VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
13 de Septiembre de 2014
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NORMATIVIDAD SOBRE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
RESUMEN
El impacto de la violencia en la familia, es un hecho que cada día se reconoce más, a pesar de que esta, en la mayoría de los casos, se vive y soporta reservadamente, debido a la valoración que existe de la familia como grupo social privado por excelencia. Es así, como la violencia intrafamiliar constituye una práctica contradictoria, en razón a la que se espera de la familia como instancia de gran valoración social, frente a los abusos que suceden al interior de la misma.
La magnitud de la problemática es difícil de determinar. Los estudiosos sobre la familia indican, que tal violencia se genera en todos los estratos socioeconómicos de la población, pero sus manifestaciones difieren en cada una de ellas, inclusive en las distintas regiones del país. Por lo tanto, los modelos de prevención e intervención a esta situación deben ser adoptados y particularizados, con el objeto de dar respuesta a las características socio-culturales propias de las familias.
Esta problemática fue regulada en la ley 294 de 1996, y modificada por la ley 575 de 2000, y ley 1257 de 2008 (diciembre 4), por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996.
PALABRAS CLAVES
Ley; violencia intrafamiliar; prevención; familia; problemática; justicia; delito; constitución; protección.
ABSTRACT
The impact of violence in the family, it is a fact that every day being recognized, despite this, in most cases, and supports live quietly, because there valuing family as a social group quintessential private. Thus, as domestic violence is a contradictory practice, due to the expected family as an instance of great social value, from abuses that occur within it.
The magnitude of the problem is difficult to determine. Scholars on the family indicate that such violence is generated in all socioeconomic strata of the population, but its manifestations are different in each of them, even in different regions of the country. Therefore, the prevention and intervention models this situation should be adopted and particularized, in order to respond to the socio-cultural characteristics of families.
This issue was regulated by Law 294 of 1996 and amended by Act 575 of 2000 and Law 1257 of 2008 (December 4), by establishing rules of awareness, prevention and punishment of all forms of violence and discrimination against women are reformed Penal code, Criminal Procedure, Law 294 of 1996.
KEY WORDS
Act; domestic violence; prevention; family; issues; justice; crime; constitution; protection.
Mediante el principio consagrado en el Artículo 42 de la Constitución Nacional el cual contempla que “…Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad, y será sancionada conforme a la Ley…”, el Congreso de Colombia el 16 de julio de 1.996 expidió la Ley 294 cuyo objetivo fue:
“Dictar algunas normas que en su momento se estimaban pertinentes y conducentes para prevenir, remediar y sancionar la VIOLENCIA INTRAFAMILIAR”.
Esto, mediante un tratamiento integral de las diferentes modalidades de Violencia en la Familia, a efectos de asegurar a ésta su armonía y unidad.
Con el transcurso del tiempo se vio la necesidad de implementar dicha Ley y de suministrar herramientas a las autoridades para tratar de solucionar este flagelo, por lo que la Ley 294 fue modificada parcialmente por la Ley 575 del 9 de febrero del año 2.000.
En estas dos leyes se comenzó a purificar el concepto de Familia para tener en cuenta en el área Jurídico Penal; allí establece que la familia se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla; y hace un listado de qué personas se consideran conforman la familia a saber:
a) Los cónyuges o compañeros permanentes;
b) El padre y la madre de familia, aunque no convivan en un mismo hogar;
c) Los ascendientes o descendientes de los anteriores y los hijos adoptivos;
d) Todas las demás personas que de manera permanente se hallaren integrados a la unidad doméstica
¿QUE SE ENTIENDE POR UNIDAD DOMÉSTICA ?
“La variedad de personas que por su parentesco de consanguinidad, civil o de afinidad, o simplemente por la existencia de una estrecha afección, comparten bajo un mismo techo la intimidad de la familia; donde la intimidad comprende el amor, el alimento y la solidaridad”.
De acuerdo a la Constitución y las Leyes esa unión entre el hombre y la mujer se hace en igualdad de condiciones, esto quiere decir que no el hombre por ser hombre tiene más derechos o privilegios frente a la mujer, al igual la mujer no por serlo tiene más o menos derechos o privilegios frente a él.
