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TRAFICO DE MUJERES


Enviado por   •  4 de Febrero de 2015  •  4.210 Palabras (17 Páginas)  •  193 Visitas

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¿Qué ES LA TRATA DE BLANCAS O PERSONAS?

La trata de personas , "trata de blancas" o comercio de personas es el comercio ilegal de personas con propósitos de esclavitud reproductiva, explotación sexual, trabajos forzados, extracción de órganos, o cualquier forma moderna de esclavitud.

Es un delito internacional de lesa humanidad y viola los derechos humanos tanto como de la persona, también se lo denomina la esclavitud del siglo XXI.

Es una violación a los derechos humanos que atenta contra la libertad y la dignidad de las víctimas consagradas en la carta magna. Esto envuelve la capitulación y el transporte ilegal de humanos.

El Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (más conocido como Protocolo contra la trata de personas) fue adoptado en Palermo Italia en el 2000, y es un acuerdo internacional adjunto a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. El Protocolo contra la trata de personas es uno de los tres protocolos aplicados para complementar la Convención.

La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional define la trata de personas del siguiente modo:

La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.

LA TRATA EN CIFRAS

El negocio de la trata mueve más de 32.000 millones de dólares por año en el mundo. Según la OIT, más de 12,3 millones de personas sufren situaciones laborales similares a la esclavitud. Cuatro millones son víctimas de la trata cada año. La mayor parte de las víctimas son niñas, niños y mujeres. Entre el 10 y el 30 % de mujeres víctimas de la trata son menores de edad. En América Latina, 2 millones de niñas, niños y adolescentes son víctimas de explotación sexual, comercial o laboral.

ELEMENTOS DE LA TRATA DE PERSONAS

Los elementos de la trata de personas son:

1. El acto (qué se hace): la acción de captar, transportar, trasladar, acoger o recibir personas.

2. Los medios (cómo se hace): amenaza o uso de fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso del poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión de pagos o beneficios en cambio del control de la vida de la víctima.

3. Objetivo (por qué se hace): para fines de explotación, que incluye prostitución, explotación sexual, trabajos forzados, esclavitud, retirada de órganos y prácticas semejantes.

Existe explotación en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o se la sometiere a prácticas análogas; b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados; c) Cuando se promoviere, facilitare, desarrollare o se obtuviere provecho de cualquier forma de comercio sexual; d) Cuando se practicare extracción ilícita de órganos o tejidos humanos.

También se puede ordenar según el orden de acontecimientos:

1. El reclutamiento, este puede ser por engaño o forzoso y tiene la participación de un reclutador.

2. Transporte, a partir de aquí hasta la explotación la víctima está sometida a la coerción, el traslado puede ser entre regiones o a otros países. En este proceso participa los transportistas, los funcionarios corruptos, y los intermediarios del tratante.

3. La explotación, aquí la víctima es sometida a la explotación, por el proxeneta o el explotador. Que se acredita sobre la víctima un derecho de propiedad totalmente ilegal.

LA TRATA DE PEROSNAS EN MEXICO

De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas para el Control de las Drogas y la Prevención del Delito (ONUDD), y el Reporte de Trata de Personas del Departamento de Estado de Estados Unidos de América, México está catalogado como entidad de origen, tránsito, y destino para la trata de personas, para los propósitos de la explotación sexual comercial y del trabajo forzado. Los grupos considerados más vulnerables para la trata de personas en México incluyen a mujeres y los niños, las personas indígenas, y los migrantes indocumentados.

La mayoría de las víctimas tratadas en el país son extranjeras, especialmente para la explotación sexual comercial son provenientes de América Central, particularmente Guatemala, Honduras, y El Salvador; la mayoría para tránsito, en el camino a los Estados Unidos y, en un grado inferior, a Canadá y a Europa occidental.

Otro problema es el turismo sexual infantil, que continúa creciendo en México, especialmente en áreas tales como Acapulco y Cancún, y ciudades norteñas de la frontera como Tijuana y Ciudad Juárez. Los turistas extranjeros llegan a menudo de los Estados Unidos, de Canadá, y de Europa occidental.

De acuerdo al diagnóstico (Human Trafficking Assesment Tool) realizado por la American Bar Association (ABA), realizado en México, se han detectado 47 bandas dedicadas a la trata de personas sexual y laboral, también documentó que las entidades con mayor riesgo de que se cometa este ilícito en el Distrito Federal, Baja California, Chiapas, Chihuahua, Guerrero, Oaxaca, Tlaxcala y Quintana Roo.

En lo referente a la regulación en México, el 14 de junio del 2012 se publicó la La Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Esta ley sustituyó la anterior Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, y reformó diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el Código Federal de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley de la Policía Federal y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. El 23 de septiembre del 2013 la Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación su

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