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Titulos De Credito


Enviado por   •  7 de Octubre de 2013  •  1.276 Palabras (6 Páginas)  •  247 Visitas

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4.1 CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS DE LOS DOCUMENTOS DE CRÉDITO

TITULO DE CREDITO: Concepto: según el artículo 5° de la ley general de títulos y operaciones de crédito, titulo 1° “de los títulos de crédito” se entiende como “titulo de crédito” a los documentos necesarios para ejercer el derecho literal que en ellos se consigna.

INCORPORACIÓN: La incorporación surge por una ficción de la ley, es un invento que recoge el legislador y le da una forma normativa para poder realizar determinados actos que materialmente no se pueden dar:

* Persona moral

* Representación

* Incorporación

Por ficción jurídica el derecho esta adherido al papel. Sin papel no hay derecho

* Es documento:

* Probatorio

* Constitutivo

* Constitutivo - dispositivo

*Se paga contra entrega de ese derecho que está incorporado a ese papel.

*Se debe exhibir para hacer valer el derecho

*La transmisión del principal, implica la de los accesorios = si yo transmití el derecho genero intereses y los accesorios serian pago de daños y perjuicios

*Para reivindicar debe hacerse sobre el título = si reivindico el titulo (la cosa) estoy obteniendo el derecho también

LEGITIMACIÓN: El titular del derecho debe acreditar ser el beneficiario original o haber adquirido por:

a) Endoso

b) Cesión

c) Tradición

* Se legitima, identificándose.- cuando se trata de título nominativo

* Si se transmitió con los endosos no interrumpidos (art. 39)

* Por cesión o tradición: puede ser simple, oneroso o gratuito.

LITERALIDAD: Determinación de los alcances del documento conforme a las palabras y cantidades.

LETRAS Y NÚMEROS

* Solo se puede exigir la obligación consignada (escrita)

* El derecho se mide y se determina de acuerdo al texto

* La naturaleza surge del texto (art. 14)

Si no dice que es título, no es tal

AUTONOMÍA: El titulo se independiza de la causa creadora.

Solo importa que CIRCULE y se PAGUE.

* Afecta el campo jurídico del suscriptor (deudor), porque si entra en circulación en contra de su voluntad vale.

* Afecta el patrimonio del de cujus o del incapaz (art. 71)

* Si NO CIRCULA, NO es autónomo

ABSTRACCIÓN

Cuando circula:

a) El acreedor no conoce al deudor

b) El deudor no conoce al acreedor

Al momento del endoso para su circulación

* El beneficiario original deja de ser el acreedor

* No existe límite para hacerlo circular

INTERES

El interés moratorio lo pactan las partes si hay incumplimiento, sino se pacta se debe acreditar los daños y perjuicios para que se cubran por el deudor.

En los contratos se puede establecer clausula penal y se puede comprobar daños y perjuicios siempre y cuando no sea por la misma causa, sino se excluyen.

Productos de capital: es lo que el capital produce cuando se le hace trabajar, si quiero que se incremente el capital lo pongo a trabajar Ej. Invertirlo en una sociedad bancaria, adquirir obligaciones, jugarlo en la bolsa de valores.

Deposito irregular: Es aquel del que el depositario puede disponer de bienes fungibles que no son de él.

Productos de capital que se obtienen a tasa variable: como las acciones

4.1.1 Clasificación de los títulos de crédito conforme a su forma de emisión y circulación

* Según su emisión: Se clasifican en singulares, seriales no bursátiles, seriales bursátiles.

Títulos singulares: son aquellos que no se emiten en serie o crecido número, sin que eso obstaculice su

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