TODO DE NULIDAD EN CODIGO CIVIL VENEZOLANO
TANIACAROLINA11 de Mayo de 2012
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Hecho Jurídico
Son acciones con consecuencias jurídicas. Se denominan Naturales, ya que se generan espontáneamente, no por la voluntad humana.
Se denomina hecho jurídico en sentido amplio a un acontecimiento que tiene trascendencia en el ámbito del derecho, es decir, son todos los acontecimientos susceptibles de adquirir, transformar, producir alguna adquisición, modificación, transferencia o extinción de derechos y obligaciones.
Una norma jurídica parte siempre de un presupuesto de hecho, para posteriormente regular las consecuencias que ello tiene en el área del derecho. El presupuesto de hecho de la norma es un hecho jurídico.
Es importante distinguir, dentro de los hechos jurídicos en sentido amplio, los llamados actos jurídicos y los hechos jurídicos en sentido estricto. Un hecho jurídico en sentido estricto no tiene por qué ser voluntario ni controlable por la persona, mientras que en un acto jurídico, la voluntad de la persona es esencial. Por lo tanto, todos los actos jurídicos son hechos jurídicos, pero no todos los hechos jurídicos son actos jurídicos
Es habitual que en derecho procesal se establezca que una sentencia judicial explique dos aspectos: a) hechos jurídicos que se entienden probados, y b) fundamentos de derecho a aplicar a tales hechos. Así, el fallo o sentencia vendrá fundamentado por estas dos categorías.
• Ejemplos de hechos jurídicos:
o La muerte
o La promulgación de una Ley.
o El Nacimiento de una persona.
o Una declaración de guerra.
o Una catástrofe natural.
o Una catástrofe humana (genocidios, golpes de Estado, entre otros)
• Ejemplos de hechos jurídicos que además son actos jurídicos:
Nota: todos los actos jurídicos son además hechos jurídicos pero no a la inversa.
Por ejemplo:
o La firma de un contrato.
o El otorgamiento del consentimiento matrimonial.
o Otorgar testamento
o Las inscripciones registrales
Acto Jurídico
Es el hecho, humano, voluntario o consciente y lícito, que tiene por fin inmediato establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar, extinguir derechos y obligaciones. El acto jurídico produce una modificación en las cosas o en el mundo exterior porque así lo ha dispuesto el ordenamiento jurídico.
Para que se dé el acto jurídico no basta con que haya un sujeto y un objeto con bastante capacidad, se necesita algo que los ponga en relación, estableciendo un lazo o un vínculo que los una, haciendo pasar la relación jurídica del estado de posibilidad al estado de existencia. Este tercer elemento es un hecho, que por ser productor de efectos jurídicos se denomina Hecho jurídico, cuando tal hecho procede de la voluntad humana recibe el nombre de acto jurídico.
De manera general puede afirmarse que el Acto Jurídico es toda manifestación de voluntad destinada a producir efectos jurídicos.
Clasificación de los Actos Jurídicos
La Doctrina distingue entre otras, la clasificación de los Actos Jurídicos en:
• Unilaterales: Es aquel que para que exista, requiere de la manifestación de voluntad de una sola parte. (oferta, testamento, repudio de una herencia, reconocimiento de un hijo, aceptación de una herencia).
• Bilateralidad: Es aquel que para existir requiere la manifestación de voluntad de dos partes. (matrimonio) En doctrina se llaman convención.
Acto Jurídico Patrimoniales
Son aquellos actos que tienen un contenido de naturaleza económica, los negocios patrimoniales se refieren a necesidades e intereses económicos o pecuniarios, generalmente transferibles de una persona a otra, y que fundamentalmente interesan al o a los individuos que los celebran.
Ej: El pago de una deuda. Art. 1.283
Compraventa. (Contrato Bilateral) Articulo 1.134
Mutuo. Artículo 1.735
Compensación. Artículos 1.331 al 1.341
Arrendamiento. Artículo 1.579
Ejemplos de los Actos Jurídicos Patrimoniales
Pago: Carlos decide vender su televisor ya que no lo necesita más, debido a un viaje que piensa hacer. Lo pone a la venta y uno de sus familiares decide comprarlo, Carlos le pone el precio de 200 dólares a lo cual su familiar acepta comprarlo, acto seguido adquiere el televisor por el monto pactado. Este es un Acto Jurídico patrimonial debido a que es susceptible de cuantificación.
Compensación: Carlos trabaja para una tienda a la cual le presta sus servicios durante bastante tiempo a cambio de un pago mensual, al poco tiempo la tienda decide cerrar por diversos motivos, por este motivo Carlos se queda sin trabajo, pero debido al cierra de la tienda, el dueño lada una compensación por el tiempo que Carlos tenia trabajando en ella.
