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Violacion


Enviado por   •  9 de Julio de 2015  •  1.853 Palabras (8 Páginas)  •  210 Visitas

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Requisitos

Dado lo anterior, se tiene que el Artículo 33 citado anteriormente establece para cada registro o asiento contable, los siguientes requisitos:

Analíticos y registrados en plazo máximo de 5 días

Cada registro o asiento contable debe ser analítico y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, actos o actividades a que se refieran, a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad.

Integración cronológica, saldos y totales

Integrarse en el libro diario, en forma descriptiva, todas las operaciones, actos o actividades siguiendo el orden cronológico en que éstos se efectúen, indicando el movimiento de cargo o abono que a cada una corresponda, así como integrarse los nombres de las cuentas de la contabilidad, su saldo al final del periodo de registro inmediato anterior, el total del movimiento de cargo o abono a cada cuenta en el periodo y su saldo final.

Podrán llevarse libros diario y mayor por establecimientos o dependencias, por tipos de actividad o por cualquier otra clasificación, pero en todos los casos deberán existir los libros diario y mayor general en los que se concentren todas las operaciones del contribuyente.

Relación de folios asignados

Cada asiento o registro debe permitir la identificación de cada operación, acto o actividad y sus características, relacionándolas con los folios asignados a los comprobantes fiscales o con la documentación comprobatoria, para identificar:

• La forma de pago

• Las distintas contribuciones, tasas y cuotas, incluyendo exentas

Inversiones

En caso de inversiones, cada registro o asiento contable debe permitir la identificación estas, relacionándolas con la documentación comprobatoria o con los comprobantes fiscales, de tal forma que pueda precisarse:

• La fecha de adquisición del bien o de efectuada la inversión

• Su descripción

• El monto original de la inversión

• El porcentaje e importe de su deducción anual

• La fecha de inicio de su deducción

Integración de saldos

Relacionar cada operación, acto o actividad con los saldos que den como resultado las cifras finales de las cuentas.

Estados financieros

Formular los siguientes estados:

• Estado de posición financiera (relacionado con las cuentas de cada operación)

• Estado de resultados

• Estado de variaciones en el capital contable

• Estado de origen y aplicación de recursos

• Balanzas de comprobación

• Incluyendo las cuentas de orden y las notas a dichos estados

Contribuciones a cancelar o devolver

Cada registro o asiento debe identificar las contribuciones que se deban cancelar o devolver, en virtud de devoluciones que se reciban y descuentos o bonificaciones que se otorguen conforme a las disposiciones fiscales.

Estímulos y subsidios

Cada registro o asiento debe comprobar el cumplimiento de los requisitos relativos al otorgamiento de estímulos fiscales y de subsidios.

Bienes adquiridos o producidos

Identificar los bienes distinguiendo, entre los adquiridos o producidos, los correspondientes a materias primas y productos terminados o semiterminados, los enajenados, así como los destinados a donación o, en su caso, destrucción.

Idioma

Plasmarse en idioma español y consignar los valores en moneda nacional. Cuando la información de los comprobantes fiscales o de los datos y documentación que integran la contabilidad esté en idioma distinto al español, o los valores se consignen en moneda extranjera, deberán acompañarse de la traducción correspondiente y señalar el tipo de cambio utilizado por cada operación.

Centro de costos

Establecer por centro de costos, identificando las operaciones, actos o actividades de cada sucursal o establecimiento, incluyendo aquéllos que se localicen en el extranjero.

Detalles de la operación

Cada registro o asiento contable debe señalar:

• La fecha de realización de la operación, acto o actividad

• Su descripción o concepto

• La cantidad o unidad de medida en su caso

• La forma de pago de la operación, acto o actividad, especificando si fue:

• De contado

• A crédito

• A plazos

• En parcialidades

• El medio de pago o de extinción de dicha obligación

En operaciones a crédito, a plazos o en parcialidades, por cada pago o abono que se reciba o se realice, se debe registrar:

• El monto del pago, precisando si se efectúa:

• En efectivo

• Transferencia interbancaria de fondos

• Cheque nominativo para abono en cuenta

• Tarjeta de débito, crédito o de servicios

• Monedero electrónico

• Cualquier otro medio

• Cuando el pago se realice en especie o permuta, deberá indicarse:

• El tipo de bien o servicio otorgado como contraprestación

• Su valor

Depósitos y retiros

Permitir la identificación de los depósitos

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