Trabajo De Escuelas Juridicas
PARADALIZARAZO26 de Agosto de 2013
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TRABAJO DE ESCUELAS JURIDICA.
CUESTIONARIO
1. ¿Qué es la técnica jurídica?
Es el adecuado manejo de los medios que permiten alcanzar los objetivos que aquel persigue. Pero como estos se obtienen por formulación y aplicación de normas, tendremos que distinguir la técnica de formulación y la de aplicación de los preceptos del derecho. La primera a la que suele darse el nombre de técnica legislativa, es el arte de la elaboración o formulación de las leyes; la segunda atañe a la aplicación del derecho objetivo casos singulares. El manejo de la legislativa se refiere, pues, esencialmente, a la realización de fines jurídicos generales.
2. ¿Qué es la Interpretación de la ley?
La interpretación de la ley es la operación que consiste en establecer algún sentido de las normas jurídicas que forman el derecho legislado. Se trata de un tipo de Interpretación jurídica.
3. ¿Cuantas clases de interpretación de ley existen?
Existen 3 clases de interpretación de la ley
En cuanto a las clasificaciones más frecuentes de la interpretación de la ley, ellas se hacen desde el punto de vista del agente que la lleva a cabo, desde el punto de vista del resultado a que conduce, y desde el punto de vista de si la actividad interpretativa se encuentra o no reglada por el ordenamiento jurídico.
1. En atención al agente que la lleva a cabo, es posible distinguir entre interpretación pública e interpretación privada.
La interpretación pública se clasifica en interpretación legal, judicial y administrativa.
En cuanto a la interpretación privada, se trata de la que realizan los propios sujetos de derecho, los juristas y las que llevan a cabo los abogados en su condición de expertos en derecho.
2. Desde la perspectiva del resultado a que conduce, la interpretación legal se clasifica en estricta, extensiva y restrictiva.
• Interpretación estricta es aquella que conduce a la conclusión de que el texto legal debe ser interpretado únicamente a los casos que él expresamente menciona, sin extenderse a más casos de los que este contempla ni restringirse a menos de los señalados por el legislador.
• Interpretación extensiva, en cambio, es la que como resultado de la misma se concluye que la ley debe aplicarse a más casos o situaciones de los que está expresamente menciona.
• Interpretación restrictiva, por último, es aquella en cuya virtud se desprende que la ley objeto de interpretación debe aplicarse a menos situaciones de las que ella menciona expresamente.
3. La última clasificación de la interpretación legal es la que distingue entre interpretación reglada y no reglada.
Interpretación reglada es aquella que en cuanto al método que debe seguir el intérprete para establecer el o los significados de las normas legales interpretadas se encuentra normado por el respectivo ordenamiento jurídico.
Interpretación no reglada, en contraste, es aquella que no se encuentra regulada por el ordenamiento, de modo tal que el intérprete puede atribuir el significado a la norma legal de una manera más libre que en la anterior interpretación de la ley.
4. ¿Cuáles son los métodos de interpretación de la ley?
Los Métodos o elementos de interpretación de la ley son los medios de que dispone el intérprete para establecer el o los posibles sentidos y alcances de la ley interpretada. Estos medios son comúnmente aceptados por la doctrina y en ocasiones consagrados expresamente por los propios ordenamientos jurídicos. Estos elementos son el elemento gramatical, el histórico, el lógico, el sistemático y el teleológico.
1. El elemento gramatical es aquel que permite establecer el o los sentidos y alcances de la ley haciendo uso del tenor de las propias palabras de la ley, es decir, al significado de los términos y frases de que se valió el legislador para expresar y comunicar su pensamiento. Este método interpretativo parte del supuesto que la voluntad e intención del legislador está impregnada en la ley; y como la ley está escriturada, entonces la mejor manera de descifrar la verdadera intención legislativa es a través de las palabras de que hace éste.
2. El elemento histórico permite interpretar el derecho legislado aludiendo para ello a la historia del texto legal que se trata de interpretar. Esta historia se ve reflejada en cada una de las historias o etapas del proceso de formación de la ley. Se basa en encontrar el verdadero sentido de la ley, investigando sus antecedentes, su génesis, o sea las necesidades que le dieron origen y evolución.
