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Mujeres Violadas

marishs1824 de Agosto de 2011

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MUJERES VIOLADAS: REENCUENTRO SEXUAL CON LA PAREJA

‚ ‚

Lic. Alicia Cortejarena

*

Presentado en el XII Congreso Latinoamericano de Sexología y Educación Sexual

Chile - 2004

Resumen

La violación, a menudo definida como cualquier penetración sexual no deseada de cualquier

parte del cuerpo, es un crimen devastador.

Algunas mujeres reciben lesiones físicas, algunas contraen VIH/SIDA u otras Infecciones de

Transmisión Sexual (ITS) y algunas quedan embarazadas. Pero el trauma emocional puede ser

peor que cualquier daño físico.

La vida de las mujeres violadas cambia física, cognoscitiva y emocionalmente.

Es necesario aunar recursos para dar una asistencia integral a las sobrevivientes de una

violación. Existen programas de cuidado físicos y de seguimiento psicológico para ayudarla.

El objetivo es presentar una experiencia de trabajo en la cual, mediante entrevistas individuales

y especialmente con la pareja la mujer violada es acompañada en el proceso de recuperar su

plenitud sexualidad.

Palabras clave: Violación, sexualidad, pareja, VIH/SIDA, ITS

Abstract

Rape, often defined as any unwanted sexual penetration of any part of the body, is a

devastating crime.

Some women are badly physically injured, some contract HIV/AIDS or another Sexually

Transmitted Infections (STD) and some become pregnant. But the emotional trauma can be worse

than any physical injury.

The lives of women who are raped change physical, cognitive and emotionally.

Is necessary the joint of the resources to give an integral assistance to the survivors. Exist

programs of physical cares and of psychological follow-up her to help.

The objective is to present the work experience in which, by means of individual interviews and

specially with her couple the woman violated is accompanied in the process of recovery of a full

sexuality.

Key Words: Rape, sexuality, couple, HIV/AIDS, STD

â Publicado en la Revista Argentina de Sexualidad Humana; 2005; Volumen 18; N° 1; 7-12.

*

Psicóloga. Especialista en Sexología Clínica de la Federación Latinoamericana de Sociedades de Sexología

(FLASSES). Coordinadora Violencia Sexual – Hospital Muñiz. Integrante Consejo Consultivo del Programa

de Asistencia a Mujeres Víctimas de Violación – Gobierno Ciudad de Buenos Aires. Pro-Secretaria de la

Sociedad Argentina de Sexualidad Humana (SASH) y Co-Directora de su Curso de Formación en Sexología

Clínica. Miembro de la Sociedad Argentina de SIDA (SAS).

E-mail: cortejarena@fibertel.com.ar Introducción

La relación entre derechos humanos y violencia basada en género se ha desarrollado

especialmente en los últimos años, pudiéndose registrar en los documentos resultantes de las

Conferencias Internacionales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en las

Declaraciones de derechos humanos y en las Convenciones internacionales de protección de tales

derechos.

1

¨ La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

(CEDAW, ONU, 1979) y la Recomendación General No. 19 del Comité de la CEDAW (1992)

incluyen la violencia basada en el sexo en el concepto de discriminación contra la mujer.

¨ La Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (ONU, 1993) contribuyó a

la incorporación de la violencia de género en el marco conceptual de los derechos humanos y

a consolidar la idea que las mujeres también son sujetos del derecho internacional.

¨ La Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena, 1993) reconoció expresamente por

primera vez, en su artículo 18, que “los derechos humanos de mujeres y niñas son

inalienables y constituyen parte integrante e indivisible de los derechos humanos universales"

y que la violencia de género es incompatible con la dignidad y el valor de la persona humana.

¨ La Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (El Cairo, 1994) en su Programa

de Acción reconoció que “los derechos reproductivos son derechos humanos y que la

violencia de género es un obstáculo en la salud, los derechos sexuales y reproductivos de las

mujeres, y para su educación y participación en el desarrollo”.

¨ La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la

Mujer (Convención de Belem do Pará, OEA, 1994) es el único instrumento internacional

específicamente diseñado para erradicar la violencia contra la mujer y legisla en el ámbito de

Latinoamérica y el Caribe.

¨ La IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995) señala que: “la violencia contra la

mujer constituye un obstáculo para alcanzar los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, el

cual viola y perjudica o anula el disfrute, por parte de ella, de los derechos humanos y

libertades fundamentales”.

Violencia contra la mujer es definida como “cualquier acción o conducta, basada en su

género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el

ámbito público como en el privado.”

2

Violencia sexual es todo acto de índole sexual donde no medie el consentimiento pleno de

una de las personas. Se presenta de diversas formas que incluyen, entre otras: abuso, incesto,

hostigamiento, violación.

Violación es cualquier contacto sexual forzado con penetración con una persona que no

puede o no quiere dar su consentimiento.

3

Asimismo, y con el propósito de utilizar un término neutro

en cuanto a género, también se lo denomina “ataque sexual”.

4

5

1

Pandjiarjian Valeria; “ La relación entre los derechos humanos y la violencia basada en género: Las convenciones y

conferencias internacionales”; ponencia ¡Basta! América Latina dice no a la violencia de género: Un taller de

diseminación de lecciones aprendidas; Antigua, Guatemala; 17 al 21 de marzo de 2003.

2

Organización de los Estados Americanos (OEA); Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar, y Erradicar la

Violencia contra la Mujer - Convención de Belem do Pará; Resolución de la Asamblea General del 9 de junio de 1994. La Organización Mundial de la Salud, aun reconociendo las dificultades técnicas para

recopilar información sobre el tema, estimó que en todo el mundo una de cada cinco mujeres, en

algún momento de su vida, se ha visto forzada a tener relaciones sexuales contra su voluntad. El

“Informe Mundial sobre la Violencia y la Salud”, es el primer informe de estas características que

aborda la violencia como un problema de salud pública en todo el mundo y señala que, en algunos

países, el porcentaje de mujeres que declaran haber sido víctimas de agresiones físicas se eleva al

69%, y hasta un 47% de las mujeres señalan haber sufrido una iniciación sexual forzada.

6

En la Argentina, teniendo en cuenta las cifras proporcionadas por las estadísticas policiales y

considerando que las denuncias representan el 10% de los casos reales, se estima que por día se

cometen 80 violaciones.

Violencia de género

Con la utilización de términos tales como: “violencia sexual”, “violencia conyugal”, “violencia

doméstica” y “violencia intrafamiliar” se invisibiliza que la agresión está dirigida principalmente a las

mujeres.

La violencia basada en género es un concepto que engloba diversas manifestaciones

(incesto, abuso sexual, hostigamiento sexual, violación, prostitución forzada, trata de personas, etc.)

cometidas contra las mujeres, las niñas y las adolescentes. El uso de este término resalta la

direccionalidad de la violencia y reconoce que la misma o el riesgo de experimentarla, están

asociados a la pertenencia al género femenino.

7

El género es definido básicamente como la construcción social de la diferencia entre los

sexos, es decir, las expectativas compartidas acerca del comportamiento adecuado de hombres y

mujeres en una determinada sociedad. Joan Scott para su conceptualización, realiza una conexión

integral entre dos ideas: como elemento constitutivo de las relaciones sociales basadas en la

diferencia sexual (categoría social impuesta sobre un cuerpo sexuado) y como forma primaria de

relaciones significativas de poder. O sea, el género, no sólo representa formas de socialización

diferenciada, sino fundamentalmente relaciones de poder.

8

La instrumentalización de esta conceptualización de género como categoría de análisis,

permite visibilizar las formas en

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