APUNTES DE DERECHO LABORAL.
Ronald HudsonApuntes14 de Diciembre de 2016
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APUNTES DE DERECHO LABORAL
ECUATORIANO (TEORÍA Y PRÁCTICA)
GABRIEL HIDALGO-ANDRADE*
*Abogado. Máster (c) en Derecho Constitucional por la Universidad Andina
Simón Bolívar, Ecuador. Becario y maestrante en el Programa de Ciencias Políticas de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSOEcuador.
Ex docente en Derecho Administrativo y en Ciencia Política en la Universidad Internacional del Ecuador, UIDE.
Autor del libro “La Falsedad del Poder: Re-pensar nuestra realidad política desde los textos y contextos cotidianos” de venta en Librimundi, Mr. Books y Abya Yala en Quito.
Columnista ininterrumpidamente desde enero de 2005 hasta la actualidad en el Diario La Hora en Ecuador y desde el 2004 en noticieros radiodifundidos, acumulando más de doscientos artículos de divulgación publicados.
Fue presidente de la Asociación Escuela de Derecho y de la Federación de Estudiantes Universitarios.
S U M A R I O :
- Introducción
- Fuentes del Derecho laboral
- Principios del Derecho del trabajo
- Antecedentes del Contrato de trabajo
- Requisitos esenciales para la validez del Contrato de trabajo
- Características del Contrato de trabajo
- Evolución histórica del trabajo
- El Contrato individual de trabajo por enganche
Definiciones. Concepto
Obligatoriedad
Representación diplomática y consular
Contrato por enganche para el país
Valoración personal
- Obligaciones consideradas como de carácter moral y ético del trabajador con el empleador Introducción
Prohibiciones del trabajador
- Prohibiciones que tiene el empleador en el desarrollo de una relación laboral
- Práctica laboral: modelo de contrato de trabajo por horas
- La forma unilateral de dar por terminada una relación laboral
- Responsabilidad del estado ecuatoriano frente a situaciones de riesgo de los trabajadores en general Introducción
Riesgo de trabajo: definición. Concepto
El estado y su relación con las situaciones de riesgo
Previsión de los accidentes de trabajo
Actuación del estado ecuatoriano frete a situaciones de riesgo
- Principios de la ley de seguridad social
- Práctica laboral: contrato individual de trabajo con una menor de edad para desempeñar el servicio domestico
- Práctica laboral: contrato de trabajo a prueba
- Práctica laboral: visto bueno (por parte del empleador)
- Práctica laboral: escrito de contestación al visto bueno pedido por el empleador
- Práctica laboral: demanda laboral por despido intempestivo
- Práctica laboral: auto de aceptación a trámite de la demanda laboral por despido intempestivo que antecede
- Práctica laboral: acta de la audiencia preeliminar de conciliación
- Práctica laboral: solicitud para realizar pruebas
- Práctica laboral: solicitud para realizar pruebas, presentar preguntas y repreguntas
- Práctica laboral: respuestas preguntas frecuentes
- Práctica laboral: escrito de solicitud de apelación de la sentencia de primera instancia
- Práctica laboral: solicitud de desahucio para dar por terminado un contrato
- Práctica laboral: contrato de trabajo con un menor de edad
- Práctica laboral: acta de terminación de contrato de trabajo
- Práctica laboral: escrito presentado al inspector de trabajo para dar por terminado el contrato
- Práctica laboral: acta constitutiva de un sindicato de trabajadores
- Práctica laboral: escrito dirigido al inspector del trabajo para comunicarle la constitución del sindicato
- Práctica laboral: providencia de notificación al gerente de la empresa con la solicitud presentada por los trabajadores
- Práctica laboral: estatutos del sindicato de trabajadores
- Práctica laboral: escrito solicitando la inscripción del nombre y características del sindicato
- Práctica laboral: contrato colectivo
- Práctica laboral: pliego de peticiones para dirigirlo al inspector del trabajo
- Práctica laboral: providencia con la cual se acepta a trámite el pliego de peticiones
- Práctica laboral: contestación al pliego de peticiones
- Práctica laboral: providencia que remite el expediente a la dirección de mediación laboral
- Práctica laboral: acta de declaratoria de huelga
- INTRODUCCIÓN:
El Derecho Laboral ha tenido variadas derivaciones, muchas de estas con estudios circunstancialmente profundos emparentados estrechamente a su lugar de origen. Lo cierto es que no puede ser de otra manera, considerando la multiplicidad de interpretaciones sobre las relaciones empleado-empleador y sus consecuencias para el derecho, como sobre el nacimiento y la existencia de los sindicatos y de todos estos actores relacionados con el Estado. De manera que la circunstancia original, y punto comúnmente uniforme en las principales legislaciones laborales es el momento que separa al trabajo –como circunstancia- con las peculiaridades de otras actividades distintas.
Entonces debemos empezar por decir que la palabra trabajo proviene del latín trabis, que significa traba, dificultad, impedimento corporal que merece esfuerzo para alcanzar la realización de un propósito. Luego esta actividad identificada con claridad se accede en merito del esfuerzo invertido, como decíamos, y por esto ésta tiene una valoración real en dinero o en bienes con la que se compensa. De manera tal que de esta definición, muy genérica ciertamente, nace la hecho original que primitivamente se identifica con la necesidad real de subsistencia individual, y luego familiar expresada a través de la obtención de un salario.
Es así como actualmente, y bajo las regulaciones de la sociedad políticamente organizada a través del Estado, se conoce a este derecho, en términos de MARTÍNEZ VIVOT-POZZO, como “(…) un conjunto de principios y normas que rigen las relaciones de trabajo subordinado y retribuido entre empleadores y empleados, sean estas relaciones de carácter individual o colectivo”.
- FUENTES DEL DERECHO LABORAL:
Son fuentes formales del derecho aquellos textos en los que aparecen las normas aplicables a un caso concreto. Desde esta perspectiva podemos citar las siguientes fuentes del derecho de trabajo:
La Constitución Política de la República
Leyes y reglamentos del Estado
Contratos colectivos
Principios generales del Derecho Laboral.
Los contratos individuales de trabajo son fuentes de la relación laboral aunque en sentido estricto no pueden considerarse como fuentes del Derecho.
Leyes y reglamentos del Estado
Es toda normatividad que nace de la voluntad del legislador, bajo las formas exigidas por la Constitución, y que se haya publicada en le Registro Oficial. Los reglamentos han sido considerados en esta clasificación por tratarse de normas que determinan el sentido y alcance de las disposiciones legales emitidas por el presidente de la República y, en virtud de una delegación de éste, por los Ministros de Estado cuyo ámbito de atribuciones se refiera al trabajo.
Aun cuando los reglamentos no deben ser considerados formalmente como fuentes del derecho laboral se los ha admitido en esta parte por su importancia para de aplicar las disposiciones laborales.
Los reglamentos no son formalmente una fuente porque existen accesoriamente en una ley predeterminada. No hay reglamento si no hay una ley que exista sobre esa materia de regulación.
Los contratos colectivos
Positivamente, los contratos colectivos tampoco existen sino por determinación de una ley que les reconoce vigor. No obstante, aceptamos, con fines didácticos que un contrato colectivo es una norma, con cierta independencia, que regula las condiciones de trabajo en una empresa según la ley vigente.
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