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Trabajo Derecho Concursal


Enviado por   •  6 de Octubre de 2013  •  1.605 Palabras (7 Páginas)  •  426 Visitas

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asuntos no contenciosos, entre: (5 puntos)

NOTARIO PÚBLICO JUEZ DE PAZ LETRADO

Adopción El costo se debe de acuerdo a la tarifa que tenga el notario público.

El tiempo es de acuerdo a como haga los tramites el Notario.

La adopción es la creación de una filiación artificial, Es un acto jurídico sin condición, por el que un hijo ajeno se convierte en propio. En consecuencia, el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante y deja de pertenecer a su familia consanguínea. Este trámite se realiza notarialmente, sólo en los casos en los

cuales el adoptado sea mayor de edad y goce de capacidad de ejercicio.

Requisitos:

A. Minuta dirigida al Notario, autorizada por abogado; que consigne los siguientes datos:

• Datos personales del adoptante.

• Datos personales del adoptado.

• La manifestación expresa del adoptante y el adoptado de celebrar el acto jurídico de adopción.

• Declaración bajo juramento del adoptante de gozar de solvencia moral.

• Fundamentos de derecho.

• Indicar los medios probatorios que se adjuntan.

• Firma del adoptante y adoptado.

B. Anexos de la minuta.

• Copia legible del documento de identidad del adoptante.

• Copia legible del documento de identidad del adoptado.

• Partida de nacimiento del adoptante.

• Partida de nacimiento del adoptado.

• Partida de matrimonio del adoptado, en caso este fuese casado.

• Partida de matrimonio del adoptante, en caso este fuese casado.

• En el supuesto que el adoptante haya sido representante legal del adoptado se presentara el documento

que acredite que las cuentas de su administración han sido aprobadas.

• En el supuesto de que el adoptado tuviese bienes se presentara inventario en instrumento público.

• Los medios probatorios destinados a acreditar la solvencia moral del adoptante.

Trámite: Una vez calificada la documentación en la Notaría, se eleva la minuta a escritura pública, la cual deberá ser suscrita por el adoptante y adoptado, posteriormente se envían los partes a la RENIEC o registro civil de la municipalidad en donde se encuentra inscrito el nacimiento a fin de que anote la adopción y se expida una nueva partida, conforme a ley.

De acuerdo a la Ley orgánica del poder Judicial art. 70, El costo es gratuito.

El tiempo es de acuerdo a la carga procesal que hubiere.

Competencia

Juzgados de Familia

Definición

Es una medida de protección al Niño y Adolescente, dictado por un Juez, bajo la vigilancia del Estado, se realiza a través del Juzgado de Familia cuando hay un vínculo entre adoptado y adoptante. Aquí, el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante.

Requisitos

- Que el adoptante goce de solvencia moral.

- Que la edad del adoptante sea, por lo menos, igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar.

- Que cuando el adoptante sea casado, su cónyuge preste su asentimiento.

- Que el adoptado, dé su consentimiento, si es mayor de 10 años.

- Que consientan los padres del adoptado, si estuviese bajo su patria potestad.

- Si el adoptado es incapaz, debe oírse al Tutor o Curador.

- Que si el adoptante es extranjero y el adoptado menor de edad, aquel debe ratificar, personalmente, ante el Juez su voluntad de adoptar.

- Partida de Nacimiento del menor.

- Partida de Matrimonio de los adoptantes.

- Certificado Médico- Salud Mental/ Física.

- Certificado de Antecedentes Penales y Policiales.

- Fotos (Que acrediten vivencias familiares con el menor).

- Certificado de estudios u otros documentos que acrediten que el adoptante vela por el bienestar del menor.

Procedimiento

Cuando el peticionario sea familiar o haya prohijado al niño o adolescente.

Tramites

- Contestar la demanda (madre o padre biológico)

- Audiencias

- En caso que no contesten la demanda los padres biológicos o familiares, se hacen publicaciones por edictos.

- Nombramiento del curador, quién deberá contestar la demanda.

Prescripción adquisitiva de dominio El costo se debe de acuerdo a la tarifa que tenga el notario público.

El tiempo es de acuerdo a como haga los tramites el Notario.

REQUISITOS GENERALES

Respecto del solicitante:

• En el caso de persona natural, deberá adjuntar copia de su documento de identidad vigente y con la constancia de la última votación. Si actúa en representación de otra persona natural deberá adjuntar Vigencia de Poderes, con antigüedad no mayor a 30 días.

• En el caso de personas jurídicas, el representante deberá adjuntar la copia de su documento de identidad vigente y con la constancia de la última votación. Adicionalmente, deberá presentar el Certificado de Vigencia de Poder, con antigüedad no mayor a 30 días naturales, que acredite facultades del

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