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TRAMITES DE CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD LIMITADA


Enviado por   •  1 de Octubre de 2013  •  1.576 Palabras (7 Páginas)  •  253 Visitas

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TRAMITES DE CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD LIMITADA

REGISTRO MERCANTIL CENTRAL

En primer lugar se debe solicitar al Registro Mercantil Central la Certificación de denominación social favorable, mediante la que confirmamos que el nombre que proponemos para la Sociedad no figura ya inscrito.

Esta certificación tiene una validez de dos meses a efectos de otorgar la escritura de constitución. Si transcurrieran más de dos meses sería preciso renovarla, siendo la validez a efectos de reserva de nombre de quince meses.

Se puede obtener a través de internet en la página web del Registro Mercantil (www.rmc.es).

En la actualidad el Registro cobra 6.97 euros por la certificación (contra reembolso por correo 10.97 euros) y el plazo aproximado para su obtención es de una semana, salvo que se solicite su remisión por correo.

BANCO O CAJA

Como paso previo a otorgar la escritura de constitución de la sociedad, hay que depositar en la entidad bancaria el capital social y obtener la certificación acreditativa del importe desembolsado, con indicación de las personas que lo realizan y la cuantía. Mínimo 3.005 euros totalmente desembolsados.

NOTARÍA

Otorgar la escritura de constitución. Las dos certificaciones anteriores deberán unirse junto a los Estatutos sociales y los datos personales de los socios fundadores para que, ante Notario, se firme la escritura de constitución.

Aproximadamente en una semana, se obtiene la escritura y copias simples que precisamos.

Los Notarios están sujetos a aranceles en virtud de los cuales para elaborar su minuta tienen en cuenta, principalmente, el valor de la operación, además del número de folios, copias, etc.

A título orientativo, los aranceles de los notarios son los siguientes:

1. Por los actos de cuantía se percibirán los derechos que resulten de aplicar el valor de los bienes objeto del negocio documentado la siguiente escala:

o Cuando el valor no exceda de 6.010 euros: 90 euros

o Por el exceso entre 6.010 y 30.050 euros: 4,5 euros por mil

o Por el excedo entre 30.050 y 60.100 euros: 1,5 euros por mil

o Por el exceso entre 60.100 y 120.200 euros: 1 por mil

2. Las copias y cédulas autorizadas y su nota de expedición, en su caso, devengarán 3 euros por cada folio o parte de él. Las copias simples devengarán a razón de 60 céntimos por folio.

3. Por la legitimación de firma se percibirán 6,10 euros, por cada firma más contenida en el mismo documento se devengarán 3 euros.

SOLICITUD C.I.F. PROVISIONAL

Tan pronto tengamos la escritura de constitución podremos solicitar el Código de Identificación Fiscal (CIF) provisional, presentando en Hacienda, en cualquier Administración, el modelo 036.

Precisaremos una copia de la escritura, fotocopia de DNI del representante de la Sociedad y una autorización si la persona que lo presenta no es el representante.

De forma simultánea la petición de número de CIF se puede comunicar el inicio habitual de operaciones, e incluso, si todavía no se conoce la fecha de inicio de éstas y se van a realizar gastos, cuyo IVA luego nos deduciremos, podemos realizar la declaración previa al inicio de operaciones.

Para continuar con los trámites de inicio de la actividad, es imprescindible la solicitud del CIF, éste incluso puede solicitarse anes de otorgar la escritura, cuando la Sociedad está "en constitución", debiendo aportarse una copia de la certificación de la denominación social, y fotocopia del DNI de la persona a cuyo favor se expide dicha certificación.

En este caso, al rellenar el modelo correspondiente añadiremos al nombre de la Sociedad la expresión, "en constitución".

HACIENDA AUTONÓMICA

Pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentado, en la modalidad de Operaciones societarias (Modelo 600). El plazo es de 30 días a contar desde el otorgamiento de la escritura de constitución. Serán preciso acompañar el modelo 600 una copia simple de la escritura de constitución y fotocopia de la tarjeta del CIF.

La cantidad que tenemos que pagar será el 1% del a cifra que hayamos fijado como capital social, es decir 30,50 euros en caso de constituirse con el capital mínimo.

REGISTRO MERCANTIL PROVINCIAL

Presentación de la escritura en el Registro Mercantil Provincial.

Conviene adjuntar a la escritura el ejemplar para el interesado del modelo 600 para que el Registrador pueda conocer el número del CIF.

A la presentación de la escritura hay que abonar, en metálico o mediante cheque conformado, una provisión de fondos de 150 euros por cada escritura que se presente.

Salvo en períodos de vacaciones (verano, Semana Santa y Navidad) y salvo que fuera preciso subsanar la escritura de constitución, la inscripción se comunica al cabo de 25 días.

En ese momento se abona la cantidad definitiva.

Legalización de los libros oficiales de comercio.

Toda sociedad está obligada a llevar determinados libros, que deben legalizarse (recibir un sellado) en el Registro Mercantil de la Provincia, antes del inicio de las actividades.Los libros oficiales pueden comprarse en papelerías especializadas y son los siguientes:

• Libro de Inventario

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