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Usurpacion De Funciones


Enviado por   •  8 de Octubre de 2012  •  1.189 Palabras (5 Páginas)  •  716 Visitas

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EL DELITO DE USURPACION DE AUTORIDAD. ESTUDIO Y ALCANCES SOBRE EL MOMENTO DE SU CONSUMACION

1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA E HIPOTESIS

El delito de usurpación de funciones es un tipo penal que en cuanto a su consumación se han planteado diversas concepciones. En efecto, el momento de la consumación del presente ilícito penal ha llevado a que en doctrina nacional se gesten dos vertientes dirigidas a establecer dicho momento. La concepción que tengamos en cuanto al planteamiento realizado será de vital importancia, puesto que nos ayudará a fijar las consecuencias y los efectos jurídicos que la realización de dicho ilícito desplegará en la realidad extrajurídica. c) Que, el 23 de marzo del 2009, cuando se suscitaron los hechos materia del procedimiento administrativo disciplinario y sanción, mi persona se encontraba desde las 08:30 hasta las 10:30 con mi colega Gerson Inga Rivera, en el taller de mecánica de Manuel Villanueva Espinoza, haciendo arreglar los desperfectos mecánicos del patrullero de la Comisaría PNP de Huacaybamba. En el procedimiento administrativo hay una serie de contradicciones, que afectan el debido proceso, puesto que inicialmente me imputaron no haber puesto a disposición el 21 de marzo del 2009, a la persona de Timotea Vega Rivera por encontrarse requisitoriada, después me atribuyen que dicha persona en compañía de su esposo Anastacio Inocente Rodríguez, los interviene conduciéndolos a la Comisaría PNP de Huacaybamba, y finalmente me imputan la infracción prevista en el Artículo MG-5 de la Ley 288338, por lo cual debo señalar que en todo el desarrollo del procedimiento disciplinario, nunca me probaron que he solicitado dinero o dádiva alguna. Asimismo debo afirmar que los testigos Jorge Luciano Lozada Ríos y Ruth Navarro Rodríguez, en sus testimoniales que obran en autos, refieren que desconocen todo y nunca lo vi al policía Rene Roca Inga en el domicilio de Anastacio Inocente Rodríguez, y que no han sido merituados ni valorados en ámbito administrativo.

d) Es necesario también señalar a pesar que se evidencia de manera clara la vulneración al principio de Legalidad, el órgano encargado de la investigación administrativa, remite todo lo actuado a la Sétima Sala Tribunal Disciplinario Nacional, (es el órgano que se encarga en última instancia de la administración disciplinaria de la PNP). Cuyos miembros haciendo uso del ejercicio abusivo, ilegítimo e equivocado del derecho, reproduciendo lo concluido por el órgano de investigación, emiten la Resolución Administrativa mediante el cual resuelven confirmar la sanción al recurrente. No existe prueba alguna que acredite que mi persona haya solicitado, aceptado, u ofrecido directa o indirectamente dinero bienes etc., a cambio de algún acto de omisión funcional, es más esta resolución administrativa es injusta, porque además carece de una debida motivación fundada en derecho, vale decir han sustentado su decisión en hechos subjetivos y no concretos.

c) Que, el 23 de marzo del 2009, cuando se suscitaron los hechos materia del procedimiento administrativo disciplinario y sanción, mi persona se encontraba desde las 08:30 hasta las 10:30 con mi colega Gerson Inga Rivera, en el taller de mecánica de Manuel Villanueva Espinoza, haciendo arreglar los desperfectos mecánicos del patrullero de la Comisaría PNP de Huacaybamba. En el procedimiento administrativo hay una serie de contradicciones, que afectan el debido proceso, puesto que inicialmente me imputaron no haber puesto a disposición el 21 de marzo del 2009, a la persona de Timotea Vega Rivera por encontrarse requisitoriada, después me atribuyen que dicha persona en compañía de su esposo Anastacio Inocente Rodríguez, los interviene conduciéndolos a la Comisaría PNP

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