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Tipos De Personas


Enviado por   •  7 de Octubre de 2013  •  1.825 Palabras (8 Páginas)  •  302 Visitas

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Persona

Entre las innumerables definiciones de persona en Derecho, podemos citar tres, todas equivalentes: 1° Persona es todo ente susceptible de tener derechos o deberes jurídicos. 2° Persona es todo ente susceptible de figurar como término subjetivo en una relación jurídica; y, 3° Persona es todo ente susceptible de ser sujeto

Persona moral

Es una entidad que existe por determinación de la ley, que tiene fines determinados y son dirigidas, administradas y representadas por personas físicas o los órganos que específicamente prevé la propia ley o su acta constitutiva.

Una persona moral tiene su propio domicilio, su Registro Federal de Contribuyentes, así como derechos y obligaciones con las personas físicas que la integran, así como con los terceros ajenos con quienes se relaciona.

De acuerdo al Código Civil del Distrito Federal y al de los estados de la república, son personas morales:

1.- La Nación, los Estados y los Municipios.

2.- Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la Ley.

3.- Las Sociedades Civiles y Mercantiles.

4.- Los Sindicatos y las Asociaciones Profesionales.

5.- Las Sociedades Cooperativas y Mutualistas.

6.- Las Asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito.

7.- Las personas morales extranjeras.

Una entidad de gobierno es regulada por los fines, atribuciones y representación que la propia ley le establece. Así el gobierno de un estado de la república, es representado por el titular del Poder Ejecutivo, que es el gobernador. El Instituto Mexicano del Seguro Social, que es un órgano descentralizado del gobierno federal, tiene un órgano de gobierno denominado Asamblea General, un Consejo Técnico, una Comisión de Vigilancia y un Director General; quienes tienen sus propias atribuciones y están establecidas en el decreto de creación, las leyes y reglamentos que regulan al IMSS.

En el caso de las sociedades, asociaciones, sindicatos, partidos políticos y demás personas morales, están representadas por los órganos o personas que determinen sus propios estatutos y acta constitutiva, de tal manera que es propiamente la voluntad de las personas que las conforman quienes deciden su representación, así como el objeto de la persona moral y las reglas o normas que la rigen.

Desde luego y aún en el caso de las personas morales privadas, existen leyes que regulan de manera genérica la actuación y alcances de las mismas. Así por ejemplo existe la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley General de Sociedades Cooperativas, solo por mencionar dos de ellas.

Es importante señalar que las personas morales son independientes de las personas físicas que las integran y representan, aunque dependiendo del tipo de asociación, sociedad o agrupación, tienen responsabilidad en la actuación y administración de la misma, tanto en su vida interna, como en su relación con el gobierno (por ejemplo hacienda) y con los demás particulares.

De igual forma, los servidores públicos que integran las entidades, dependencias y órganos de gobierno son independientes de los mismos, aunque la ley establece los casos de responsabilidad administrativa e incluso penal en su desempeño.

Persona física

Las personas físicas son los seres humanos. Toda persona física tiene los derechos que la Constitución y las demás normas le otorgan. En contraposición a la persona física existe la persona jurídica.

Las personas físicas pueden realizar contratos, realizar declaraciones, comparecer en juicios, etc. Las personas físicas pueden actuar en nombre propio o en representación de otra persona física o de una persona jurídica. En definitiva, la persona física es el ser capaz de asumir derechos y obligaciones.

Cuando la persona física nace se origina automáticamente la personalidad. Así se establece en el artículo 29 del Código Civil. Este mismo texto legal señala que, a efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviera figura humana y viviere 24 horas enteramente desprendido del seno materno. Por contra, la personalidad de la persona física se extingue con la muerte.

Atributos de las personas

Los atributos de la personalidad, en Derecho, son aquellas propiedades o características de identidad, propias de las personas, sean estas persona físicas o personas morales, como titulares de derechos.

Se caracterizan por ser: Intransferibles, Incomerciables, Irrenunciables, Inembargables e Imprescriptibles.

Atributos de la persona física

1) Personalidad jurídica. Se inicia con el nacimiento; pero desde que se concibe adquiere derechos, como los hereditarios al declararse como viable (capaz de vivir).

2) Fin de la personalidad. Surge con la muerte o ante una razón de ausencia la que se formula ante la presunción de muerte, cesa la personalidad, ejemplo, cuando alguien desaparece y nadie lo encuentra.

3) Capacidad. Es la aptitud para ser titular de derechos y deberes, aptitud para ser sujeto activo o pasivo de relaciones jurídicas. Existe la capacidad de goce y ejercicio, en la primera el individuo es titular de derechos y obligaciones y la capacidad de ejercicio es la posibilidad de ejecutar actos jurídicos para hacer uso de los derechos concedidos a la persona como titular.

4) Nombre. Sirve para designar a una persona. El nombre más el apellido determinan en cada sujeto su identificación personal.

5) Domicilio. Es el lugar donde reside con el propósito de establecerse en él; a falta de éste, el lugar en que tiene el principal asiento de sus negocios; y a falta de uno y otro, el lugar en que se halle. Se presume el propósito de establecerse en un lugar cuando se reside por más de seis meses en él.

6) Estado Civil. Atributo exclusivo de las personas físicas consiste en la situación particular de las personas respecto de su familia, la sociedad y el Estado.

7) Patrimonio. Conjunto de bienes, derechos, obligaciones y dinero, es decir todo aquello que sea susceptible de valorarse económicamente y que constituye una universalidad.

8)

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