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Teoria Del Proceso


Enviado por   •  5 de Agosto de 2013  •  4.122 Palabras (17 Páginas)  •  182 Visitas

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INTRODUCCION

Es preciso que a través del patrimonio podamos distinguir los derechos reales, personales y las clases de obligaciones que existen , que de alguna manera vivimos y practicamos en la vida diaria y que representan una ventaja económica para nosotros así como las obligaciones de carácter pecuniario estos derechos forman el activo del patrimonio y el pasivo de las obligaciones.

Obligaciones es un vínculo jurídico que nos coloca a nosotros como personas en la necesidad de dar, hacer, o no hacer una cosa, también podría decir que es un vinculo establecido por el derecho que nos obliga a cumplir una determinada conducta pero que de igual manera nosotros también tenemos el derecho de obligar a otro para que de, haga o indemnice algo en un determinado caso, la obligación es un sometimiento forzoso que doblega voluntades.

Fuentes de las obligaciones: son los hechos que las producen, de donde nacen de donde emanan son cinco: El contrato, el cuasicontrato, hechos ilícitos, acciones u omisiones culposas no penadas por la ley, la ley.

OBJETIVOS

 Conocer el origen de las obligaciones y explicar cada una de las fuentes

 Explicar los efectos jurídicos de las obligaciones y las consecuencias derivadas de las mismas

 Definir el concepto de mora y en que casos se incurre

 Distinguir el concepto de daños y perjuicios

 Comprender el concepto de obligaciones naturales, condicionales y a plazo.

SINTESIS

TEMA 1:Generalidades-fuentes de las obligaciones

Obligaciones es un vínculo jurídico que nos coloca a nosotros como personas en la necesidad de dar, hacer, o no hacer una cosa, también podría decir que es un vinculo establecido por el derecho que nos obliga a cumplir una determinada conducta pero que de igual manera nosotros también tenemos el derecho de obligar a otro para que de, haga o indemnice algo en un determinado caso, la obligación es un sometimiento forzoso que doblega voluntades.

El derecho personal con la obligación son la misma cosa pero enfocada en ángulos diferentes según el libro nos explica que el Derecho personal son los que pueden reclamarse de ciertas personas que por un hecho suyo o por disposición de la ley están sujetas a las obligaciones correlativas, es decir la facultad que tiene una persona que en este caso es el acreedor de una abstención y el Derecho real es el que se tiene sobre una cosa sin referencia a determinada persona este mismo es oponible a cualquier tercero esto quiere decir que toda persona tiene debe respetar el derecho Real del titular .

Los elementos de la Obligación son tres: El sujeto Activo (Acreedor) es la persona que tiene la facultad de exigir algo de otra persona. El sujeto pasivo: Es el (deudor) el cual esta colocado en la necesidad de dar hacer o no hacer algo para este la obligación es una carga que figura el pasivo de su patrimonio. El objeto debido: consiste en un hecho positivo como dar o hacer algo en cuyo caso toma el nombre de prestación o en un hecho negativo (no hacer algo) que se denomina abstención ejemplo:

Sujeto activo (acreedor) _Banco

Sujeto pasivo (deudor) _Persona que recibe el Préstamo

Objeto de Derecho puede ser una prestación de (Dinero)

Fuentes de las obligaciones: son los hechos que las producen, de donde nacen de donde emanan son cinco: El contrato, el cuasicontrato, hechos ilícitos, acciones u omisiones culposas no penadas por la ley, la ley.

Contratos: convención generadora de obligaciones, acuerdo de voluntades entre dos o más personas que tienen por objeto producir una obligación civil.

Cuasicontratos: puede definirse como un hecho voluntario lícito y no convencional que produce obligaciones, carece de uno de los elementos del contrato que es el consentimiento.

Hechos Ilícitos: estos son los delitos y cuasidelitos la diferencia es que en el delito hay intensión de causar daño este a la vez es un hecho contrario a derecho castigado por la ley en el cuasidelito no existe esta intensión de dañar solo hay culpa o negligencia.

Acciones y omisiones culposas no penadas por la ley: estos también originan una obligación para su autor y tiene por objeto reparar el daño.

La Ley: son obligaciones legales aquellas que no tienen otra fuente que la sola disposición de la Ley, estas no se presumen si no que son exigibles.