Compra venta: La compraventa es un Acto Jurídico patrimonial debido a que este es un acto susceptible de cuantificación, por este el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador, el ultimo tiene la obligación de pagar el precio del bien en dinero, es un acto jurídico con prestaciones reciprocas y a la vez es un acto jurídico oneroso.
Mutuo José desea empezar un negocio de venta de autos por lo cual le pide dinero prestado a su hermano Pedro, el acepta darle el dinero a cambio de que José le devuelva lo prestado en el menor tiempo posible y con un interés del 10% mensual, a lo que José accede. Este es un Acto Jurídico patrimonial debido a que es un préstamo de dinero, lo cual es cuantificable.
Acto Jurídico Extra-Patrimoniales
Son aquellos actos que no tienen un fin económico, como los llamados negocios jurídicos familiares.
Desde luego, debe anotarse que, generalmente, los negocios del derecho de familia quedan fuera del campo de la autonomía privada. La voluntad de los autores es necesaria en ellos, pero sólo en forma inicial, pues los efectos son determinados imperativamente por la ley. En otros términos, se trata de negocios de condición. Las partes no pueden variar la reglamentación legal, que tiene carácter de orden público.
Los negocios del derecho de familia no solamente interesan a quienes en ellos intervienen como partes, sino también son de interés general, porque a través de ellos se regula y se da origen a la familia, que es la organización social primaria. Su fin no es, pues, la satisfacción de meros intereses económicos. Por ello, los derechos y obligaciones que crean son, generalmente, personalísimos y, por tanto no transferibles ni renunciables. Ello no quiere decir, desde luego, que en todos los negocios del Derecho de Familia la consideración económica esté ajena.
Ej: El Matrimonio es un negocio Jurídico de contenido no patrimonial.
La Adopción. Articulo 246 C.C.
La Donación. Articulo 1.431 C.C.
Representación. Artículo 814 C.C.
Usufructo. Artículo 583
Comodato. Artículo 1.724
Ejemplos de los Actos Jurídicos Extra - Patrimoniales
Donación: Nelson decide realizar una donación a un albergue la donación de víveres, él se obliga a transferir gratuitamente al donatario los víveres, por esta razón es un Acto Jurídico extra-patrimonial ya que no tiene cuantificación de dinero de por medio.
Adopción: Juan y María son una pareja de esposos recién casados, ellos deseaban tener hijos pero María era estéril debido a un accidente, a lo cual ambos toman la decisión de adoptar un niño, por lo cual van al albergue juntos y deciden adoptar a un bebe, este es un Acto Jurídico extra-patrimonial debido a que es de naturaleza moral.
Representación: Carlos decide vender su moto pero al encontrarse esta en otra ciudad, decide nombrar un representante para que la venda por él, debido a que Carlos no puede viajar, este nombra un representante, el cual vende la moto en representación de Carlos. Este es un Acto Jurídico extra-patrimonial ya que no hubo dinero de por medio para la representación.
Usufructo: Carlos se encuentra desempleado, por lo cual decide empezar a trabajar ya que carecía de dinero, al tener su vecina un carrito sandwichero, Carlos se lo pide para poder trabajar con el, a lo que su vecina accede con la condición de que lo cuide, lo deje siempre bien limpio y lo devuelva dentro de un cierto tiempo. Este es un Acto Jurídico extra-patrimonial ya que carece de cuantificación.
Comodato: Kevin se encuentra en la universidad, por lo cual necesita una laptop para un trabajo monográfico de cierta materia, a lo cual va donde su tío y le pide su laptop durante un cierto tiempo para poder utilizarla para sus estudios, el accede al préstamo para apoyarlo en sus estudios. Este es un Acto Jurídico extra-patrimonial ya que no puede ser determinado en suma de dinero.
La estructura o elemento del acto jurídico
Si bien es cierto que el concepto de acto jurídico es una abstracción, no por eso deja de tener una estructura, la doctrina considera que usar la denominación de elementos es la más generalizada, en su desarrollo, existen 3 distinciones de elementos:
• Los elementos esenciales.
• Los elementos naturales.
• Los elementos accidentales.
Elementos Esenciales:
Los elementos esenciales son los componentes imprescindibles de todo acto jurídico, sin que la autonomía de la voluntad pueda soslayarlos, además estos elementos son los que permiten que un acto jurídico se concretice y pueda alcanzar su denominación distinguiéndose de otros actos jurídicos. La doctrina y la ley en casi todos los países de sistema de derecho continentales uniforme en señalar que estos requisitos
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