NEORROMANISTA

3.1 El derecho Romano en los primeros siglos de la Europa Medieval

La influencia de los Germanos fue decisiva  para el derecho romano,  los barbaros respetaron el derecho de los pueblos vencidos utilizando su propia ley,  por costumbres, hubo al principio dos legislaciones  pero la tolerancia de los conquistadores  hicieron la desaparición de legislaciones independientes, dando la creación de obras el derecho romano y el derecho germánico se hallaban integrados.

Los jefes barbaros mandaron redactar leyes romano-barbaras las principales fueron:

El código Eurico que se baso en los códigos Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano.

El Edicto Teodorico , la ley Romana Burgundionum.

La fusión de los grupos étnicos dio como resultado que prevaleciera el sistema jurídico aplicable a todos.

3.2 El surgimiento de las universidades

El inteses intelectual el contacto con las civilizaciones bizantina y musulmana  a que dieron lugar las cruzadas.

Se crearon las universidades que eran asociaciones o corporaciones  de alumnos maestros  al estilo de los gremios de artesano y comerciantes.

Las escuelas sacerdotales de Egipto  las filosofías de Atenas y de Rodas  y más tarde las escuelas Romanas, con la caída del imperio romano  el lugar de las escuelas la ocuparon las adjuntas a los conventos  y a las catedrales, cuyo fin era preparar a los jóvenes para las funciones eclesiásticas.

Los estudiantes que acudían de todas partes de Europa occidental se encontraban a los maestros más renombrados  por lo que se agremiaron para defenderse  y formaron las  universitas discipulorum, y los maestros en universitas magistrorum,  los maestros no recibían salario subsistían con la retribución voluntaria de sus alumnos.

Las primeras universidades fueron  la de Bolonia que destaco el estudio del derecho Salermo y parís. El derecho romano y el derecho canónico  fueron los sistemas jurídicos universales, entrelazando lo jurídico con lo teológico, bajo la autoridad de un clérigo, a los que unos cuantos lograba ordenarse sacerdotes.

Las universidades eran elitistas, el latín era imprescindible, para tener acceso al corpus iuris civilis y a las glosas, por la larga duración del estudio que era de siete años. Y de carácter social por las restricciones económicas de los estudiantes pobres que se ponían al servicio de los estudiantes  ricos.

Las universidades instituyeron dos exámenes finales: el de carácter privado llamado privata, y el examen público llamado publica, conventus o laurea. Se estudiaba el derecho canónico y el derecho romano en el campo de aplicación práctica  con fundamento en las leyes de Justiniano.

3.3  Derecho canónico

Es el derecho de la iglesia católica:

Las fuentes del derecho de la iglesia son:

1.- los libros del nuevo testamento.-lo que los fieles deben creer, principios que se basa el culto.

2.-la costumbre.- la base es la tradición oral de la predicción cristiana, doctrina de los doce apóstoles.

3.-los canones .- disposiciones de los concilios

4.- las decretales .- disposiciones de los papas

Aparecen las primeras compilaciones de canones: dionisio-Hadriana, Isidoriana  o Hispana

En el siglo XII el monje Graciano maestro de teología  estudio las normas de la iglesia encontró disparidades y contradicciones en los canones y los textos ordeno el material y las llamo concordia discordatum mejor conocida como código de Graciano.

En el siglo XIII  creo un cuerpo de ley universal  el papa Gregorio  colecciono la leyes divididas en 5 libros  a esta compilación le llamo decretales.

Bonifacio VIII colecciono las normas y agrego un sexto libro.

Clemente V  lanzo una nueva colección oficial  con el nombre de clementinas,

El decreto de Graciano, las decretales el libro sexto y las clementinas integran lo que se llama el corpus iuris canonici.

El jurista francés Jean Chapuis  tuvo a su cargo todas las compilaciones de derecho canónico, que fue remplazado en 1917 por el código jurídico canónico de Benedicto XV.

3.4 Escuela de Glosadores.

En el siglo X comienzan a florecer el comercio y las artes, hace necesario un derecho civil más desarrollado, este pudo hallarse en las compilaciones de Justiniano.

Se basa en los manuscritos de Digesto de Justiniano, que cuando llego a Florencia se le llamo Littera Florentina  en el siglo XI se le llamo vulgata o Littera Bononiensis y fue la base de los estudios jurídicos de Bolonia.

En el siglo XI el monje Irnerio de dos tomos de digesto logro completar el infortiatum , esto fortaleció el interés por el derecho de Justiniano lo que  dio lugar que en Bolonia iniciara la Escuela de Glosadores llamada así por las glosas o comentarios  a la obra de Justiniano , esos comentarios eran marginales .

Los discípulos de Irnerio los llamados cuatro doctores, Bulgaro, Martino, Hugo y Jacobo. Cuyas enseñanzas hicieron a Bolonia la capital de los estudios jurídicos.

A mitad del siglo XIII un jurista de la escuela de Glosadores Acursio hizo una selección de miles de Glosas dispersas, su obra se llamo La Gran Glosa esta se difundió en Europa, y se hizo costumbre acompañar a los libros de derecho se volvió tan familiar que se le llamo glosa ordinaria.

3.5 Escuela de los ultramontani

En el año 1300 la universidad francesa de Orleans  se convirtió el centro de estudios del derecho romano, dos papas fueron catedráticos y estos les llamaron a los juristas franceses como ultramonti los que están más allá de las montañas.

Estos eran menos estrictos con la observancia de las glosas y le ponían mayor interés a la práctica legal.

3.6 Escuela de los comentaristas

En el siglo XIII procuraron extraer de los textos principios generales aplicables a las necesidades prácticas, inicio la escuela de los comentaristas a los que se les conoció como postglosadores.

La escuela de comentaristas difiere de los glosadores  en que los comentaristas se interesaban mas por la ley fuera del corpus iuris civilis y dedicaban mayor atención a las realidades sociales de su tiempo estos formulaban doctrinas de orientación practica.

La escuela de comentaristas tuvo muchas obras el autor mas representativo fue Cino de Pistonia

3.7 Derecho Común

La ley romano medieval  se convirtió en la piedra angular de la enseñanza, el derecho común romano y canónico era el que se enseñaba en las universidades, de esta manera el ius comune  se trasformo en el asiento universal del derecho.

El derecho civil romano junto con el corpus iuris canonici, la literatura de los glosadores y los postglosadores o comentaristas, se convirtió el derecho común en Europa.

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