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Vicios Ocultos Romano


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  526 Palabras (3 Páginas)  •  379 Visitas

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Practica 1

Sobre los vicios ocultos

Grupo 2

Clase 1º de Derecho Grupo M

1)Identificar los puntos clave del problema o delimitar el problema

Partiendo de que para que exista la figura del vicio oculto, ha de existir un contrato de compraventa, el en supuesto analizado intervienen los siguientes actores:

Sujeto activo: Humberta

Sujeto pasivo: Concesionario

Cosa objeto de compra-venta (Merx): Vehiculo

Vicio oculto: Cable fibra de vidrio del vehiculo

Terceras personas: Mecanico especialista, valiendonos del sistema que usaban los romanos en cuanto al funcionamiento interno de negocios, entendemos que dicho sujeto, el mecanico especialista, esta sujeto al alieni iuris, motivo por el cual respondera por el el concesionario, entendiendose que el dueño de éste es el paterfamilias y por tanto el responsable de la venta.

Siendo que el defecto sobre la cosa objeto de compra-venta es causa suficiente para el anormal funcionamiento de la misma y su gravedad afecta al desempeño del susodicho, Humberta, podra rescindir el contrato interponiendo ante el Pretor la accion redhibitoria.

Una vez pasada la reparacion que realiza el mecanico jefe, se puede entender que hubiera negligencia y por tanto reclamar con la Actio Empti, en el caso que el vendedor se haya negado ha realizar promesa sobre la merx.

Pregunta 2, ¿que es un contrato de compraventa?

El contrato de compraventa es un contrato consensual, bilateral, oneroso, de buena fe y de derecho de gentes en virtud del cual el vendedor transfiere al comprador la pacifica posesion de una cosa a cambio de un precio.

2) requisitos de vicio oculto

Defecto no aparente pero si existente

No declarado por el vendedor

Ha de manifestarse con posterioridad al momento de celebracion del contrato.

3)Plantea el problema un caso de vicios ocultos

Si, ya que se cumplen todos los requisitos de tal, incluso se ha de preveer que el traslado que realiza Humberta desde la compra (1 de Julio), hasta el descubrimiento del vicio oculto (15 dias despues) el vehiculo no presenta ninguna anomalia por lo que el vicio oculto es posterior al contrato de compraventa, no siendo Humberta ni la causante, ni comunicada de dicho defecto.

4)Se puede reclamar

Si, se puede interponer la accion

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