Clasificación de las obligaciones atendiendo al objeto al sujeto y a sus efectos.

Objeto puede ser positiva (de dar o hacer) es la transmisión de dominio de alguna cosa, hace al acreedor propietario de algo es Negativa (de no hacer) de especie o cuerpo cierto y de genero de objeto singular o de objeto múltiple.

Obligaciones de dar hacer o no hacer: Dar: se refiere a la trasmisión de un dominio. Como por ejemplo la compra venta, Hacer : consiste en un acto positivo de hacer y no implica la trasmisión de dominio como por ejemplo el contrato de prestación de servicios donde se obliga a una persona a realizar un trabajo a favor de otra, de No Hacer: consiste en abstenerse de algo de no hacer o tolerar algo como por ejemplo el contrato de arrendamiento, Obligación de Especie o Cuerpo Cierto: es aquella en que se debe determinarse un individuo de una clase o genero determinado como ejemplo el deudor debe entregar la cosa debida es la característica o lo que uno quiere por ejemplo Yo quiero una motocicleta roja marca HONDA y de Genero El deudor cumple y entrega.

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Tema uno: Generalidades Parte I Las Obligaciones

1¿Qué es el Patrimonio?

Es el conjunto de derechos y obligaciones de una persona apreciable en dinero o en bienes que representa una ventaja económica para su titular.

2¿Qué es el Derecho Real y Cuales son?

Es el que se tiene sobre una cosa sin referencia a determinada persona son derechos reales el de dominio, herencia, usufructo, uso o habitación, servidumbre activa prenda e hipoteca.

3¿Qué es el Derecho Personal?

Son solo los que pueden reclamarse de ciertas personas que por un hecho suyo o por disposición de la ley están sujetas a las obligaciones correlativas.

4¿Establezca diferencias entre Derecho Real y Derecho Personal?

• Derecho real esta taxativamente enumerados en la ley el número de los derechos personales en cambio no tienen límite

• El derecho real es posible a cualquier persona por eso se dice que es un derecho absoluto el derecho personal por el contrario no es oponible

• El derecho real se impone solamente una abstención a los sujetos pasivos no hacer nada que perjudique al sujeto activo

5¿Qué es una Obligación?

Es un vínculo jurídico que coloca a una persona determinada en la necesidad de dar hacer o no hacer una cosa con respecto a otra igualmente determinada.

6¿Qué es Teoría General de las Obligaciones?

A todo derecho personal corresponde una obligación derecho personal y obligación son una misma cosa para el acreedor es un derecho y para el deudor una obligación al estudio de los derechos personales se denomina Teoría General de las Obligaciones.

7¿Mencione algunas características de la obligación?

• Es un vinculo jurídico es decir un lazo que une a determinadas personas y este lazo es una relación jurídica

• Es un vinculo que coloca a una persona en la necesidad de dar hacer o no hacer una cosa

• Es un vinculo entre personas determinadas

8¿Cuáles son los elementos de la obligación y defina cada uno de ellos?

• Sujeto Activo: es el acreedor la persona que tiene la facultad de exigir algo a otra

• Sujeto pasivo: que es el deudor el cual esta colocado en la necesidad de dar hacer o no hacer una cosa para este la obligación es una carga.

• El objeto debido: consiste en un hecho positivo como dar o hacer algo cuyo caso recibe el nombre de prestación o un hecho negativo de no hacer algo que se denomina abstención.

9¿Cuáles son las fuentes de las obligaciones y en que consiste cada una de ellas?

• Contratos: pueden definirse como una convención generadora de obligaciones es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas que tiene por objeto producir obligaciones civiles.

• Cuasicontratos: es un hecho voluntario lícito y no convencional que produce obligaciones.

• Hechos ilícitos: estos son los delitos y cuasidelitos la diferencia entre ambos es que el delito hay intensión de dañar mientras que en el cuasidelitos existe culpa o negligencia.

• Acciones u omisiones culposas no penadas por la ley estas también originan una obligación para el autor

• La Ley: son obligaciones legales aquellas que no tienen otra fuente que la sola disposición de la Ley.

10¿Cuáles son los principales cuasicontratos?

Son tres la agencia oficiosa, el pago de lo no debido, y la comunidad de bienes.

