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TEORIA DE RRII


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2013  •  3.705 Palabras (15 Páginas)  •  327 Visitas

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FACTOR GOBIERNO Y LAS RELACIONES LABORALES

El Estado siempre ejerce un efecto al menos indirecto en las relaciones laborales. Como fuente de legislación, constituye un factor inevitable en la aparición y el desarrollo de los sistemas que rigen aquéllas.

Las leyes pueden dificultar o fomentar, directa o indirectamente, la creación de organizaciones representativas de los trabajadores y las empresas. Asimismo, establecen un nivel mínimo de protección de los trabajadores y estipulan “las reglas del juego”. Por ejemplo, puede garantizarse una mayor o menor protección a los trabajadores que se niegan a llevar a cabo tareas que, razonablemente, consideran peligrosas en exceso, o a aquellos trabajadores que actúan como representantes en materia de salud y seguridad.

Mediante el desarrollo de una administración laboral, el Estado influye asimismo en el modo en que funcionan los sistemas de relaciones laborales. Si se asegura la aplicación efectiva de la legislación mediante la intervención de la inspección de trabajo, puede recurrirse a la negociación colectiva en los campos en los que la ley no se pronuncia. Si, por el contrario, la infraestructura del Estado, dedicada a la protección de los derechos y la ayuda a la resolución de conflictos entre empresas y trabajadores es débil, estos actores tendrán que arreglárselas para desarrollar sus propias instituciones y mecanismos alternativos.

Asimismo, la medida en que el Estado haya establecido unos tribunales eficaces u otros sistemas de resolución de conflictos, puede afectar al desarrollo de las relaciones laborales. La facilidad con la que trabajadores, empresas y sus respectivas organizaciones puedan ejercer sus derechos jurídicos puede ser tan importante como los propios derechos. Así, la decisión adoptada por un Gobierno de establecer órganos administrativos o tribunales especiales para abordar los conflictos laborales y los desacuerdos relativos a problemas de empleo individuales puede indicar la prioridad concedida a estas cuestiones en la sociedad. En muchos países, el Estado desempeña un papel directo en las relaciones laborales. En aquellos en que no se respetan los principios de la libertad de asociación, esta intervención puede consistir en un control directo de las organizaciones de empresarios y trabajadores y la interferencia en sus actividades. El Estado puede tratar de invalidar los acuerdos alcanzados por la vía de la negociación colectiva que considere contrarios a sus objetivos de política económica. No obstante, en general, el papel del Estado en los países industrializados ha consistido en el fomento de las relaciones industriales ordenadas, mediante el establecimiento del marco legislativo necesario, del que forman parte la fijación de niveles mínimos de protección al trabajador, la oferta de información a las partes, el asesoramiento y la prestación de servicios para la resolución de conflictos.

En algunos países, el Estado es un participante activo más en el sistema de relaciones industriales e interviene en las negociaciones nacionales tripartitas. Por ejemplo, en Bélgica durante décadas y, más recientemente en Irlanda, los representantes de la Administración se han reunido con los de las empresas y los sindicatos para concluir acuerdos o pactos nacionales sobre una amplia gama de cuestiones laborales y sociales. El mecanismo tripartito de determinación de los salarios mínimos ha formado parte tradicionalmente del sistema de relaciones laborales en Argentina y México. El interés del Estado en esta participación deriva de su deseo de lograr que la economía nacional evolucione en una dirección concreta y de mantener la paz social durante la vigencia de los pactos; estos acuerdos bipartitos y tripartitos crean lo que se ha denominado el “diálogo social”, como en los casos de Australia (hasta 1994), Austria, Bélgica, Irlanda y Países Bajos, por ejemplo. Las ventajas y los inconvenientes de los enfoques “corporativistas” o “neocorporativistas” respecto a las relaciones laborales se han debatido ampliamente durante años. Con su estructura tripartita, la Organización Internacional del Trabajo ha defendido tradicionalmente una cooperación sólida a esa escala, en la que los “interlocutores sociales” desempeñen un papel significativo en la configuración de la política de la Administración pública relativa a numerosas cuestiones.

LOS CONTEXTOS EN LOS SISTEMAS DE RELACIONES INDUTRIALES

Todos los actores han subrayado el carácter acondicionador, cuando no determinante, de los contextos en que se desarrolla un sistema de relaciones industriales, destacando la importancia, en ellos de los factores (o subsistemas) que los conforman: el político, el jurídico-legal, el económico (nacional e internacional), el tecnológico, el social etc.

EL CONTEXTO ECONÓMICO

Las relaciones de trabajo son parte esencial del sistema económico de una sociedad, y gran parte de sus diferencias estriban en el modo de producción vigente en la misma. Dunlop, como ya vimos, las ve como un subsistema del sistema económico. Alton Craig, Holley y Jennigs, y otros como un sistema condicionado como una serie de importantes variables económicas.

La especificidad del contexto nacional venezolano viene determinada en gran medida por su condición de país petrolero, en vías de desarrollo.

Héctor Lucena que se ocupa específicamente de los orígenes del sistema de relaciones industriales venezolano, pone muy bien de relieve que este surgió en el ámbito de una economía “de enclave”.

El modelo fundamental de las relaciones industriales, que se va imponiendo en Venezuela desde la tercera década de ese siglo, lleva la impronta de las multinacionales petroleras, norteamericanas y europeas. La extracción del petróleo es la industria dominante, desde comienzo de siglo, a las que se incorporaron posteriormente, en los años cincuenta y sesenta, la industria de hierro, la siderúrgica y la petroquímica, las cuales mantuvieron ciertamente un esquema similar de relaciones laborales.

A nivel de empresa, la estructura departamental de las relaciones laborales reproducía los modelos vigentes en las empresas de las casas matriz, así como sus técnicas, métodos y procedimientos. No así a nivel de la sociedad global, donde su interés y su estrategia, en un principio, consistió en mantener unas fuerza laboral, poco organizada y dócil, encuadrada encuadrad en el ámbito de los campos petroleros; pero tuvo que aceptar con el transcurso del tiempo, los resultados del proceso de maduración políticas de las clases trabajadora, que llevarían al libre juego de la actividad sindical y a la

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