ANALISIS DE LOS TEMAS 1 Y 2 DEL CAPITULO XI
isalinda23 de Octubre de 2011
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TEORIA PURA DEL DERECHO
CAPITULO XI
LOS MODOS DE CREACIÓN DEL DERECHO
1. Formación del Derecho y forma del Estado.
En este capitulo y teniendo en cuenta la creación del Derecho Público y sus determinantes, plasmada en la visión de Hans Kelsen, sobre el orden jerárquico, que se muestra en constante movimiento y tomando como ejemplo la pirámide que lleva su mismo nombre; he determinado, que al hablar de formación de derecho y de forma de estado, debemos conocer a fondo la estructuración del derecho, desde sus inicios y sus modos de creación.
Sabemos que el derecho, está hecho para regular al hombre y someterlo bajo normas; pero lo que Hans Kelsen plantea en este capitulo, como “problema central de la dinámica jurídica”, está direccionado hacia los inicios del derecho y las diferencias sociales que lo rodearon; es interesante señalar, que el autor parte, de la importancia de examinar, si los sujetos que están regidos por una norma, tuvieron alguna participación en la formación de esta norma a la cual están siendo sometidos; de hecho, desde la creación del derecho en la sociedad romana, observamos diversas formas de estado ,en las que estuvo sometido el Derecho y estas formas estuvieron caracterizadas, por la oposición de la clase marginada sobre la otra privilegiada y pudiente; en la época del imperialismo, en donde regía la autocracia y dominaba con sus leyes poco convencionales, la democracia pasó a un segundo plano menos importante.
Si pensamos detenidamente, la crítica de Hans Kelsen está muy bien fundamentada, porque un gobierno que regule todo a su parecer, sin tener en cuenta la opinión popular de los individuos, que serán regidos por las normas, difícilmente, estas personas reconocerán una equidad e igualdad; entonces resultaría muy difícil, que quieran someterse a tales normas o leyes, desconociéndolas totalmente, porque en realidad serian muy pocas las que les conviniesen o respetaran sus condiciones.
Las formas de Estado, fueron cambiando, en la medida en que la sociedad evolucionó y tal evolución se debió al despertar de las masas, el hombre ha reconocido que las leyes, son creadas por el mismo; pero que existe la necesidad de que un organismo regule tales leyes, allí es donde entra en funcionamiento del Estado como tal; este a su vez debía identificarse con algo en común, que normara al hombre y lo rigiera a él mismo por el compromiso que estaba asumiendo, entonces entró a cumplir un papel importante La Constitución; pero el Derecho concretaría de manera individual estas normas o leyes.
Hans Kelsen contrapone al Estado y al Derecho, buscando relacionarlos, pero principalmente logrando establecer sus diferencias y responsabilidades. Yo particularmente pienso que ambos son corresponsables y que deben ir armónicamente de la mano, para que ambas funcionen correctamente; aunque en el derecho público y privado, se tiende a oponer al Derecho y al Estado.
2. Derecho Público y Derecho Privado.
Como expresé en el tema anterior, el derecho público y privado contrapone, al Derecho y al Estado, concebido el último “como una fuerza que carecería total o parcialmente de carácter jurídico“, HANS KELSEN.
Este tema despierta, la inquietud del autor, con respecto a lo que para él parece ser, la problemática de que no hubiera una definición concreta, que especificara, las diferencias de un derecho y otro. El autor explica, lo que para él diferenciaba al Derecho Privado del Público, agregando que el Privado sería, una relación entre dos sujetos iguales, que abrían antes participado conjuntamente, en la formación de la norma, a la cual se iban a someter mediante el contrato, afirmando que por tal razón la teoría del Derecho veía en el contrato una institución autónoma, perteneciente a la esfera del Derecho privado;
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