Los derechos, las obligaciones y responsabilidades que tiene cada uno de los integrantes de una pareja, uno frente al otro, frente a la familia, frente a la ley, frente a cada uno, es la misma que cobija al otro u otra.
¿QUE ES LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?
Se entiende por violencia intrafamiliar el conjunto de acciones y actitudes que se expresan por medio de agresiones que pueden ser físicas, psicológicas y sexuales por parte de una persona sobre otro miembro de su familia.
¿QUIENES SON LAS VICTIMAS DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?
La víctima de violencia intrafamiliar es cualquier persona considerada cónyuge del agresor o que haya convivido de alguna manera con él. Así, podría ser hacia mujeres, hombres, niños, ancianos y discapacitados. Además, es importante destacar que dentro de la violencia intrafamiliar están considerados el maltrato infantil, la violencia hacia el adulto mayor, hacia minusválidos y entre cónyuges. En este último tipo de maltrato el más común es de parte de los hombres hacia las mujeres; sin embargo, existen también algunos casos de violencia de mujeres hacia hombres.
¿QUE TIPOS DE ACTOS SE CONSIDERAN COMO PARTE DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?
Los tipos de actos considerados como parte de la violencia intrafamiliar son golpes o incidentes graves, insultos, manejo económico, amenazas, chantajes, control de actividades, abuso sexual, aislamiento, prohibición de trabajar fuera de casa, abandono afectivo, humillación y no respeto de opiniones. Todos estos tipos de maltratos se pueden clasificar en (articulo 3 ley 1257 del 2008):
FÍSICOS: si se atenta contra el cuerpo de la otra persona;
SICOLÓGICOS: si existe el intento de causar miedo, la intimidación o cualquier tipo de insulto, descalificación o intento de control;
SEXUALES: si hay un acto sexual impuesto o en contra de la voluntad de la víctima;
PATRIMONIAL: Pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores, derechos o económicos destinados a satisfacer las necesidades de la mujer.
CICLO DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Primera fase: Acumulación de tensión
Se caracteriza por la ocurrencia de manifestaciones de violencia, que muchas veces son consideradas como “menores” por la víctima. En esta fase es muy común que se atribuya la conducta agresiva a factores externos, lo que hace que quien agrede no se sienta responsable de su conducta y por otro lado quien es víctima de esta agresión ejecute conductas destinadas a disminuir la tensión.
Segunda Fase: Crisis o episodio agudo (explosión de violencia)
Se caracteriza por la descarga de violencia. Se produciría en esta etapa un nivel de destrucción que la diferencia de la etapa anterior. Al término de este episodio, existe un estado de conmoción, confusión y ambivalencias.
Tercera Fase: Arrepentimiento o luna de miel
Se caracteriza por el arrepentimiento, el comportamiento cariñoso y afectivo del agresor. Surgen las promesas de cambio, los “nunca más, te prometo que no se vuelve a repetir” .No hay episodios de tensión y la víctima trata de confiar en que el otro efectivamente cambiará. Esto puede ser reforzado, explícita o implícitamente por el entorno familiar o social, quienes pueden ejercen presión para mantener la unidad de la pareja, minimizando muchas veces la gravedad de lo ocurrido.
La violencia también es el resultado de la desigualdad cultural, histórica y social, presente entre hombres y mujeres, y arraigado en la ideología de quienes se ven afectados por este fenómeno, ya sea por el miedo al qué dirán, a enfrentarse a la misma familia, por temor a perder la vida, etc.
Otro aspecto que transciende a que se de la violencia, tiene su razón en el poder, en el género y en la falta de recursos económicos. En donde la figura patriarcal señala una notable desigualdad de sexos, y le da poder al sustentador económico del hogar a tener la última palabra, a ejercer un control en quienes lo rodean.
Debemos también considerar el impacto que la violencia deja en las mujeres y los niños (a) que son víctimas de este flagelo y que a futuro se convertirán en los golpeadores y maltratadores de sus propias familias, sin desconocer el camino que pueden tomar para escapar de esto, es así, como podemos a los posibles pandilleros, drogadictos, alcohólicos violadores, y suicidas etc.
Debemos entender entonces que la violencia en las familias es un modelo de conductas aprendidas, represivas que
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