11¿Establezca diferencias entre contratos y cuasicontratos?

• En el contrato hay una convención en el cuasicontrato no

• En el contrato la capacidad de las partes es necesaria en el cuasicontrato no el deudor queda obligado aun siendo incapaz.

12¿Cómo se clasifican las obligaciones?

Atendiendo al objeto al sujeto y a sus efectos

Dentro del punto de vista del objeto: puede ser positiva (de dar o hacer) o (negativas de no hacer) de especie o cuerpo cierto y de genero de objeto singular u objeto múltiple

Desde el punto de vista del sujeto: pueden ser de un solo sujeto o de sujeto plural

Atendiendo sus efectos: civiles y naturales, principales y accesorias, puras y simples y sujetas a modalidad.

13. Defina cada una de ellas.

• Dar: tiene por objeto transferir el dominio o constituir un derecho real a favor del acreedor.

• Hacer: consiste en un acto positivo de hacer y no implica la transmisión de dominio eje contrato de prestación de servicios

• De No Hacer: consiste en abstenerse de algo de no hacer

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Tema II Efectos de las Obligaciones

1¿Qué son los Efectos de las Obligaciones?

Son los derechos que la ley confiere a los acreedores para exigir al deudor el cumplimiento exacto y oportuno de la obligación cuando este no la cumpla en todo o en parte o esta en mora de cumplirla.

2¿Cuáles son esos derechos?

• Un derecho principal para exigir en cuanto sea posible la ejecución forzada de la obligación

• Un derecho secundario para exigir indemnización de daños y perjuicios

• Derechos auxiliares destinados a dejar afectados el patrimonio del deudor al cumplimiento de la obligación tomando las medidas necesarias para su seguridad y convención a fin de hacer el pago de la deuda.

3¿Qué es la ejecución forzada?

Si el deudor no cumple voluntariamente la obligación el acreedor puede acudir al tribunal competente pidiendo la ejecución forzada para que proceda es necesario que la deuda sea liquida actualmente exigible y que conste en un titulo ejecutivo si no lo tiene es preciso que entable un juicio ordinario.

4¿En que bienes recae la ejecución forzada?

Puede recaer sobre cualquier clase de bienes del deudor con excepción de los no embargables.

5¿en que consiste la ejecución forzada de las obligaciones de Dar?

Si el acreedor tiene titulo ejecutivo y la obligación es liquida y exigible se procede a la ejecución forzada presentada la demanda ejecutiva el juez examina el titulo y si cumple todos los requisitos legales manda a requerir al deudor para que pague la deuda con intereses y costas dentro de 24 horas ,si el deudor no cumple el acreedor pide embargo de los bienes que pertenecen al deudor ,al deudor se le citara para que pueda oponerse y alegar dentro de un plazo de 3 días si se opone y no hay pruebas el juez lo condena al pago o manda a rematar los bienes embargados para que con el producto de los mismos se pague la deuda.

6¿En que consisten las obligaciones forzadas de hacer?

La obligación es de hacer y el deudor se constituye en mora puede pedir al acreedor junto con la indemnización de la mora cualquiera de estas tres cosas a elección suya

• Que se apremie al deudor

• Que se le autorice a el mismo para hacerle ejecutar con un tercero a expensas del deudor

• Que el deudor le indemnice de los perjuicios resultantes de la infracción del contrato.

7¿en que consiste la ejecución forzada en la obligación de no hacer?

Esta se incumple por el hecho de que el deudor ejecute el hecho prohibido.

8¿Cómo puede definirse la indemnización de daños y perjuicios?

Puede definirse como el derecho que tiene el acreedor de exigir al deudor el pago de una cantidad de dinero equivalente a la ventaja o beneficio que le habría procurado el cumplimiento efectivo y oportuno de la obligación.

9¿enumere y defina las clases de indemnización que hay?

Indemnización Compensatoria: es la cantidad de dinero que el acreedor tiene derecho a exigir al deudor cuando este no cumpla su obligación o solo la cumple en parte

La indemnización Moratoria: es la cantidad de dinero que el acreedor tiene derecho de exigir al deudor cuando este no cumple oportunamente la obligación.

10¿Qué es el caso fortuito o fuerza mayor?