3. El elemento lógico es aquel que para establecer el o los sentidos o alcances de una ley se vale del análisis intelectual de las conexiones que las normas de una misma ley guardan entre sí o bien, con otras leyes que versen sobre la misma materia.
4. El elemento sistemático permite interpretar la ley atendiendo a las conexiones de la misma pero con la totalidad del ordenamiento jurídico del cual forma parte, incluidos los principios generales del derecho. Así, este método no es sino un grado más avanzado del método lógico.
5. El elemento teleológico, por último, es aquel que permite establecer el sentido o alcance de un precepto legal atendiendo al fin de esta, es decir, a los determinados objetivos que se buscó conseguir mediante su establecimiento.
5. En qué consiste el método Exegético
Es el método de interpretación por el cual se estudia artículo por artículo, de las normas jurídicas, en tal sentido sólo puede ser utilizado para estudiar o interpretar normas legales y no otras fuentes o partes del derecho. Lo que no existe en la ley, no está en ninguna parte.
6. ¿En qué consiste el método de la libre investigación científica?
Este método consiste en que si la ley no es clara, el método de la investigación científica propone acudir a otras fuentes auxiliares del derecho como la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina, la equidad y adicionalmente acudir a otras ciencias auxiliares del derecho como a la balística, a la antropología, a la sociología, a la psicología, a la medicina forense, la criminología etc.
Se denomina libre porque se sustrae de toda autoridad positiva. Se denomina científica porque acudimos a las ciencias para respaldar de manera objetiva un argumento.
Tiene su punto de encuentro el método de la libre investigación científica con el método savigniano cuando al haber lagunas acudimos a la analogía.
Se opone al método exegético ya que esté carece de un método científico y no se ocupa de analizar las necesidades de la sociedad.
Según Geny la finalidad de la interpretación es descubrir el pensamiento del legislador para que se revelen las circunstancias dominantes de la época en la que se formuló y no las existentes en el de la aplicación.
Ratio Legis: la razón de la ley, hace referencia a que el intérprete represente con mayor exactitud las relaciones de hecho que ha querido el legislador organizar jurídicamente, teniendo en cuenta las circunstancias del caso en concreto.
Ocassio legis que el intérprete investigue la ocasión, el tiempo, la época en la que la ley nació y circunstancias que llevaron a su expedición.
Criterios en que se basa la investigación científica
•principio de la autonomía de la voluntad
•el orden y interés público
•la articulación o el justo equilibrio entre esos intereses que son opuestos
7. ¿Qué comentarios le merecen a usted los métodos “exegéticos” y “de la libre investigación científica”?
Considero que el método exegético me garantiza que la ley es una sola y sobre ella no versa nada más, este método sólo puede ser utilizado para estudiar o interpretar normas legales y no otras fuentes o partes del derecho; y el método de la libre investigación científica es un método que no me pone tantas trabas cuando de hallar un resultado se trata y la ley no es muy clara, nos da otras alternativas, como las de recurrir a otras fuentes o ciencias auxiliares del derecho para su esclarecimiento.
8. ¿En qué consiste el método de la escuela del derecho libre?
El método interpretativo de la escuela del derecho libre tiene una función integradora en el ámbito judicial, mas no en el legislativo, ya que se dirige al juez y no al legislador, el derecho libre en efecto, se considera un derecho científico, tiene como método la sociología jurídica que distingue entre derecho estatal y el derecho vivo.
El derecho libre consiste en que si el texto es diáfano entonces se acude al método exegético, es decir hay un apego a la ley de lo contrario aplicamos la escuela del derecho libre o se acuden a otros métodos o escuelas de interpretación.
Se denomina “derecho libre” por las convicciones predominantes que tiene la gente en un cierto lugar y un cierto tiempo sobre lo que es justo y que efectivamente regulan las conductas de esas gentes.
Los principales postulados
• Se oponen al formalismo jurídico.
• El derecho es libre e independiente del estatal pero se origina de él.
• El juez no solo descubre sino que crea derecho, cuya labor tiene como finalidad la justicia.
• El juez tiene como base la discrecionalidad judicial
• El juez debe y puede prescindir de la ley
• La función jurisdiccional es misión del estado
• No acepta que la ley sea la única fuente del derecho positivo.
9. a. En que consiste la Jurisprudencia de Intereses.
La jurisprudencia de intereses considera al derecho
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