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Valores, Principios Constitucionales Venezolanos


Enviado por   •  7 de Octubre de 2014  •  3.463 Palabras (14 Páginas)  •  1.244 Visitas

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La Constitución sancionada en 1999, invoca el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar, como fundamento del patrimonio moral y de los valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional. Ello significa que hay que conocer el pensamiento de nuestro Libertador, que se encuentra expresado en los tres textos que mejor lo exponen: La Carta de Jamaica, el Discurso de Angostura y el Proyecto de Constitución de Bolivia. El Preámbulo también hace referencia al heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de la patria libre y soberana. Otro de los aspectos tratados es el referente a la refundación de la República, de allí que se comenzó por cambiar el nombre. De República de Venezuela pasó a denominarse República Bolivariana de Venezuela. Refundar significa volver a edificar, construir, echar de nuevo las bases de nuestra reforma republicana. Se trata de establecer una sociedad democrática, participativa, protagónica, multiétnica y pluricultural.

Establece también la Carta Democrática Interamericana que los valores superiores son componentes fundamentales del ejercicio de la democracia la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, el respeto por los derechos sociales, la libertad de expresión y de prensa, la subordinación constitucional de todas las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida y el respeto al Estado de derecho de todas las entidades y sectores de la sociedad, surgiendo en nuestra carta magna los principios Constitucionales, nuestra Carta Magna en su artículo 2, consagra que esta nación se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, y propugna un conjunto de valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico y de su actuación. De allí surge el presente ensayo sobre el significado de dichos valores superiores y los principios constitucionales, lo que permitirá destacar su relevancia para la actuación del Estado, el diseño de sus políticas públicas, y sus relaciones con los ciudadanos y la sociedad civil. Se refiere a los valores y principios declarados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Por esta razón se fundamenta en los valores y principios que se encuentran desde el preámbulo hasta el último de los artículos y constituye el fundamento filosófico y político de Venezuela y en consecuencia la base de su sistema jurídico, de allí lo que cada uno de nosotros entiende como “valor” nace de las percepciones individuales que cada quien le otorga a una determinada realidad. Esta realidad puede ser tangible cuando se refiere a bienes e intangibles cuando son ideas. Los valores son bienes intangibles.

De este modo, la palabra valor significa en filosofía y según el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua: “realidad que poseen algunas realidades llamadas bienes, por lo cual son estimables”. En cambio para el diccionario jurídico venezolano, el valor es “coste, precio, rédito, fruto. Producto de bienes, cargos o actividades”. Los valores tienen polaridad en cuanto son positivos o negativos, y jerarquía en cuanto son superiores o inferiores. Los valores pueden ser positivos o negativos pero es evidente que la Constitución se refiere, exclusivamente a los valores más apreciados por los venezolanos y que se consideran positivos.

Como se encuentran consagrados en la Constitución estos deben inspirar todas nuestras actuaciones públicas y privadas y, fundamentalmente las actuaciones de quienes ejercen el Poder Público, desde el Presidente de la República hasta los funcionarios que ocupan la base de la Administración Pública. Entendemos por “Principio” una norma o idea fundamental que rige el pensamiento o la conducta”. Tal como aparece reflejado en el preámbulo de la Constitución. Muchas veces se usa la palabra valor y la palabra principio como sinónimos; lo que pasa es que la norma ideal o principio generalmente consagra valores que consideramos fundamentales.

El artículo 2 de la Constitución señala que el Estado propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad y en general , la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político. Los principios y valores constitucionales en Venezuela, nacen del ant4es mencionado y son:

a) El derecho a la vida Es considerado como el fundamento de los demás derechos por ser estimado como condición de posibilidad para el desarrollo de cualquier proyecto de felicidad o libertad. Vincula distintos factores, como por ejemplo el acceso a los medios de subsistencia para la satisfacción de las necesidades básicas, a la salud física y mental, al desarrollo de la personalidad. Abarca también el derecho a la seguridad frente a la violencia.

b) La Libertad El hombre es un ser por naturaleza inteligente y libre, y por esas dos condiciones humanas también es un ser responsable de sus actos. La libertad es el campo de acción dentro del cual pueda desenvolverse y desarrollarse la humanidad, inclusive el hecho de no escoger, siempre y cuando respete el derecho ajeno, su único límite es sólo lo que la ley expresamente prohíbe. Para ser auténticamente libre se debe tener conocimiento, por lo que es esencial el libre acceso al conocimiento y a la información, de manera que cada quien pueda formarse un criterio y tomar una decisión responsable, por voluntad propia y sin constreñimiento externo.

c) La justicia Para el filósofo griego Platón es la virtud fundamental de la cual derivan todas las demás virtudes, pues es el principio armónico ordenador de estas. Para el filósofo griego Aristóteles, la justicia como idea básica sobre la cual debe inspirarse el derecho, es una medida de proporcionalidad de los actos. Para que un orden jurídico sea justo, debería ser un conjunto armónico de normas que reglen con igualdad proporcional y equilibrada las relaciones entre las personas y los procesos de distribución de la riqueza.

d) La igualdad significa recibir el mismo trato, gozar de idénticas oportunidades en todos los aspectos de la vida social. Todos los individuos poseen los mismos derechos e idénticos deberes, con independencia de raza, sexo, nacionalidad, edad, creencia, o condición social o política.

e) La responsabilidad social implica una relación inversa a los anteriormente señalados, en el sentido que el sujeto obligado en este caso además del estado, es el ciudadano con los demás miembros de la sociedad y con el Estado, participando activamente en el proceso social de su comunidad, contribuyendo en base a sus talentos y condiciones

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