Es un hecho imprevisto al que no es posible resistir algunos tratadistas distinguen entre caso fortuito y fuerza mayor diciendo que el primero es un hecho de la naturaleza y el segundo un hecho del hombre.

11¿Qué es culpa?

Es la negligencia descuido en el cumplimiento de una obligación o en la ejecución de un hecho cualquiera.

12¿Mencione las dos clases de culpa que hay?

Culpa contractual y culpa extracontractual

13 .Defina cada una de ellas.

Culpa contractual: es la que supone una obligación preexistente que el deudor no cumple o las cumple a medidas tardías por negligencia.

Culpa extracontractual: es la que supone que no hay una obligación previa y consiste en una negligencia o descuido que produce precisamente la obligación.

14¿Cuáles son las clases de culpa contractual?

Culpa lata o grave, leve y levísima

15. Defina cada una de ellas.

Culpa lata: es la que se opone a la diligencia y cuidado que aun las personas de poca prudencia suelen emplear en sus propios negocios esta culpa es el descuido mayúsculo la negligencia máxima.

Culpa leve: es la que se opone a la diligencia y cuidado de un buen padre de familia es por consiguiente la falta de cuidado ordinaria o común.

Culpa levísima: es la que se opone a la esmerada diligencia que un hombre juicioso emplea en la administración de un negocio importante.

16¿en que consiste la prueba de la culpa contractual?

El incumplimiento de la obligación presume culpable y el deudor que alega haber empleado la debida diligencia o cuidado debe probarlo.

MAPA CONCEPTUAL

Efectos de las Obligaciones

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Tema III La Mora, Los Daños y Perjuicios

1¿Qué es la mora?

Es el retardo culpable del incumplimiento de las obligaciones más allá de la época fijada por la manifestación de la voluntad del acreedor.

2. Mencione las clases de mora que hay.

Mora del acreedor y mora del deudor.

3. Defina cada una de ellas.

La Mora del deudor: incurre en mora cuando no cumple oportunamente su obligación.

La Mora del Acreedor: cuando se niega a recibir oportunamente la cosa que el deudor debe entregarle.

4¿Qué es la interpelación?

Es el acto por el cual el acreedor manifiesta al deudor que el incumplimiento de la obligación le perjudica.

5¿Que clases de interpelación hay?

Contractual: es la que se hace mediante un convenio de las partes puede ser: expresa o tacita, expresa cuando el acreedor manifiesta en el contrato su voluntad de que la obligación se cumpla en tal fecha, es tacita cuando se deduce de la naturaleza de la obligación sin la necesidad de que las partes la estipulen expresamente.

Extracontractual: es la que proviene de un acto posterior del acreedor por el cual manifiesta a su deudor que la inejecución de la obligación perjudica.

6¿en que consiste la mora del acreedor?

En acreedor incurre en mora cuando se niega a recibir la cosa debida que el deudor le ofrece oportunamente la oferta del deudor equivale a la interpelación del acreedor para constituir en mora al deudor.

7¿Cuáles son los requisitos de la mora del acreedor?

• La oferta de la cosa debida hecha por el deudor al acreedor

• La negativa del acreedor en recibirla.

8¿Qué son los daños y perjuicios?

Comprende el daño emergente y el lucro cesante, daño emergente es el efectivo empobrecimiento del acreedor, la disminución o menoscabo que sufre el en su patrimonio el lucro cesante: es la privación de la legítima ganancia que le habría reportado al acreedor el cumplimiento de la obligación es decir lo que dejo de ganar el acreedor a causa del incumplimiento del deudor.

9¿Cuáles son las clases de daños y perjuicios?

Se dividen en directos e indirectos y los directos en previstos e imprevistos

10 Defina cada uno de ellos.

Los directos son aquellos que constituyen una consecuencia natural e inmediata del incumplimiento de la obligación son el efecto necesario y lógico de ese incumplimiento.

Los indirectos son los daños y perjuicios excepcionales y extraordinarios que si bien se han producido con ocasión del incumplimiento de la obligación no han tenido por causa directa e inmediata en ese cumplimiento.

11¿en que consiste la responsabilidad de daños y perjuicios?

