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Derecho Concursal


Enviado por   •  7 de Agosto de 2012  •  1.034 Palabras (5 Páginas)  •  731 Visitas

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A) A veces se lo estudia dentro de la teoría general de los derechos subjetivos aun cuando es obvio que existen derechos subjetivos no patrimoniales.

B) A veces se lo estudia dentro de la teoría general de los derechos reales a propósito del tema "el objeto del derecho", aun cuando difícilmente pueda admitirse que el patrimonio sea un objeto de derecho o que exista un derecho real cuyo objeto sea el patrimonio.

C) Algunas veces se estudia el patrimonio a propósito de las sucesiones lo que conduce a tratar conjuntamente de los conceptos de patrimonio y "herencia", con resultados que no parecen ser muy felices, y

D) Otros autores realizan el estudio del patrimonio dentro del Derecho de las Obligaciones al tratar de la responsabilidad del deudor, lo que presenta algunas ventajas en los Derechos del sistema francés.

2° Los programas de muchas Facultades de Derecho venezolanas, colocan el tema al inicio del programa de Derechos Reales al parecer con la idea de exponer una introducción común a estos derechos y a los derechos de crédito. En realidad unos y otros son derechos patrimoniales; pero desde el punto de vista pedagógico parece que el tema se propone al alumnado antes de que sus conocimientos le permitan aprovecharlo debidamente. Por tal motivo, aunque sabemos que ello no se justifica desde el punto de vista sistemático hemos optado por tratar la materia al final del estudio de los Derechos Reales para que el alumno la encuentre en el curso donde la exige sus Programa de Estudios; pero la aborde cuando ya tienen mayores conocimientos que al principio de ese mismo curso.

No obstante, siempre atentos a las consideraciones pedagógicas haremos una exposición de la materia limitada a sus aspectos básicos.

Concepto

La definición más corriente es la que el patrimonio es un conjunto de bienes pertenecientes a una persona que tienen una utilidad económica y que pueden ser valorados en dinero. Sin embargo cuando en esta definición se dice "conjunto de bienes" debemos rechazarla, porque los bienes son objeto de los derechos (donde recae la potestad del hombre) y el patrimonio no lo es.

Se define al patrimonio como el conjunto de relaciones jurídicas pertenecientes a una persona, que tienen una utilidad económica y por ello son susceptibles de estimación pecuniaria. Estas relaciones jurídicas están constituidas por deberes y derechos, por activos y pasivos.

Serán tres los elementos que integran el patrimonio:

1) Su composición como conjunto unitario de derechos (no de cosas) y también de obligaciones.

2) Su significación económica y pecuniaria, ya que solo las relaciones jurídicas de carácter pecuniario (derechos reales, derechos de crédito) forman el contenido del patrimonio; y.

3) Su atribución a un titular como centro de sus relaciones jurídicas.

La palabra "Patrimonio" a veces es usada en sentido impropio; en algunos casos para designar el valor matemático que resulta de restar la suma de los valores del pasivo de la suma de los valores del activo. en esta acepción es el "Patrimonio Neto". en oposición al "Patrimonio Bruto", que es el representado por la suma de los valores del activo, sin la deducción del pasivo que lo grava.

Será entonces "Patrimonio Neto" el conjunto de cosas y los créditos, deducidas las deudas, es decir, activo menos pasivo será igual a patrimonio neto. "El Patrimonio Bruto", está constituido por el conjunto de relaciones patrimoniales sin hacer esta deducción (activo más pasivo), ya que el patrimonio en sentido jurídico,

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