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TEMA 3 DERECHO DE FAMILIA


Enviado por   •  14 de Octubre de 2014  •  1.939 Palabras (8 Páginas)  •  295 Visitas

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1.- ESTRUCTURA DE LA FAMILIA.

Es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado

Los lazos principales que definen una familia son de dos tipos: vínculos de afinidad derivados del establecimiento de un vínculo reconocido socialmente, como el matrimonio que, en algunas sociedades, sólo permite la unión entre dos personas mientras que en otras es posible la poligamia, y vínculos de consanguinidad, como la filiación entre padres e hijos o los lazos que se establecen entre los hermanos que descienden de un mismo padre.

También puede diferenciarse la familia según el grado de parentesco entre sus miembros.

Las familias pueden ser clasificadas en los siguientes tipos:

• Familia nuclear, formada por la madre, el padre y su descendencia.

• Familia extensa, formada por parientes cuyas relaciones no son únicamente entre padres e hijos. Una familia extensa puede incluir abuelos, tíos, primos y otros parientes consanguíneos o afines.

• Familia monoparental, en la que el hijo o hijos vive(n) sólo con uno de los padres.

• Familia homoparental, en la que el hijo o hijos vive(n) con una pareja homosexual.

• Familia ensamblada, en la que está compuesta por agregados de dos o más familias (ejemplo: madre sola con sus hijos se junta con padre viudo con sus hijos), y otros tipos de familias, aquellas conformadas únicamente por hermanos, por amigos (donde el sentido de la palabra "familia" no tiene que ver con un parentesco de consanguinidad, sino sobre todo con sentimientos como la convivencia, la solidaridad y otros), etcétera, quienes viven juntos en el mismo espacio por un tiempo considerable.

2.- EL PARENTESCO.

El parentesco se puede definir de dos formas: en su modo estricto unidas por comunidad de sangre y en su modo amplio la relación o unión de varias personas por virtud de la naturaleza o ley; en particular, se puede señalar que el parentesco

Es el nexo jurídico que existe entre los descendientes de un progenitor común, entre un cónyuge y los parientes de otro consorte, o entre el adoptante y el adoptado.

Título III C.C. Venezolano, Establece:

Artículo 37:

El parentesco puede ser por consanguinidad o por afinidad.

El parentesco por consanguinidad es la relación que existe entre las personas unidas por los vínculos de la sangre.

La proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones.

Cada generación forma un grado.

3.- LA CONSANGUINIDAD Y LA AFINIDAD.

Es la relación entre personas que descienden la una de la otra y que preceden de un ascendiente o trinco común.

En línea recta, padres e hijos, abuelos y nietos, bisabuelos y bisnietos, tatarabuelos tataranietos, retatarabuelos y choznos.

En línea colateral aparecen los hermanos, los primos, los sobrinos y los tíos.

• Consanguinidad es la relación de sangre entre dos personas: los parientes consanguíneos son aquellos que comparten sangre por tener algún pariente común;

• Afinidad son los parientes no consanguíneos son aquellos que no presentan un vínculo de sangre, pero que son parientes por un vínculo legal (matrimonio).

A esta otra relación de parentesco se le denomina La consanguinidad y la afinidad son términos muy utilizados en derecho. El parentesco es muy importante para todos los sistemas jurídicos, y sobre ese concepto se basa el Derecho de familia o el Derecho de sucesiones.

En muchos sistemas jurídicos la consanguinidad se equipara a la relación de adopción, de forma que no existe diferencia entre un pariente de sangre y uno adoptado. De esta forma, el hijo adoptivo tiene los mismos derechos que el hijo natural e, incluso, un nieto adoptivo tiene los mismos derechos que uno natural (casos de herencia, alimentos, etc.), a pesar de que esos parientes más lejanos en la línea sucesoria no hubiesen prestado su consentimiento en el momento de la adopción.

Título III C.C. Venezolano, Establece:

Artículo 40:

La afinidad es el vínculo entre conyugue y los parientes consanguíneos del otro.

En la misma línea y en el mismo grado en que una persona es pariente consanguíneo del otro.

En la misma línea y en el mismo grado en que una persona es pariente consanguíneo de uno de los conyugues, es a fin del otro.

La afinidad no se acaba por la disolución del matrimonio, aunque no existan hijos, excepto para ciertos efectos y en los casos especialmente determinados por la Ley.

4.- GENERACIÓN.

Se conoce como generación en genealogía al total de seres, que forman parte de la línea de sucesión anterior o posterior de un ser de referencia y se encuentran a la misma diferencia. Art. 37 CC. …Cada Generación forma un grado… La proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones

5.- GRADOS.

El grado es la cantidad de generaciones que distancian a un pariente de otro, así los hermanos carnales son parientes consanguíneos colaterales en segundo grado.

El parentesco por afinidad es aquel que se tiene con la familia del cónyuge.

Los hermanos también admiten una clasificación entre carnales (doble conjunción) y paternos o maternos (simple conjunción)

La consanguinidad tiene grados en función del número de generaciones interpuestas en el árbol genealógico. Así, la relación padre-hijo es de primer grado, mientras que la de abuelo-nieto es de segundo grado.

También se diferencia entre:

• Línea directa: se llama así a la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra.

• ascendente (progenitores, abuelos, etc.).

• descendente

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