El deudor de buena fe responde de los daños y perjuicios previstos y el deudor de mala fe es decir el que incurre en dolo responde tanto de los previstos o como dice la ley de todos los que conocidamente se derivan de la falta de incumplimiento de la obligación.

12¿por quien puede ser hecha la determinación de los daños y perjuicios?

Puede ser hecha por la ley, por el juez o por las partes o sea que puede ser legal judicial o convencional.

13¿mencione algunos objetivos de la clausula penal.

• Libera al acreedor del arduo problema de la prueba de los perjuicios.

• Permite escapar a las partes de lo que tiene de arbitro y contingente la a valuación de los perjuicios por el juez y asegura la mas exacta correspondencia posible entre el daño y la indemnización

• Impulsa al deudor a cumplir oportunamente y exactamente la obligación para no incurrir en la pena.

14¿Cuáles son las características de la clausula penal?

• Es una obligación accesoria

• Es una obligación condicional

• La clausula penal es una liquidación convencional y anticipada de los daños y perjuicios que ocasionaría al acreedor el incumplimiento tardío de la obligación.

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Tema 4: Efectos de la Obligación (Continuación)

1¿Qué son los derechos auxiliares del acreedor?

Son aquellos que tienen por objeto dejar afectado el patrimonio del deudor al cumplimiento de la obligación tomando medidas para su conservación y seguridad a fin de hacer posible el pago de la deuda.

2¿Cuáles son los derechos auxiliares?

• Las medidas conservativas o de precaución

• La acción oblicua o subrogatoria

• La acción pauliana o revocatoria

• El beneficio de separación de patrimonios

3¿Qué son las medidas conservativas o de precaución?

Son aquellas que tienen por objeto mantener intacto el patrimonio del deudor evitando que salgan de su poder los bienes que lo forman a fin de hacer posible el cumplimiento de la obligación.

4¿Cuáles son las medidas conservativas o de precaución?

• Evidencias precautorias

• El derecho legal de retención

• Ciertas providencias que pueden decretarse

5¿Qué es la acción oblicua o subrogatoria?

Consiste esta acción en el ejercicio por los acreedores de acciones y derechos que competen al deudor para incorporar el patrimonio de estos bienes en que hacer efectivos sus créditos.

6¿Cuáles son los requisitos para el ejercicio de la acción subrogatoria?

• Que el acreedor haya perseguido antes los bienes de que el deudor esta en posesión

• Que el crédito sea actualmente exigible ,es decir que no este pendiente de un plazo o de una condición suspensiva

• Que el deudor rehúse o descuide ejercitar los derechos que le corresponden

• Que la negativa o desidia del deudor perjudique al acreedor.

7¿Qué es la acción pauliana o revocatoria?

Es la que tienen los acreedores para obtener la revocación o invalidación de los actos realizados por el deudor en fraude de sus derechos.

8¿Cuáles son los requisitos para el ejercicio de la acción pauliana?

• El acreedor debe haber perseguido previamente los bienes de que el deudor esta en posesión, es decir que tiene un carácter subsidiario como la acción subrogatoria.

• Es necesario que el acto perjudique a los acreedores produciendo o aumentando la insolvencia del deudor.

• El acto debe ser fraudulento o sea que el deudor tenga conocimiento del mal estado de sus negocios. también debe haber mala fe por parte del adquiriente. Que la prueba del fraude corresponde al acreedor porque la mala fe no se presume salvo en los casos determinados por la ley art, 724 c.c

9¿Qué es el beneficio de separación de patrimonios?

Es la facultad que tienen los acreedores hereditarios y los acreedores testamentarios para pedir que no se confundan los bienes del difunto con los bienes del hereditario a fin de que los bienes de aquel se les pague sus deudas hereditarias y testamentarias con preferencia a las deudas propias del heredero.

10¿Cuáles son los efectos del beneficios de separación de patrimonios?

• Los acreedores hereditarios y testamentarios tienen derecho a satisfacerse íntegramente de sus créditos con bienes dejados por el difunto

• Satisfechos los acreedores hereditarios y testamentarios el sobrante si lo hubiere se agregara a los bienes propios del heredero para satisfacer a sus propios acreedores

• Agotados los bienes del difunto los acreedores hereditarios y testamentarios podrán perseguir los saldos de sus créditos en los bienes del heredero, pero los acreedores de este podrán oponerse hasta que se les satisfaga a ellos íntegramente de sus créditos con los bienes del heredero.

