ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Tema- Demanda terminacion de contrato.


Enviado por   •  28 de Junio de 2016  •  Prácticas o problemas  •  1.735 Palabras (7 Páginas)  •  525 Visitas

Página 1 de 7

HORACIO IBARRA OLVERA.

VS.

ANA LILIA TELLO DELGADILLO Y GRISEL GUADALUPE ANAYA MAÍZ

JUICIO ORDINARIO CIVIL.

TERMINACIÓN DE CONTRATO.

EXPEDIENTE NUMERO:

C. JUEZ DE LO CIVIL Y FAMILIAR EN TURNO.

JAVIER AURELIO FRAGOSO GUTIERREZ, en mi calidad de Apoderado Legal del C. Horacio Ibarra Olvera, lo cual se acredita con el Original del Primer Testimonio Notarial Número 3,449, de fecha veintitrés de junio de dos mil nueve, pasado ante la fe de la Notario Público Número 6 de este Distrito Judicial, Licenciada Marina Eugenia Rodríguez Muñoz, el cual se acompaña a este ocurso como anexo 1; señalando como domicilio para oír notificaciones y recibir toda clase de documentos, el ubicado en la Calle Ocampo Sur Número 303, Casa 1, Colonia Centro en esta Ciudad y autorizando para oírlas y recibirlas a los Licenciados Antonia Yáñez Carrillo, Reyna Fuentes Benítez y Víctor Gelacio Castillo Álvarez, indistintamente, así como al C. Carlos Eduardo Zaragoza Yáñez, ante Usted, con el debido respeto comparezco y paso a exponer:

Vengo por medio del presente ocurso, en la Vía Ordinaria Civil, a demandar de las CC. ANA LILIA TELLO DELGADILLO Y GRISEL GUADALUPE ANAYA MAÍZ, con domicilio para ser legalmente emplazadas a juicio y de acuerdo a lo establecido en la CLAUSULA PRIMERA del contrato base de la acción, el ubicado en la Calle 21 de Marzo Norte Número 310, Local Comercial marcado con la letra C, Colonia Centro en esta Ciudad y a quienes se les reclaman las siguientes prestaciones:

A).- La declaración judicial de terminación del contrato de arrendamiento celebrado por mi poderdante señor HORACIO IBARRA OLVERA y las demandadas con fecha quince de marzo del año dos mil ocho, respecto al local comercial marcado con la Letra C, de la Calle 21 de Marzo Número 310, Colonia Centro, en esta Ciudad; por haber concluido el plazo por el que se suscribió el mismo, de conformidad con lo establecido en la Cláusula SEGUNDA del contrato antes mencionado

B).- Como consecuencia de lo reclamado en el inciso que antecede, la desocupación y entrega física y material del inmueble arrendado, del Local Comercial marcado con la letra C, de la Calle 21 de Marzo Número 310, Colonia Centro, en esta Ciudad, de conformidad con lo pactado en la Cláusula SEGUNDA del contrato de arrendamiento que se adjunta a esta demanda.

C).- El pago de los gastos y costas que se originen con la tramitación del presente juicio, previa su regulación en ejecución de sentencias.

Se funda la presente demanda, en los siguientes hechos y preceptos de derecho.

H E C H O S .

1.- Como se acredita con el Contrato de Arrendamiento de fecha quince de marzo de dos mil ocho y que se adjunta al presente ocurso como documento base de la acción marcándose como anexo 2, mi mandante, en su calidad de arrendador, celebró Contrato de Arrendamiento con las CC. ANA LILIA TELLO DELGADILLO y GRISEL GUADALUPE ANAYA MAÍZ, en su carácter de arrendatarias, siendo el objeto del contrato de arrendamiento el local comercial marcado con la letra C, del inmueble ubicado en la Calle 21 de Marzo Número 310, Colonia Centro, en esta Ciudad, según se demuestra del contrato antes mencionado.

Cabe manifestar a su Señoría que como se desprende del contenido del propio contrato de arrendamiento que se acompaña a la presente demanda, en el mismo se establece en su Cláusula Primera como arrendataria la C. ANA LILIA TELLO DELGADILLO y a quien se le han venido expidiendo los recibos de pago de renta respectivos, empero el referido contrato se encuentra firmado según aparece al calce del contrato, por la C. GRISEL GUADALUPE ANAYA MAIZ, motivo por el cual se solicita que las personas antes mencionadas sean emplazadas a juicio, tal y como se les dio el aviso indubitable correspondiente y que en copia certificada se exhibe como anexo 3.

2.- Como se demuestra del contrato de arrendamiento, las partes contratantes establecieron en la Cláusula SEGUNDA como término del arrendamiento el de un año forzoso para ambas partes; término que corrió del día quince de marzo del dos mil ocho, al día catorce de marzo de dos mil nueve, consecuentemente, es evidente que en la especie el término por el cual se suscribió el contrato de arrendamiento base de la acción, a la fecha se encuentra concluido desde el día catorce de marzo del año dos mil nueve y en esa virtud, el aludido contrato de arrendamiento se convirtió de un contrato por tiempo determinado, en un contrato por tiempo indeterminado.

3.- Como consecuencia de lo manifestado en el hecho que antecede, mi representado inició procedimiento de Jurisdicción Voluntaria a fin de que se le notificara a las arrendatarias hoy demandadas, la voluntad de mi mandante de dar por terminado el contrato de arrendamiento que celebraron con fecha quince de marzo de dos mil ocho, respecto el local comercial marcado con la letra C, del inmueble ubicado en la Calle 21 de Marzo Número 310, Colonia Centro, en esta Ciudad. Jurisdicción Voluntaria que se radicó y tramitó ante el Juzgado Segundo Civil y Familiar de este Distrito Judicial bajo el Número de Expediente 717/2009, como se acredita de las copias certificadas que se exhiben y se marcan como anexo 3.

4.- Así las cosas, la C. Actuaria adscrita al Juzgado Segundo Civil

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (11 Kb)   pdf (88 Kb)   docx (13 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com