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Un nuevo Informe de ley y extracto, Profeco


Enviado por   •  1 de Octubre de 2015  •  Apuntes  •  808 Palabras (4 Páginas)  •  779 Visitas

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México, Distrito Federal a 18 de septiembre de 2015.

PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR

DELEGACIÓN YUCATAN.

P R E S E N T E

                                                 Expediente: PFC.YUC.B.3/0000-2015.

        Consumidor: XXXXXXXXXXXX.

XXXXXXXXXXXXXX, apoderado legal de XXXXXXXXXX, S DE R.L. DE C.V. personalidad que acredito con la Escritura Pública número XXXXX de fecha 27 de Septiembre de 2013, pasada ante la fe del Notario Público xxx del Estado de México el Licenciado XXXXXXX con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en la calle XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y autorizando para que las reciban a los Señores XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX con el debido respeto comparezco para exponer:

Con fundamento en el artículo 112 de la Ley Federal de Protección al Consumidor rindo el INFORME DE LEY correspondiente a la queja presentada por la parte consumidora el C. xxxxxxxxxxxxxxxxx.

INFORME DE LEY

Respecto de los hechos mencionados por el consumidor, me permito manifestar lo siguiente:

1.- El hecho que señala la consumidora respecto la adquisición que hizo de un Aire Acondicionado de la marca de mi representada, es cierto.

2.- El hecho que señala el consumidor respecto de que mi representada ha dado evasivas, lo niego toda vez que no tengo conocimiento de ese hecho.

3.-Mi representada ofrece la aplicación de la garantía en los términos y condiciones de la póliza de la misma.

 

4.- El articulo 114 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, establece que para la substanciación del procedimiento de conciliación se aplicara como legislación supletoria el Código de Procedimientos Civiles, mismo que en su articulo 81 establece a la letra:

“Articulo 81. El actor debe probar los hechos constitutivos de su acción y el reo los de sus excepciones”.

De tal suerte que, el consumidor pretende que esta H. Autoridad crea en su palabra sin fundamento, toda vez que no ha probado la veracidad de su dicho, siendo que por derecho se encuentra obligado a probar sus afirmaciones.

5.- En caso de no haber conciliación entre las partes, con fundamento en el articulo 116 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, mi representada se REHUSA a someterse a arbitraje alguno por parte de esta Procuraduría, solicitando se dejen a salvo los derechos de ambas partes.

6.- Desde este momento, y con fundamento en el sexto párrafo del articulo 104 de la ley de la materia, me OPONGO TERMINANTEMENTE a que las notificaciones posteriores a mi representada sean practicadas por medio de estrados, para los efectos legales a que haya lugar.

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