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Tema 5: Obligaciones Naturales

1¿Qué son las obligaciones civiles y Obligaciones Naturales?

Son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento y obligaciones naturales son las que no confieren derechos para exigir un cumplimiento pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en virtud de ellas.la diferencia entre obligación

2¿cual es la diferencia entre obligaciones civiles y obligaciones naturales?

La civil otorga al acreedor derecho para exigir su cumplimiento el cual queda a la voluntad o conciencia del deudor la obligación natural es una obligación imperfecta.

3¿Cuál es la diferencia entre obligación natural y el deber Moral?

• La obligación natural tiene determinados sus elementos constitutivos acreedor, deudor y objeto mientras en el deber moral no hay tal determinación

• La obligación natural produce ciertos efectos jurídicos el deber moral no

• Quien cumple una obligación natural verifica un pago, quien cumple un deber moral hacer una donación.

4¿Cuáles son las clases de obligaciones naturales?

• Obligaciones civiles nulas y rescindibles y

• Obligaciones civiles degeneradas

5¿Qué son las obligaciones civiles nulas y rescindibles?

Son obligaciones naturales desde su nacimiento y comprenden dos clases obligaciones contraídas por incapaces y obligaciones nulas que provienen de actos a que faltan las solemnidades legales.

5¿Qué son obligaciones contraídas por incapaces?

Las contraídas por personas que teniendo suficiente juicio y discernimiento son incapaces de obligarse según las leyes art, 1372.

6¿Qué son las obligaciones degeneradas?

Son obligaciones que inicialmente fueron civiles, pero que por causas posteriores perdieron su eficacia y quedaron convertidas en naturales. Pertenecen a este grupo las obligaciones prescritas y las obligaciones no reconocidas en juicio por falta de prueba.

7¿Qué son las obligaciones prescritas?

Son las obligaciones civiles extinguidas por prescripción esta vez la obligación nació perfecta a la vida del derecho pero el transcurso del tiempo la privo de su plena eficacia.

8¿Qué son obligaciones no reconocidas en juicio por falta de pruebas?

Se trata de obligaciones civiles perfectas pero demandado el deudor el acreedor no logro acreditar su existencia.

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Tema 6: Obligaciones Condicionales

1¿Qué son las obligaciones condicionales?

Son las que dependen de una condición la palabra condición tiene tres acepciones ene le derecho:

• Se le emplea para referirse a los requisitos o elementos de un acto o contrato

• Se le usa también como sinónimo de calidad o situación social de una persona.

• En su verdadera o propia acepción que es la que ahora consideramos, condición es un acontecimiento futuro e incierto el cual depende la existencia o la extinción de un derecho.

2¿Cómo se clasifican las obligaciones atendiendo a sus efectos?

Se dividen en puras y simples y obligaciones sujetas a modalidades.

3. Defina cada una de ellas?

Las puras y simples: son las que producen sus efectos inmediatamente de contraídas y para siempre, sin restricción alguna.

Las sujetas a modalidades: son aquellas en que la ley o las partes subordinan sus efectos a ciertas circunstancias o clausulas particulares llamadas modalidades las cuales pueden definirse como aquella clausula que se introducen en la obligación para modificar sus efectos ya sean en cuanto a su existencia a su ejercicio o a su extinción.

4¿Cuáles son las modalidades que pueden afectar a una obligación?

Son tres: la condición, el plazo y el modo.

5¿Cuáles son los elementos constitutivos o caracteres de la condición?

• Que el acontecimiento sea futuro en esto hay acuerdo general en la doctrina jurídica.

• Que el acontecimiento sea incierto es decir que puede suceder o no. Este es el carácter que diferencia la condición del plazo porque en este el acontecimiento aunque futuro se sabe que va a ocurrir.

6¿Cómo se clasifican las condiciones?

Pueden ser expresas o tacitas, positivas y negativas, potestativas, causales y mixtas, posibles e imposibles, licitas e ilícitas, suspensivas y resolutorias.

7¿Cuándo la condición es expresa?

Es expresa cuando las partes la estipulan o el testador la señala en términos explícitos.

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