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Tipos De Personas Y Registro Civil


Enviado por   •  23 de Julio de 2012  •  2.244 Palabras (9 Páginas)  •  649 Visitas

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Persona Natural

Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todos los derechos y obligaciones de la empresa, Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa.La constitución de la empresa es sencilla y rápida, no presenta mayores trámites, la documentación requerida es mínima, no se les exige llevar y presentar tantos documentos contables, si la empresa no obtiene los resultados esperados, el giro del negocio puede ser replanteado sin ningún inconveniente, las empresas constituidas bajo la forma de persona natural pueden ser liquidadas o vendidas fácilmente, la propiedad, el control y la administración recae en una sola persona, se puede ampliar o reducir el patrimonio de la empresa sin ninguna restricción, pueden acogerse a regímenes más favorables para el pago de impuestos.

Desventajas Persona Natural

Tiene responsabilidad ilimitada, es decir, el dueño asume de forma ilimitada toda la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, lo que significa que deberá garantizar dichas deudas u obligaciones con su patrimonio o bienes personales.

Persona Jurídica

Es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de ésta. Al constituir una empresa como Persona Jurídica, es la empresa (y no el dueño) quien asume todos los derechos y las obligaciones de la empresa. Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan sólo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre (tanto capital como patrimonio). En conclusión, se entiende por personalidad jurídica aquella por la que se reconoce a una persona, entidad, asociación o empresa, capacidad suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica, frente a sí mismos y frente a terceros.

La personalidad jurídica, pues, no coincide necesariamente con el espacio de la persona física, sino que es más amplio y permite actuaciones con plena validez jurídica a las entidades formadas por conjuntos de personas o empresas.

Desventajas Persona Jurídica

Mayor dificultad al momento de constituirla, presenta una mayor cantidad de trámites y requisitos, requiere de una mayor inversión para su constitución, se les exige llevar y presentar una mayor cantidad de documentos contables, la propiedad, el control y la administración pueden recaer en varias personas (socios), presenta una mayor cantidad de restricciones al momento de querer ampliar o reducir el patrimonio de la empresa, presenta una mayor dificultad para liquidarse o disolverse.

Persona

es todo ente capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones. Se las clasifica en personas de existencia visible o físicas (ser humano) y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras).

Personalidad

Es la cualidad de ser persona, o sea, la aptitud para ser titular de derechos o deberes jurídicos. De allí que en el lenguaje ordinario se diga que sé es persona y que se tiene personalidad. Los términos Persona y sujeto de derecho se suelen utilizar como sinónimos. Si se entiende por sujeto de derecho aquel que actualmente tiene un derecho o deber, el concepto de persona es más amplio porque comprende también a quien puede llegar a tener un derecho o un deber, aunque actualmente no lo tenga. Dependiendo del tipo de persona bien sea jurídica o física, la personalidad se adquiere por diferentes procesos, los cuales mostraremos en los siguientes apartados.

Registro civil

Es un organismo administrativo o servicio público, encargado de dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas naturales, así como otros que las leyes le encomienden. En el Registro Civil se inscriben los nacimientos, la filiación, el nombre y apellido de las personas, los fallecimientos reales o presuntos, los matrimonios. Asimismo, puede corresponderle, según el país, el registro de las guardas, la patria potestad, las emancipaciones y las nacionalizaciones.

Fundamento del Registro Civil

Las relaciones sociales requieren frecuentemente acreditar de forma segura e indiscutible las condiciones de capacidad y el entorno familiar de las personas, su edad, su soltería o la posible incapacitación. La experiencia ha demostrado que los datos relativos al estado civil de las personas deben ser recogidos de modo fidedigno y custodiados en archivos oficiales. Esto beneficia, tanto a los interesados como al Estado y a los terceros. Además los estados modernos han mostrado un enorme interés por contar con un registro de sus ciudadanos, de gran utilidad para diversas cuestiones como el censo electoral, la protección de las familias numerosas, entre otros…

Antecedentes históricos del registro civil

Los vestigios más remotos que pueden citarse como antecedentes del Registro Civil los encontramos en algunas culturas orientales, en las que practicaban censos. En la antigua Roma (siglo VI a. C.), existieron datos censales desde la época del rey Servio Tulio. En el siglo II, se implantaron normas sobre filiación. También se decretó la obligación de los padres de registrar el nacimiento de sus hijos. Durante la Edad media, la expansión y el auge del catolicismo hizo que la iglesia católica tuviera el control del registro de los nacimientos y matrimonios. Los primeros libros parroquiales en donde aparecen inscripciones se encuentran en Francia e Italia central, a mediados del siglo XIV. La Revolución francesa de 1789 trajo consigo la constitución civil del clero y, en 1804, se reguló el funcionamiento del Registro Civil, secularizando en el Código de Napoleón. A partir del siglo XIX, su existencia se extendió al resto del mundo como parte del progresivo proceso ecualizador del Estado y el dictado de leyes laicistas.

La adquisición de bienes

Es uno de los actos más comúnmente repetidos a lo largo del día en la economía de mercado. Es mediante la compra o adquisición de un bien o servicio, normalmente sujeta al pago de un precio, que los consumidores entramos en contacto con los empresarios y profesionales que nos los facilitan a cambio del precio pactado. El lugar de encuentro de los que adquirimos

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