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ALIANZAS PÚBLICAS PRIVADAS EN EL SECTOR SALUD


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2021  •  Apuntes  •  1.542 Palabras (7 Páginas)  •  210 Visitas

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ALIANZAS PÚBLICAS PRIVADAS EN EL SECTOR SALUD

Introducción

        Las Alianzas públicas privadas, han tomado relevancia en estos últimos años, el sector salud no ha sido exento de relacionarse con estas oportunidades, que le han ayudado a sobresalir en temas de infraestructura y servicios de salud.

        Todo el proceso en cuestión de proyectos en el ámbito de la salud, los costos de inversión son bastante altos, sobre todo en la creación de nuevos centros hospitalarios, razón que limita a los estados en financiar, tan costosas operaciones, pero las alianzas públicas privadas, han colaborado en fortalecer estos detalles y en que se realicen, con la finalidad que la población puedan cumplir sus necesidades sanitarias.

        Essalud fue una de los subsistemas pioneros en involucrarse en esta decisión tan conveniente, para el fortalecimiento de su organización.

        

 

Alianzas Públicas Privadas en el Sector Salud

Las alianzas público privadas, permite participar al sector privado, invertir y ser parte de un proyecto, proporcionando experiencia, conocimientos, equipo, tecnología, en las cuales recaen los riesgos y recursos, con el propósito de, crear, desarrollar, innovar, mantener, infraestructura o servicios públicos,

Está inmerso que dentro de las alianzas públicas privadas, se consideran los proyectos, basados en la infraestructura pública o servicios públicos, que el estado necesite proporcionar, de cómo también proyectos de investigación, de innovación tecnológica entre otros

Para alianza público privada, la iniciativa puede provenir de ambos lados, tano del sector público como del privado, en lo que respecta a las asociaciones públicas privadas, no demanda la privatización, no se determina que las posesiones del estado, pasen a manos del sector privado.

Funcionamiento de una Alianza Público privada en Salud

Son sesenta y uno normas que regulan en materia de la inversión privada, las cuales regulan directa o indirectamente las alianzas público privadas, describiendo lineamientos que enmarcan el condicionamiento y forma en cómo debe funcionar una alianza público privada en el territorio peruano, en relación a la infraestructura, mantenimiento y prestación de servicios en el sector salud. Pero siempre no está fuera de contexto realizar algunas aclaraciones, como desarrollar mecanismos legales específicos para la inversión salud, ya que es necesario debido a que se debe de determinar el tipo de necesidad que ofrece un servicio de salud, como experiencia ocurridas internacionalmente, dentro del marco legislativo 1012, como por ejemplo, que al privado se le de todo el poder de decisión.

Regular estos procesos es fundamentales, por un tema de eficiencia y uno de llegada, es decir que los servicios de salud lleguen hasta la población más pobre, ya que esta es la que menos rentabilidad tiene.

Existen varias modalidades de alianzas público privadas, como la concesión, asociación en participación, contratos de gerencia, contrato de riesgos compartidos, contratos de especialización, joint ventures y otras modalidades que permite la ley.

Se tiene un ejemplo de modalidad, como lo es el caso del Hospital de Salud del Niño sede San Borja, cuya modalidad es la de contrato de gerencia, que refiere que el sector privado se encarga de la gestión, mantenimiento integral de la infraestructura, instalaciones y equipamiento, como también la prestación de servicios al diagnóstico y servicios generales.

Principios

En primer lugar tenemos al principio Valor por dinero, que refiere que un servicio público debe ser suministrado por aquel privado que pueda ofrecer una mayor calidad a un determinado costo o los mismos resultados de calidad a un menor costo. Se busca así, maximizar la satisfacción de los usuarios y optimizar el valor del dinero proveniente de los recursos públicos.

Transparencia, se basa en que toda la información cuantitativa y cualitativa que se utilice para la toma de decisiones en las etapas de evaluación, desarrollo, implementación y rendición de cuentas deberá ser de conocimiento ciudadano, bajo el principio de publicidad establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Competencia, este principio promueve la competencia a fin de asegurar eficiencia y menores costos en la provisión de infraestructura y servicios públicos, así como evitar cualquier acto anticompetitivo y/o colusorio.

 Asignación adecuada de riesgos, trata de asignar los riesgos a aquel con mayor capacidad para administrarlo a un menor costo, considerando el interés público y el perfil del proyecto.

Y por último responsabilidad presupuestal, que hace referencia a q se debe considerar la capacidad de pago del Estado para adquirir los compromisos financieros, firmes y contingentes, sin comprometer la sostenibilidad de las finanzas públicas ni la prestación regular de los servicio

La clasificación de las alianzas públicas privadas, se clasifican en 2 tipos.

Autofinanciadas

|        Los proyectos en esta clasificación, son capaces de producir sus propios ingresos, sin que se involucre el cofinanciamiento del estado, es decir que su demanda es mínima o nula de garantía financiera, las cuales no son consideradas como mínimas, si no superan el 5% del costo total de inversión, dado el caso de proyectos que no tengan componente de inversión, dichas garantías no superan el 5% del costo total del proyecto. Las garantías no financieras que tengan una probabilidad nula o mínima de cofinanciamiento, que estas tienen la probabilidad de demandar cofinanciamiento siempre y cuando no sea mayor al 10% para cada uno de los primeros 5 años de vigencia de la cobertura, de la garantía prevista en el contrato.

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