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Tabla Para Ser Pyme


Enviado por   •  6 de Mayo de 2013  •  781 Palabras (4 Páginas)  •  367 Visitas

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ABG. MARÍA CAROLINA SÁNCHEZ QUINTERO.

JUEZA TITULAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO.

IPSA 69.820.

MÉRIDA MAYO 2012

CUADRO COMPARATIVO ENTRE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO PUBLICADA EN EL AÑO 1997 (“LOT’97”) Y EL DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS DE 2012 (“DLOTTT”).

TEMA LOT LOTTT OBSERVACIONES.

SERVICIOS PROFESIONALES Art. 9. No contemplaba obligatoriedad de no desmejorar las condiciones de la relación de Trabajo. Art.7. Siempre y cuando no se desmejore la normativa que rige la relación detrabajo, se podrá aplicar las demás leyes.

PRINCIPIOS RECTORES

NO ESTABLECIA PROPIAMENTE LOS PRINCIPIOS RECTORES COMO CAPITULO Arts. 18: Justicia Social. Progresividad. 19: Irrenunciabilidad. 20: Igualdad de género. 21: No discriminación. 22: Primacía de la realidad. 23: De la administración de Justicia.

PROHIBICIÓN DE CONTRATACIÓN DE EXTRANJEROS PARA DETERMINADOS CARGOS

NO ESTABLECIA Art. 27. Tiene que ser nacional para ejercer los cargos de Jefe de Relaciones Industriales, de Personal, capitanes de buques, aeronaves, capataces o funciones análogas.

TRABAJADOR DE

CONFIANZA Art. 45. Trabajador de confianza: labor implica el

conocimiento personal de secretos industriales o

comerciales del patrono, o su participación en la administración del negocio, o en la supervisión deotros trabajadores. Art. 38. No se regula al empleado de confianza y se le sustituye por el trabajador de inspección: es aquél que tenga a su cargo la revisión del trabajo de otros trabajadores o de otras trabajadoras.

NOTIFICACIÓN DEL PATRONO O PATRONA

No se preveía la notificación sino la citación. Art. 42: establece un procedimiento, puede notificarse también conforme al 126 y 127 de la LOPTRA

TERCERIZACIÓN

PERMITIDA Art. 47: No está permitida. Los patronos tienen 3 años contados a partir de la promulgación de la Ley para ajustarse a la norma que prohíbe la tercerización, tiempo en el cual los trabajadores tercerizados gozaran de inamovilidad.

INTERMEDIARIOS Art. 54: Permitidos los intermediarios. Art. 48.2: No están permitidos los intermediarios.

DEFINICIÓN CENTRO DE TRABAJO VS ENTIDAD DE TRABAJO.

(SITIOS DE TRABAJO)

Art. 38: Se establece la definición de Centros de Trabajo. Art. 45: Se establece la definición de “entidad de trabajo” la cual comprende:

• La empresa o unidad de producción de bienes o servicios constituida para realizar una actividad económica de cualquier naturaleza o importancia.

• El establecimiento o la reunión de medios materiales y de trabajadores y trabajadoras permanentes que laboran en un mismo lugar, en una misma tarea, de cualquier naturaleza o importancia, y que tienen una dirección técnica común.

• Toda combinación de factores de la producción sin personalidad jurídica propia, ni organización permanente que busca satisfacer necesidades

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